Plantea en específico restringir la venta de pipas, y sea exclusivamente para los negocios que comercializan tabaco, con el propósito de combatir que estos utensilios sean utilizados para el consumo de drogas.
Su propuesta consiste en reformar y adicionar las leyes de Salud Pública y Protección contra la Exposición al Humo del Tabaco de Baja California.
on la pretensión de regular la venta de productos accesorios del tabaco, el diputado Víctor Hugo Navarro Gutiérrez, presentó una Iniciativa que reforma y adición a las leyes de Salud Pública y Protección contra la Exposición al Humo del Tabaco, ambas del Estado de Baja California.
Por ello, el legislador platea, en específico, restringir la venta de pipas exclusivamente para los negocios que comercializan tabaco, con el propósito de combatir que estos utensilios sean utilizados para el consumo de drogas.
Destacó que los productos accesorios del tabaco requieren de una regulación adecuada en el Estado, la cual establezca, además, la prohibición de la venta de los mismos a menores de edad, con el fin de no poner en riesgo el derecho humano a la salud de los mismos.
No obstante, -dijo- la FDA (Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos) desde el año 2016, ya fijó que, para la venta de productos accesorios como pipas, hookahs y cigarros electrónicos, únicamente podrían venderse a mayores de 18 años.
Señaló que, en otros países como Estados Unidos, estos productos ya se encuentran regulados, toda vez que, existían un descontrol en la venta de los mismos. Tal y como sucede en México y Baja California.
El legislador mencionó que el Observatorio Estatal de las Adicciones 2016, mostró que entre la población encuestada 1.5 por ciento iniciaron consumo de alcohol, tabaco o alguna droga ilegal, entre los 8 y 10 años. Estas cifras evidencian y confirman que los adolescentes son más propensos a fumar y, por esta razón, el Estado debe actuar de manera inmediata para disminuir el problema de salud pública que deriva del consumo del tabaco específicamente en los adolescentes.
Asimismo, manifestó que es necesario que los legisladores atiendan de manera directa la responsabilidad que tienen de adecuar el marco jurídico vigente, atendiendo a las realidades y necesidades sociales, para garantizar los derechos fundamentales de todas las personas, tal y como el artículo 1 de la Carta Magna lo establece.
Víctor Navarro argumentó que en cumplimiento a los compromisos del convenio de la OMS, el Estado mexicano ha emprendido políticas públicas para afrontar la epidemia de tabaquismo, tales como: la reserva de lugares libres de humo de tabaco; la advertencia más amplia de las sustancias que contienen los cigarros; la limitación sobre la publicidad de los productos del tabaco; las advertencias disuasivas fuertes en los empaques de los productos del tabaco y un aumento de impuestos sobre estos productos, entre otras.
Sin embargo, a pesar de los esfuerzos, los resultados no han sido satisfactorios, ya que el consumo del tabaco sigue siendo un problema de salud pública. De acuerdo con datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), existen alrededor de 15 millones de fumadores en una población de entre 12 y 65 años. De ese total, 8 millones son derechohabientes del IMSS y de ellos, 5 millones son fumadores pasivos.
Hizo hincapié, en la distinción de lo que es un producto del tabaco y un accesorio del tabaco, argumentando que los productos de tabaco, son los que tienen en su contenido tabaco, como por ejemplo los cigarrillos, puros, masticable, etc.
En cambio, los accesorios del tabaco, son los que se utilizan como medio para consumirlo, es decir su finalidad es poder introducirlo en el producto y poder utilizar este para consumirlo, y como la ley los define son todos aquellos tales como filtros, papeles, pipas, etc.
Por otro lado, citó que, de acuerdo con un diario local, el informe de los CIJ BC (Centro de Integración Juvenil Baja California) precisa que la tendencia de consumo de la juventud bajacaliforniana son tabaco 62.3 por ciento, alcohol 49.6por ciento y marihuana 44.8 por ciento.
De igual forma, resaltó que la Ley General para el Control del Tabaco, prohíbe de manera expresa el consumo del tabaco en menores de edad, de la misma manera la Ley de Salud Pública de Baja California en el artículo 104 señala que queda estrictamente prohibido vender tabaco en cualquiera de sus presentaciones a personas menores de dieciocho años de edad, y de esta manera el legislador prevé que se garantice, respete y promueva el derecho humano a la salud y la vida digna de los menores de edad, tal como lo establece la Carta Magna en el artículo 4 y la Constitución de Baja California .
Finalmente enfatizó en que el derecho humano a la salud, debe ser garantizado por el Estado y es mediante esta iniciativa que se pretende proteger este derecho de los usuarios de los productos accesorios del tabaco, ya que la ausencia de regulación provoca el crecimiento de oferta de estos productos, y desvirtúa el uso original de los mismos, además el consumo de tabaco se vuelve generalizado, dejando desprotegidos a los grupos más vulnerables, como menores de edad, adultos de la tercera edad y mujeres embarazadas.
Cabe mencionar que dicha iniciativa fue presentada por oficialía de partes el 8 de junio del presente año y se turnó a la Comisión de Salud, para su estudio.