¡MUCHO OJO! SAT podría cobrarte impuestos por transferencias electrónicas
Te decimos todo lo que tienes que saber sobre este pago
Sabemos que en ocasiones el saber por qué las personas físicas deben de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) al Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede resultar confuso. Es por ello que te explicaremos que, incluso, las transferencias bancarias o depósitos en efectivo pueden generar este pago.
¿Qué dice la ley?
Para poder explicar lo anterior, antes debemos citar la primera parte del artículo 1 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta Federal, que asegura que las siguientes personas físicas como morales deben pagar este impuesto:
- Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan
- Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente
- Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste.
Es importante mencionar que las cuentas bancarias son susceptibles a revisiones. De hecho, todo el dinero que llegue a las cuentas puede ser considerado como un ingreso. Incluso las transferencias electrónicas también pueden ser consideradas como ingresos por el SAT.
El SAT puede solicitar el pago de impuestos
De considerarlo pertinente, el SAT puede solicitar una revisión a las cuentas para verificar el incremento en el patrimonio. Con dicha información se podrá solicitar el pago del ISR y del Impuesto al Valor Agregado (IVA); en el caso de no ser un ingreso, el contribuyente podrá demostrarlo.
¿Qué sucede en el caso de los depósitos en efectivo?
Para los depósitos en efectivo, los montos superiores a los 15 mil pesos, pueden ser auditados por el SAT para pagar impuestos. En la Ley de Ingresos 2022 está estipulado que los bancos notificarán periódicamente los depósitos en efectivo a las cuentas de los contribuyentes.
Servicios o actividades que generan ISR:
Salarios; honorarios; remuneraciones a miembros de consejos, administradores, comisarios y gerentes; arrendamiento de inmuebles y muebles; contratos de servicio turístico de tiempo compartido; enajenación de acciones; arrendamiento financiero; regalías, asistencia técnica y publicidad; intereses; premios; actividades artísticas, deportivas o espectáculos públicos; remanente distribuible de personas morales con fines no lucrativos; dividendos, utilidades, remesas y ganancias distribuidas por personas morales; venta de bienes inmuebles; construcción de obras, instalación, mantenimiento o montaje en bienes inmuebles, inspección o supervisión y otros ingresos.
Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadena_noticias | TikTok: @CadenaNoticias | Telegram: https://t.me/GrupoCadenaResumen |