Gobierno de Perú no apelará fallo sobre mujer que pidió la eutanasia
El gobierno de Perú anunció que no apelará el fallo judicial que ordena "respetar" la decisión de una mujer con una enfermedad incurable y progresiva de poner fin a su vida a través de la eutanasia.
La Procuraduría General peruana, que representa judicialmente al gobierno, dijo que los abogados de los ministerios de Justicia y de Salud decidieron no apelar el fallo dictado el jueves, que otorga a Ana Estrada, psicóloga de 44 años, el derecho a la eutanasia.
La entidad indicó en Twitter que los procuradores de ambos ministerios, "en el marco de su autonomía, no apelarán sentencia del caso Ana Estrada".
En la primera sentencia sobre este sensible tema en Perú, el 10º Juzgado Constitucional de la Corte Superior (de Apelaciones) de Lima ordenó al Ministerio de Salud y al Seguro Social de Salud (Essalus) "respetar la decisión" de Estrada "de poner fin a su vida a través del procedimiento técnico de la eutanasia".
Solamente la Iglesia Católica ha expresado su rechazo al fallo, en cambio los ministros de Justicia y de Salud, y el propio presidente interino Francisco Sagasti han defendido el derecho a Estrada a una muerte digna.
La Conferencia Episcopal Peruana expresó el sábado que "la eutanasia siempre será un camino equivocado, porque es atentar contra el derecho inalienable a la vida". Pero Sagasti, quien se declara como "persona no religiosa", dijo el domingo en una entrevista de televisión que "ninguna confesión de fe tendría el derecho de imponerle a otras personas su punto de vista particular".
En América Latina, solo Colombia despenalizó la eutanasia, en 1997. En la Ciudad de México está autorizada esta práctica bajo la Ley de Voluntad Anticipada, que autoriza al paciente o su familia a solicitar que la vida no sea prolongada por medios artificiales, mientras en Uruguay el Congreso discute un proyecto sobre la eutanasia.
Estrada sufre desde los 12 años poliomistiosis incurable, que provoca una debilidad muscular progresiva, por lo que usa silla de ruedas desde los 20 años, según los medios peruanos.
La sentencia indica que se debe "entender por eutanasia a la acción de un médico de suministrar de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco destinado a poner fin a su vida". La Defensoría del Pueblo, que apoyó a la psicóloga en su recurso ante la justicia, dijo el viernes que ella se sentía liberada con el fallo.
Estrada "tiene la oportunidad de decidir sobre ella cuando este fallo se consolide y eso la libera", manifestó Percy Castillo, abogado adjunto de Derechos Humanos y Personas con Discapacidad de la Defensoría.