Derecho a la activación física para extranjeros con base a alianza

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Ciudad de México, Mexico, 

Como un fundamental esfuerzo de derecho humano, fue puesto en marcha un programa piloto transversal de activación física para personas alojadas en la Estación Migratoria Las Agujas, en Iztapalapa, tras una alianza entre la Fundación Alfredo Harp Helú para el Deporte y el Instituto Nacional de Migración, con la participación del Comité Olímpico Mexicano y el Consejo Mundial de Boxeo

Al mismo tiempo se llevó a cabo la apertura e instalación de dos módulos de activación física para boxeo en áreas femenil y varonil que cuenta con guantes, protectores, cuerdas, manillas, cojines, peto, bola medicinal, costales, peras, vendas y carteles, entre otros elementos.

El comisionado Nacional de Migración, Dr. Francisco Garduño Yáñez, destacó que el actual gobierno está trabajando por brindar mejores servicios y de gran calidad para las personas que realizan algún trámite en la dependencia a su cargo entre ellos la implementación de actividades deportivas que es considerada como un derecho humano.

La iniciativa surge con la finalidad de generar para la población extranjera que transitoriamente se encuentra en las estaciones migratorias y albergues al resguardo del Instituto Nacional de Migración, acciones enmarcadas en la activación física y los deportes, destacó el director de la Fundación Alfredo Harp Helú para el Deporte, Dr. Daniel Aceves Villagrán.

El medallista olímpico de lucha grecorromana explicó que las actividades físicas son fundamentales para contribuir a estabilizar grupos de personas que se encuentran en circunstancias migratorias, con base en preceptos establecidos en la Ley de Migración y su reglamento.

Resaltó que la misión actual del gobierno de México es fortalecer la protección de derechos y seguridad de los migrantes nacionales y extranjeros, reconociéndolos como sujetos de derecho, a través de una gestión migratoria eficiente con base en el marco legal y con pleno respeto a la dignidad humana.

Indicó que aparte del proceso administrativo migratorio es indispensable, sumar a este tipo de conceptos una oferta recreativa y lúdica a través del deporte, para lo cual la Fundación Alfredo Harp Helú, dotó para dicho propósito de material para la activación física y la práctica de deportes y el cual consiste en balones para futbol, basquetbol y voleibol, conos para entrenamiento, silbatos y casacas deportivas, entre otros artículos.

Lo anterior, “tiene como objetivo brindar a la población albergada en la estación migratoria condiciones para la utilización positiva del tiempo libre, generando con ello, mayor estabilidad emocional y el mejoramiento en la capacidad física con base en género, edad y estado de salud de quienes quieran participar”, detalló Aceves Villagrán.


 

A nivel internacional está acreditado que en comunidades de personas refugiadas, el tema del deporte y la activación física son elementos clave en la gobernanza y convivencia de quienes están en algún tipo de confinamiento.

En su momento, México podrá compartir ante organismos internacionales esta experiencia. La historia de la humanidad y de nuestro país no podría entenderse sin las migraciones, en el campo del deporte han sido vastas las historias de éxito.

El Presidente del COM, Mauricio Sulaimán expresó que el organismo a su cargo, se suma para contribuir con esta actividad, al tiempo de recordar que el deporte es inmediato para una mejor mentalidad, es el escape para todo tipo conductas antisociales.

A la actividad asistieron la vicepresidenta del Comité Olímpico Mexicano, Jimena Saldaña; el secretario General, Mario García de la Torre; el director General de Coordinación de Oficinas de representación del INM, Dr. Héctor Martínez Castuera  y la directora General del Protección al Migrante y Vinculación, Dra. Ruth Villanueva Castilleja.


 





Daniel Aceves Villagrán a favor de cumplir la regla 50 en Juegos Olímpicos

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Ciudad de México, Mexico, 

El medallista olímpico en lucha grecorromana en Los Ángeles 1984, Dr. Daniel Aceves Villagrán, afirmó que la regla 50 del Comité Olímpico Internacional (COI) debe cumplirse como lo establece la propia carta olímpica, es decir de privilegiar la ceremonia de premiación de los Juegos cuatrienales ajena a otros fines como lo explica el inciso 2.

Destacó que la regla 50 concerniente a la Publicidad, Manifestaciones, Propaganda, la Carta Olímpica indica que excepto cuando lo autorice la comisión ejecutiva del COI en casos excepcionales, no se permitirá ningún tipo de anuncios ni publicidad dentro ni por encima de los estadios, instalaciones ni otros lugares de competición que se consideren parte de los  emplazamientos olímpicos.

Añadió que documento vigente y actualizado a partir del 17 de julio establece que no se permitirán locales comerciales ni carteles publicitarios en estadios, instalaciones y demás emplazamientos deportivos.

Fue categórico en señalar el punto 2 de la regla 50, pues ésta indica que “no se permitirá ningún tipo de manifestación ni propaganda política, religiosa o racial en ningún emplazamiento, instalación u otro lugar que se considere parte de los emplazamientos olímpicos”.

Puntualizó además que tampoco se permite ninguna forma de publicidad ni de propaganda comercial o de otro tipo podrá aparecer sobre las personas, la ropa deportiva, los accesorios o, en general, sobre cualquier prenda de vestir o artículo de equipamiento

Esta regla aplica para los competidores, oficiales de equipo, otros miembros del personal de equipo en los Juegos Olímpicos, a excepción de la marca del fabricante de la prenda o del artículo en cuestión, con la condición de que no destaque de manera ostentosa con fines publicitarios, aseveró el también presidente de Medallistas Olímpicos de México.

En caso contrario añadió, la comisión ejecutiva del COI adoptará directrices que facilitarán más información sobre la aplicación de este principio.

En virtud de lo anterior precisó que toda violación del párrafo 1 de este texto de aplicación y de las directrices adoptadas con respecto al mismo podrá implicar la descalificación de la persona o delegación correspondiente o la retirada de su acreditación sin perjuicio de otras medidas y sanciones que pueda tomar la Sesión o la comisión ejecutiva del COI.

La Carta Olímpica es el documento por el que se rige la organización, acción y operación del Movimiento Olímpico así como las condiciones para la celebración de los Juegos Olímpicos.



Daniel Aceves recibe Doctorado Honoris Causa

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Ciudad de México, Mexico, 

El medallista olímpico de Los Ángeles 1984, Daniel Aceves Villagrán, fue investido con el Doctorado Honoris Causa, por el Colegio Internacional de Profesionistas C&C, avalado por la Cumbre Mundial de Conocimiento, en ceremonia celebrada en un hotel de la Zona Rosa de la Ciudad de México.

Aceves Villagrán fue investido como Doctor Honoris Causa, por sus aportes significativos al campo del derecho, la comunicación organizacional y a la alta dirección, pero sobre todo por su liderazgo en el deporte olímpico nacional, donde ha puesto en alto el nombre de México y por la ética profesional mostrada hasta la fecha, siendo un ejemplo para las futuras generaciones del país.

De igual forma el presidente del Colegio, Dr. Omar Alcántara Barrera, le entregó un nombramiento como embajador Internacional del World Knowledge Summit México 2020-2021 y como Jurado internacional en el área del derecho, en virtud de que Aceves es licenciado en dicha profesión.

La distinción puede ser otorgada por universidades, academias o colegios, como es el caso. 

El doctor Aceves Villagrán agradeció la distinción y recordó una vez más se reiteró como un hombre con más proyectos que recuerdos, pues de lo contrario se empieza a envejecer de manera más precipitada sin importar la edad biológica.