Elba Esther Gordillo le gana al SAT y se salva de pagar 19 mdp

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La exlideresa del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Elba Esther Gordillo Morales, ganó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) un juicio para no pagar más de 19 millones 323 mil pesos por Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondientes a los ejercicios fiscales 2008 y 2009.

El pasado 22 de enero, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) anuló la resolución del SAT respecto al crédito fiscal, debido al ejercicio de facultades discrecionales y de vicios de forma, pues no se otorgó a Gordillo Morales las garantías para argumentar a su favor.

A finales de 2013, el SAT acusó a Gordillo Morales de no declarar ingresos por 7 millones 883 mil 606 pesos con 65 centavos, por lo que se hizo acreedora a multas y recargos. Los supuestos ingresos que no declaró la exlideresa se habrían revelado mediante depósitos y pagos a tarjetas de crédito a su nombre tras hacer cuantiosas compras en tiendas de alta gama en Estados Unidos.

En el argumento presentado ante el TFJA, los abogados de la exdirigente del SNTE sostuvieron que los pagos habían sido reembolsos del propio sindicato, pues se trataba de gastos de representación provenientes de una partida especial que se destina a este concepto, así como a gastos de relaciones públicas derivadas de su encomienda como presidenta vitalicia.

En alegatos, los defensores dijeron a la autoridad que por mandato estatutario, Gordillo Morales debía mantener una imagen impecable y que los pagos reflejados en esas cuentas crediticias se debían a gastos por ese concepto. “Entendiéndose por éstos, los gastos destinados a que el trabajador represente o mejore la imagen de la empresa frente a los clientes con un objetivo empresarial”, explicó la defensa.

Las sumas depositadas a las tarjetas de crédito fueron para cubrir los saldos por compra de artículos en centros comerciales y tiendas de la Unión Americana como Neiman Marcus, Christian Dior, Chanel, Roberto Cavalli, Guchi, Bulgari, Louis Vuitton, Salvatore Ferragamo y Giorgio Armani, entre otras firmas.

Los estados de cuenta en poder de EL UNIVERSAL también detallan pagos en hoteles cinco estrellas en Beverly Hills, estéticas de belleza como The Salon by Maxime en Rodeo Drive, del famoso estilista Maxime Salvador, que se precia de atender a celebridades de Hollywood, y en joyerías como Montblanc.

Así, el juicio contencioso-administrativo al que Gordillo Morales se enfrentó le fue notificado para una revisión a sus requerimientos de impuestos el 29 octubre de 2013 y le fue legalmente notificado el 30 de octubre del mismo año, estando presa en el Centro de Readaptación Social de Tepepan tras su detención durante la administración del presidente Enrique Peña Nieto.

A la contribuyente se le requirió copia de los estados mensuales de las cuentas bancarias y de inversión nacionales a su nombre, los contratos de apertura y tarjetas de firmas que se tramitaron al abrir cuentas, y copia del comprobante laboral donde debía aclarar, ampliar y detallar el origen de todos los depósitos efectuados en las cuentas bancarias abiertas a su nombre.

Esto, con la finalidad de determinar si los ingresos en cuestión correspondían a sueldos y asimilados, actividades empresariales y profesionales, arrendamientos, enajenación de bienes, provenientes de dividendos o traspasos, o si se trataba de préstamos o donativos.

Se le reclamó un depósito por 650 mil pesos a la cuenta de cheques 60-50078945-2 de Banco Santander, y siete pagos a tarjetas de crédito y servicios, una emitida por Banamex número 5491380002199686 por 89 mil 500 pesos, y otra emitida por BBVA Bancomer número 4101810515817627 por 376 mil 503 pesos.

Los cinco pagos restantes correspondían a tarjetas emitidas por American Express, con número 376703848611005 y/o 376703848612003 por 3 millones 355 mil 162 pesos 46 centavos; la número 376662715013002 por 499 pesos con 99 centavos, la número 376662657023009 por un millón 265 mil 391 peso 58 centavos; la número 37007 41250241008 por 6 mil 199 pesos con 96 centavos, y la 376661280453007 por 2 millones 140 mil 349 pesos con 58 centavos.

