Canadá aprueba ley para prohibir las terapias de conversión LGBT+

Era una promesa que el Partido Liberal había propuesto desde 2019

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Reuters,  Canada, Ontario, Toronto, 

La Cámara de los Comunes de Canadá aprobó este martes un proyecto de ley que penaliza las terapias de conversión LGBT+ con 263 votos a favor y 63 en control, otorgando una victoria al Partido Liberal del primer ministro Justin Trudeau, quien gobierno en poder minoritario, cumpliendo una de sis promesas declaradas desde 2019. 

Con el objetivo de cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona, las terapias de conversión puede incluir terapia de conversación, hipnosis, descargas eléctricas y ayuno. La Asociación Médica Estadunidense ha condenado la práctica como "dañina e ineficaz". 

El texto define la "terapia de conversión" como "todo servicio, práctica o tratamiento concebido para transformar la orientación sexual de una persona a fin de tornarla heterosexual, restablecer la identidad de género a la que corresponde al sexo atribuido en el nacimiento o reprimir o reducir la atracción sexual o los comportamientos sexuales no heterosexuales". 

La votación tuvo lugar mientras la Cámara intentaba aclarar su agenda legislativa antes de las vacaciones de verano que comenzarían el miércoles y de posibles elecciones a finales de este año. 

El proyecto de ley ahora va al Senado canadiense. El proyecto de ley de presupuesto del gobierno, que incluye apoyos clave para la pandemia que expirarán a fin de mes, permaneció en el limbo. El receso de verano termina el 20 de septiembre y podría haber elecciones en septiembre. Los liberales lideran a los conservadores de la principal oposición 34 a 30, según una encuesta de Leger publicada el martes. 

De resultar adoptado, el texto "hará que Canadá tenga las leyes penales más progresistas y exhaustivas del mundo en materia de terapia de conversión", dijo en Twitter el ministro de Justicia, David Lametti. 

Una investigación oficial publicada el año pasado señaló que 47 mil hombres canadienses pertenecientes a una minoría sexual habían sido sometidos a alguna terapia de conversión. 





Avalan en el Senado la prohibición de las terapias de reconversión sexual

Con 59 votos a favor se aprobó castigar hasta con 12 años de prisión a quien incurra en la práctica.

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El Heraldo de México,  Ciudad de México, Mexico, 

Con el voto en abstención del PAN, el pleno del Senado avaló prohibir las terapias de reconversión sexual y castigar hasta con 12 años de prisión a quien obligue a menores de edad, con discapacidad y adultos mayores a someterse a esa práctica.

De manera sorpresiva, Morena y aliados subieron la propuesta que en 2019 había sido avalada por comisiones del Senado, por lo que se aprobó en lo general y en lo particular el dictamen que adiciona un Capítulo IX denominado Delitos contra la Orientación Sexual o la Identidad de Género de las Personas al Título Octavo, en el que se reforma el artículo 209 Ter y se adiciona el artículo 209 Quáter del Código Penal Federal y un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud.

Con 59 votos a favor, dos en contra (de los panistas Víctor Fuentes y José Alfredo Botello), y 15 abstenciones de Acción Nacional, el dictamen fue avalado y será enviado a la Cámara de Diputados para su votación.

La reforma va en contra de las terapias que pretenden corregir la orientación sexual de las personas.

En ese sentido, se aprobó castigar con prisión de dos a seis años y multa de 96 mil a 192 mil pesos a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

Incrementan sanciones

También se incrementa al doble la sanción cuando las conductas se realicen en contra de personas menores de dieciocho años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

La reforma impulsada por Morena busca aplicar la pena de amonestación o apercibimiento a consideración del juez cuando sean el padre, madre o tutor de la víctima quienes incurran en las conductas sancionadas.

Asimismo, las personas profesionales, técnicas o auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas, quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona serán sancionadas conforme a lo dispuesto por el artículo 209 Ter del Código Penal Federal, serán suspendidas en el ejercicio profesional de uno a tres años; y, en caso de reincidencia se impondrá la prohibición definitiva del ejercicio profesional correspondiente, con la cancelación del registro de la cédula profesional.

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Ya son ilegales las terapias de conversión

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Las terapias de conversión que venían realizando grupos religiosos de la entidad quedarán prohibidas en Baja California, luego de que el 22 de abril la XXlV Legislatura local aprobara sancionar con cárcel a quienes las impartieran. 

Los diputados adicionaron el capítulo 12 denominado Delitos Contra la Orientación Sexual, la Identidad y Expresión de Género, al título I del Código Penal para el Estado de Baja California. 

En el que se impondrá de 2 a 6 años de prisión y multa de 500 a 2 mil veces el Valor Diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona. 

En el caso de los mayores de edad que intenten suprimir la orientación sexual de un menor de edad, adulto mayor o personas con algún tipo de discapacidad la sanción será al doble. 

Esta modificación a la ley se logró luego de que 20 legisladores votaron a favor y 4 en contra. 

Los diputados que votaron en contra fueron: Amintha Guadalupe Briceño Cinco, Juan Diego Echevarría Ibarra, Santa Alejandrina Corral Quintero y Miguel Peña Chávez.