Empleadas domésticas inician, poco a poco, su afiliación al IMSS

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

En México hay 2.4 millones de trabajadoras del hogar; de ellas, 3 mil 700 se habían afiliado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) hasta el 28 de febrero pasado, como parte del programa piloto para garantizarles seguridad social.

Norma Gabriela López Castañeda, directora de Incorporación y Recaudación del IMSS, explicó que la diferencia con este programa -respecto del esquema anterior de incorporación voluntaria- radica en que antes las trabajadoras afiliadas únicamente tenían acceso a atención para la salud.

Con el programa actual, asegura la funcionaria, las trabajadoras del hogar contarán con seguros de Enfermedades y Maternidad, de Riesgos de Trabajo, de Invalidez y Vida, de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, así como de Guarderías y Prestaciones Sociales.





¿Cómo calcular el aguinaldo de las trabajadoras del hogar?

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Calcular el aguinaldo es muy fácil, aquí te damos dos opciones.

1. Puedes calcular el aguinaldo de la trabajadora del hogar al multiplicar el salario diario por quince días. El resultado se divide entre los 12 meses del año y luego se multiplica por el número de meses laborados durante el año.

Por ejemplo:

Si una trabajadora del hogar gana $5,000 pesos al mes y ha trabajado durante los últimos doce meses, este es el aguinaldo que debe recibir:

$166.66 pesos al día x 15 días da como resultado $2,500 a la quincena.

$2,500 pesos entre 12 meses, nos da $208.33 pesos al mes.

$208.33 x 12 meses trabajados, nos da un total de $2,500 de aguinaldo.

2. Por otro lado, el portal www.empleojustoencasa.org pone a tu disposición una herramienta que te ayuda a calcular el aguinaldo que le corresponde a la trabajadora del hogar, solo tienes que introducir los siguientes datos:

1. Los días que la trabajadora labora en el hogar.

2. Salario diario.

3. Meses trabajados.

Si quieres usar esta herramienta, da clic aquí.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos".

"Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este", añade.

Mientras que el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que "los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna".

"El Ejecutivo Federal dictará las normas conducentes para fijar las proporciones y el procedimiento para los pagos en caso de que el trabajador hubiere prestado sus servicios menos de un año”, agrega.

Cabe mencionar que la Ley Federal del Trabajo concede a los trabajadores un año para reclamar el pago del aguinaldo, contado a partir del día siguiente a la fecha en que esa obligación sea exigible al patrón, siempre que esta prestación no les sea cubierta o se haya pagado en forma incorrecta.

¿Dónde puedo recibir asesoría sobre el aguinaldo?

Si tienes problemas con el pago del aguinaldo, la PROFEDET tiene servicios de orientación gratuita a través del teléfono 800 717 29 42.



Presentan avances del programa para dar IMSS a trabajadoras del hogar.

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El presidente Andrés Manuel López Obrador presentó los avances del programa que se creó para dar seguridad social a las trabajadoras del hogar, a un año de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitiera una resolución que les garantiza ese derecho.

En la conferencia matutina de este jueves, el director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto, informó que hasta el momento se atiende a 11 mil 947 afiliados, pese a que hubo un registro total de 15 mil personas.

Añadió que, de los beneficiarios del programa, implementado entre el IMSS y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), 76% son mujeres y el 26% radican en la Ciudad y el Estado de México; y el promedio del salario de cada beneficiario es de cinco mil pesos mensuales.

La secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, informó que el pasado 28 de noviembre se envió el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), de la Consejería Jurídica a la cancillería y este jueves lo firmará el presidente López Obrador, para enviarlo al Senado de la República y pueda ratificarlo.

En la conferencia se proyectó un nuevo spot que conmemora el primer aniversario de la resolución del Poder Judicial, que fue donado por los productores de la película Roma, de Alfonso Cuarón, que hace un año también visibilizó la situación en la que laboran las trabajadoras del hogar.

Marcelina Bautista Bautista, presidenta del Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar (Caceh), reconoció la voluntad del gobierno en cumplir con el mandato de la SCJN y destacó que el programa incluye acceso al servicio médico hospitalario, medicamentos y otros derechos sociales como garantizar el jardín de niños y guardería para hijos de las trabajadoras.