Durante el juicio por adeudo, el SAT le embargó a la maestra cinco inmuebles ubicados en la Ciudad de México, una finca en Tlacopac 35, colonia Campestre, en la alcaldía Álvaro Obregón; un predio resultado de la fusión de los números 86 y 90 en la calle Edgar Allan Poe, en la colonia Polanco, así como un condominio en Dickens 30, colonia Polanco en la alcaldía Miguel Hidalgo.

También el inmueble situado en boulevard de los Virreyes 510, manzana 161 y el predio marcado en la fracción “A”, lote 19, manzana 2, del fraccionamiento Bosques de las Lomas, en la alcaldía Miguel Hidalgo.

La maestra contra el SAT

La demanda que Gordillo Morales entabló en contra del SAT fue interpuesta el 19 de abril de 2017 en la Séptima Sala Regional Metropolitana con sede en la Ciudad de México y fue contestada el 16 de junio del mismo año. Fueron admitidas las pruebas ofrecidas. El plazo límite para formular los alegatos fue al 2 de octubre de 2017.

Para acreditar su inocencia, Elba Esther Gordillo argumentó que las autoridades dejaron de valorar las pruebas aportadas al proceso de auditoría, así como las negativas del SNTE a atender sus pedimentos de la documentación contable, mediante la cual ella podía certificar el origen de los recursos a sus cuentas, así como los pagos a las tarjetas de crédito, derivado de los reembolsos por gastos de representación.

Fue hasta el pasado 22 de enero que el TFJA determinó declarar la nulidad de los actos de ejecución del crédito fiscal, a causa del ejercicio de facultades discrecionales y por vicios de forma.

La maestra Gordillo Morales logró demostrar que las resoluciones impugnadas y recurridas por la autoridad fiscal eran ilegales, que iban en contradicción al principio de buena fe en materia tributaria y se determinó que habían violado la garantía de audiencia y el derecho humano de acceso a la justicia.

El SAT aún cuenta con un cartucho por usar, el TFJA le da oportunidad de reponer el procedimiento y subsanar los vicios formales de los que adolecía y la exlideresa Gordillo Morales podrá solventar los requerimientos que le haga la autoridad recaudadora.





El SAT amplía sus facultades para fortalecer la recaudación y control tributario

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Cadena Noticias - Ana Laura Wong,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

La publicación oficial de la Reforma Fiscal 2026 en el Diario Oficial de la Federación ha generado alertas entre contribuyentes y expertos en materia fiscal, ya que a partir del 1 de enero de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) verá ampliadas significativamente sus facultades.  

El Licenciado Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, explicó que los cambios aprobados por el gobierno federal afectan la Ley de Ingresos, el Código Fiscal de la Federación y la Ley del IEPS, con el objetivo de fortalecer la estrategia de recaudación nacional y mejorar la fiscalización.  

“El paquete fiscal redefine la estrategia de recaudación y pone énfasis en medidas para combatir la evasión y la simulación fiscal. El Plan Maestro del SAT para 2026 estará enfocado en fortalecer el control tributario”, comentó Pickett Corona.  

Entre las principales innovaciones en el Código Fiscal de la Federación se encuentran nuevas herramientas para detectar y sancionar prácticas ilícitas, como un procedimiento exprés para bloquear la emisión de facturas falsas desde el inicio de una revisión, además de la ampliación de las causas para la cancelación o restricción de sellos digitales.  

Asimismo, el SAT tendrá un acceso más amplio a la información financiera de los contribuyentes y las plataformas digitales deberán permitir acceso en tiempo real a datos relacionados con obligaciones fiscales. También se establece que las visitas domiciliarias podrán realizarse mediante medios electrónicos, según el nuevo artículo 49 BIS del Código Fiscal.  

El abogado fiscalista advirtió que empresas, profesionistas y personas físicas deben revisar y ajustar sus sistemas y procedimientos administrativos para cumplir con los nuevos lineamientos, ya que la fiscalización será más estricta y tecnológica.  

Finalmente, Pickett Corona subrayó que estas modificaciones consolidan un esquema tributario más riguroso, en el que la supervisión electrónica y el intercambio de información serán pilares fundamentales para el control fiscal durante 2026.

