Aprueban ley que permite que el apellido materno vaya primero que el paterno

El senado votó con 59 a favor y 2 en contra de la Ley Aluna.

Compartir en:

Multimedios,  Colombia, Bogotá D.C., 

Con 59 votos a favor y 2 en contra, el Senado de la República de Colombia aprobó la Ley Aluna, en esta ambos padres podrán decidir que apellido llevará primero su recién nacido.

Aunque la iniciativa lleva desde 2019, sin embargo fue hasta este mes de junio 2021 que fue autorizada. En caso de que los progenitores no lleguen a un mutuo acuerdo, será “el funcionario de la notaría encargado del registro lo elegirá por sorteo”, dijo el senador Gustavo Petro, ponente del proyecto.

"Este proyecto revierte la norma discriminatoria contra la mujer, que privilegiaba el apellido del padre. Esto representa un cambio en este tipo de costumbre y compaginará con el principio de no discriminación contra la mujer", senador Gustavo Petro.

María José Pizarro,una de las coautoras del proyecto, señaló que esta aprobación “es un paso hacia la transformación cultural”.

“Este es un paso más en la lucha por la igualdad, paridad y equidad en el país, es un proyecto de ley de una profunda transformación cultural y simbólica, y un reconocimiento a la maternidad y a las labores de crianza y de cuidado”, informó.

Se señaló que esta ley aplicará para todos los hijos matrimoniales, extramatrimoniales, de unión marital de hecho, adoptivos, de parejas del mismo sexo y para hijos con paternidad o maternidad declarada por decisión judicial





Padres logran que su hija lleve sus dos apellidos maternos

Luna se convertirá en la primera menor en llevar legalmente el apellido de sus abuelas

Compartir en:

Milenio,  Mexico, Querétaro de Arteaga, Querétaro, 

A partir de este miércoles, Luna, de tan sólo unos meses de nacida, se convierte en la primera menor en el estado de Querétaro en llevar legalmente los apellidos maternos de sus padres. 

Esto se logró luego que Mariel Aragón Rangel y Miguel Pérez Cabrera ganaran un amparo que les permite que su hija pueda ser registrada legalmente con este esquema, y como el Código Civil del estado no lo contempla, tuvieron que recurrir a las instancias legales. 

“Primero fue definir el nombre, comenta el padre de la menor que el orden de los apellidos fue su idea, primero el tuyo, después el mío, quedaría Rangel Cabrera, lo platicamos y obviamente que en el registro no se iba a poder porque yo me puse a investigar e indica que no se puede hacer este tipo de movimientos”. 

Y efectivamente, el Registro Civil rechazó en noviembre la solicitud, por lo que contrataron a una abogada para tramitar el juicio de amparo, que ganaron en enero, convirtiéndose así en el primer caso en Querétaro. 

“Se trata de visualizar ésta cuestión del orden de los apellidos como si fuera una regla, pero en realidad no porque no estamos hablando de apellidos externos o ajenos a nosotros siguen siendo nuestros mismos apellidos pero son los de nuestras mamás” 

En el juicio de amparo contra el primer acto de aplicación del artículo 37 del Código Civil del estado de Querétaro, se hace la solicitud de permitir el registro de apellidos colocando, los apellidos maternos de cada uno de lo progenitores. 

Por ello, los padres de Luna consideran necesario que se realice una reforma para eliminar la discriminación en la que actualmente se tiene al papel de la mujer. 

Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadena_noticias | TikTok: @CadenaNoticias | Telegram: https://t.me/GrupoCadenaResumen |