Padres ya pueden inscribir a sus hijos en Estancias del IMSS

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Desde el 10 de septiembre, a nivel nacional, los padres de familia trabajadores inscritos al Instituto Mexicano del Seguro Social, podrán dar de alta a sus hijos menores de edad en las estancias infantiles del instituto, beneficio del que antes gozaban sólo madres trabajadores y padres viudos o divorciados que tuvieran la custodia de sus hijos. Así lo explicó Alba Adame, representante de la jefatura de salud en el trabajo.


“Nos instruyen dar seguimiento y cumplimiento a lo dispuesto por resolución de CONAPRED, donde ellos emiten que nosotros acatemos la instrucción de dar el servicio a los varones. Esto qué quiere decir que todo hombre trabajador que cotiza para el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene el derecho del servicio de guardería”, indicó.


La recomendación permitió que en Tijuana se presentara el primer registro de una menor de siete meses por parte del padre de familia de nombre Julio César. Su esposa dedicada a la labor de cultura de belleza no es asegurada del IMSS sin embargo con la modificación, el padre de familia pudo gozar de este beneficio. La intención afirmó es erradicar la desigualdad por cuestión de género y que todos los derechohabientes tengan opción de este servicio.



Fallecen pacientes del IMSS por desatención

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió las recomendaciones al Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Zoé Robledo Aburto, por los fallecimientos de dos pacientes por inadecuada atención médica en hospitales de Nuevo Laredo, Tamaulipas, y Celaya, Guanajuato.

La CNDH obtuvo evidencias que acreditan violaciones a los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la inadecuada integración del expediente clínico, así como al acceso a la información en materia de salud y a la verdad.

El 21 de septiembre de 2018, la madre de la víctima presentó escrito de queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas, en el cual indicó que el 3 de octubre de 2017 acudieron a la UMF 76, pues su hijo de 26 años presentaba dolores en columna vertebral, espalda y pies por una caída de un metro de altura en su centro de trabajo, y un médico le aplicó dos inyecciones sin informar qué medicamento suministró, y a las 3:00 horas del día siguiente, en su domicilio, lo encontró en el piso de su habitación, gritando por los dolores y no podía caminar. Lo trasladó en ambulancia al HGZ 11, donde ingresó una hora después al área de urgencias, sin que personal médico o de enfermería lo revisara o tomara sus datos.

La madre dijo que le pusieron suero y oxígeno, y lo llevaron a un cuarto donde él comentó que no sentía las manos, por lo que ella solicitó ayuda a dos doctores que no atendieron su llamado, aunque más tarde le revisaron el “nivel de azúcar” y le informaron que le harían unas radiografías y necesitarían un médico que las leyera, ya que “la máquina” estaba descompuesta.

El paciente habló con su padre alrededor de 25 minutos, mientras su madre esperó afuera; cuando el padre salió del cuarto se dieron cuenta que un médico presionaba el pecho del enfermo y le daban primeros auxilios, y a las 7:00 horas fueron informados que su hijo perdió la vida por un infarto.

Posteriormente, personal de la funeraria se llevó el cuerpo y cuando lo entregaron a sus padres se veía “muy inflado y arrojando líquido y sangre por oídos y nariz”, por lo que un familiar presentó denuncia ante el Agente del Ministerio Público y personal de la Procuraduría Estatal acudió a la funeraria por el cuerpo del fallecido.

Esta Comisión determinó que su fallecimiento fue consecuencia de una inadecuada atención médica, debido a omisiones en el interrogatorio, valoración, diagnóstico, monitoreo de signos vitales, incluida la presión arterial al haberle suministrado un medicamento que disminuye la presión arterial de manera súbita en lugar de uno que lo hiciera de manera paulatina. El joven falleció debido a que presentaba potasio bajo en la sangre y no se suministró su reposición, lo que provocó el infarto.


