Delinea SSP capitalina uso de la fuerza en las protestas
La Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México estrena nuevo protocolo de actuación, el cual se publicó ayer miércoles.
Se usará en manifestaciones, marchas o protestas, contempla además de garantizar el ejercicio periodístico, no usar la fuerza contra los inconformes.
En el documento se detalla que los nuevos lineamientos son un complemento de Actuación Policial para el Control de Multitudes que ahora se conoce como; Protocolo Policial para la Protección de Personas en el Contacto de Manifestaciones o Reuniones.
“El protocolo es de observancia general y obligatoria para las y los integrantes de la policía de la Ciudad de México, y tiene por objeto garantizar la seguridad y el ejercicio de los derechos de todas las personas que se vean inmersas en las manifestaciones o reuniones, en cuando a su integridad personal y respecto de sus bienes”.
De acuerdo con el documento, la SSP deberá encargarse de elaborar un Plan Operativo en el caso de una manifestación planeada; en caso de ser espontánea, establecerá la coordinación y planeación de operaciones por la frecuencia de radio o en el puesto de mando, “la Policía no podrá usar armas letales en la dispersión de manifestaciones o reuniones. Queda estrictamente prohibido el uso indebido de cualquier objeto, sea o no parte del equipo”, se destaca.
“El uso de la fuerza se empleará de manera gradual en el orden siguiente: persuasión o disuasión verbal, reducción física de movimiento y utilización de armas incapacitantes no letales”, detalla el documento, aunque no especifica qué instrumentos o armas pueden usar.
El nuevo protocolo de actuación de la policía capitalina contempla la protección de población vulnerable y periodistas. Los primeros tienen derecho a estar en calles, siempre y cuando no molesten a terceras personas o alteren el orden público, sin ser detenidos o molestados, mientras que a periodistas y fotógrafos, se les debe garantizar la cobertura de algún evento masivo sin ser agredidos o detenido.
Se establecen también los principios técnicos de operación para la ejecución de acciones y qué hacer previo a acudir a atender una manifestación, tales como evaluar en forma permanente los riesgos durante la planeación, preparación, ejecución y finalización de la operación, y verificar que el personal operativo cuente con el equipamiento necesario.