El otro caso lo conoció la CNDH el 21 de diciembre de 2018, cuando por razones de competencia recibió la queja que había interpuesto la madre de la víctima ante la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato, en la que refiere que su hija, con diagnóstico de diabetes mellitus desde hacía 9 años, se presentó el 9 de diciembre de 2017 en la Unidad de Medicina Familiar número 49 (UMF-49), en Celaya, Guanajuato, con fuerte dolor abdominal, donde le recetaron el antiinflamatorio “Sulindaco”, y en una segunda visita, el 17 de enero de 2018, le dieron “Diclofenaco”.

Al no disminuir el dolor, una semana después acudió al área de urgencias del Hospital General de Zona número 4 (HGZ-4), en esa ciudad, donde solicitó la realización de un ultrasonido que le fue negado, en tanto que un médico le diagnosticó “quiste ovárico” y recetó “brupracil”, la envió a su domicilio indicándole que su situación no era de gravedad y debía acudir con su médico familiar.

Un día después acudió de nuevo al área de urgencias del HGZ-4, donde fue hospitalizada, y al día siguiente cuando se dirigía al sanitario “perdió la fuerza” la auxilió una enfermera, en tanto un médico solicitó la toma de una radiografía de abdomen, cuyos resultados fueron revisados por una médica, quien dijo que la paciente no tenía nada pese a la persistencia de los dolores, a las 16:00 horas de ese día fue intervenida por apendicitis y sería dada de alta el 2 de febrero. En la madrugada de ese día, estaba sentada y respiraba con dificultad, por lo que su madre encontró a una enfermera quien aplicó a la paciente una inyección que le ocasionó una reacción porque dejó de hablar y le dificultó más la respiración.

El jefe de cirugía del hospital, le dijo a la quejosa que su hija estaba muy grave y presentaba índices altos de “azúcar en sangre”, por lo que le aplicarían “10” de insulina rápida y le darían “reanimación”. A las 10:30 horas le informaron que perdió la vida. Un hermano de la agraviada observó que las sábanas que se quitaron de la cama donde falleció estaban empapadas de sangre, pese a que las heridas de la cirugía se encontraban cerradas. La CNDH solicitó el expediente clínico de la víctima, pero el encargado de la Dirección del HGZ-4 manifestó que dicho documento fue sustraído del hospital, junto con el certificado de defunción.



IMSS alerta que el uso constante de gelish puede causar cáncer

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La institución señala que el contacto de la piel con los rayos ultravioleta pueden llegar a generar células cancerígenas

Usar de manera excesiva esmalte en gel, conocido como gelish puede detonar la formación de células cancerígenas porque durante el proceso la piel entra en contacto directo con Rayos Ultravioleta (UV) alertó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en Sonora.

Raúl Rivera Márquez, especialista en oncología del Hospital General Regional (HGR) número 1 en Ciudad Obregón, invitó a las mujeres asiduas a esta decoración de uñas a usar bloqueador en las manos al menos media hora antes de la colocación del esmalte en gel puesto que se aplica de manera directa en las manos.

“El cáncer de piel es el más frecuente del resto de los tipos de cáncer, anualmente se detectan 16 mil nuevos casos en el país donde el cáncer basocelular o escamoso son los más frecuentes por la exposición constante y sin protección al sol o rayos UV”, afirmó.


Explicó que para desarrollar esta afección se deben considerar otros factores como la exposición al sol durante la niñez, dado que la afectación a las capas de la piel se mantiene y al llegar a la edad adulta se encuentra debilitada y vulnerable para la aparición de la enfermedad.


“Con esto no podemos asegurar que todo el que haga uso de esta técnica va a sufrir cáncer de piel, sino que entran otros factores como la edad, color de piel porque los de piel más clara tienen un mayor riesgo, personas con defensas bajas por enfermedad o por el uso de algún medicamento, entre otros”, detalló el oncólogo del Seguro Social.

Para evitar lastimar la piel Rivera Márquez aconsejó usar bloqueador con Factor Protector Solar 30 y ante signos de alerta como lesiones que se vean anormales en la piel, sea una mancha o lunar que cambia de forma o color acudir al médico.