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Podrá SAT embargar bienes si no se garantiza el crédito fiscal

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Cadena Noticias - Ana Laura Wong,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Tras una reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes están obligados a garantizar el interés fiscal desde la primera instancia de defensa, pues de no hacerlo, la autoridad puede embargar cuentas bancarias, bienes muebles e inmuebles, o intervenir la negociación del contribuyente.

El Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, explicó que este cambio busca reforzar la recaudación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), aunque también representa un incremento en la presión financiera para las personas físicas y morales que enfrentan controversias fiscales.

El especialista precisó que el artículo 141 se aplica cuando un contribuyente interpone un juicio o recurso de revocación contra el SAT, es decir, cuando se impugna una resolución fiscal o un crédito emitido por la autoridad.

“Ahora, para poder suspender cualquier embargo, el contribuyente deberá garantizar desde la primera instancia, es decir, al presentar el recurso de revocación, lo que podría impactar a quienes no cuenten con liquidez inmediata para hacerlo”, advirtió Pickett Corona.

Las opciones para garantizar el crédito fiscal incluyen depósito en dinero, carta de crédito, prenda o hipoteca, fianza, obligación solidaria, embargo, o títulos valor y cartera de créditos. Sin embargo, la reforma establece un orden obligatorio, en el que la primera opción será el depósito en efectivo en una institución autorizada, probablemente en el Banco del Bienestar o en el Banco del Ejército, que garantice una liquidez inmediata.

El abogado fiscalista advirtió que esta modificación podría generar afectaciones directas a las empresas con procedimientos fiscales abiertos, al requerirles inmovilizar recursos o bienes para mantener la suspensión de actos de cobro mientras se resuelve el litigio.

Finalmente, Pickett Corona subrayó que el propósito del cambio es asegurar que el Estado recupere los créditos fiscales en disputa, aunque ello implique mayores riesgos económicos para los contribuyentes que decidan impugnar resoluciones de la autoridad.

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Exhortan a contribuyentes a conocer sus derechos ante la autoridad fiscal

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Cadena Noticias - Ana Laura Wong,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Es fundamental que los contribuyentes conozcan sus derechos establecidos en la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente para evitar desventajas y posibles abusos durante los procedimientos fiscales. El abogado fiscalista Lic. Jorge Alberto Pickett Corona destacó que estos derechos brindan protección jurídica, certeza y un trato digno en todos los actos de la administración tributaria.

Entre los derechos más importantes se encuentran el derecho a ser informado y asistido, a recibir devoluciones de impuestos, a conocer el estado de sus trámites y a proteger la confidencialidad de sus datos. Además, se garantiza un trato respetuoso y la participación activa en los procesos, permitiendo a los contribuyentes ejercer sus obligaciones sin sufrir arbitrariedades.

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El SAT aumenta la recaudación con auditorías a grandes contribuyentes

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Cadena Noticias - Ana Laura Wong,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

El Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, destacó que el enfoque del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y su Plan Maestro de Recaudación 2024 han logrado un aumento significativo en la recaudación, especialmente mediante auditorías a grandes contribuyentes. 

En el primer semestre de 2024, se reportó una recaudación total de 3.4 billones de pesos, superando cifras anteriores.

De esa cantidad, 1 billón 380 mil 812 millones provienen específicamente de las auditorías, lo que evidencia la importancia de este enfoque en la recaudación del pueblo mexicano.

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SAT lanza campaña para realizar la declaración anual para personas físicas

El plazo para cumplir con esta obligación será del 1 al 30 de abril

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Con el eslogan #Declara2023 el Servicio de Administración Tributaria (SAT) arrancó este lunes 1 de abril su campaña para la temporada de la declaración anual de impuestos del ejercicio 2023 para personas físicas.

Al mismo tiempo, recordó que aquellos contribuyentes que en cuya declaración se les determine el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a pagar, lo pueden hacer en parcialidades.

En la campaña en donde sale una doctora tomando la presión a un paciente y un trabajador de una cafetería, se indica que el plazo para cumplir con esta obligación será del 1 al 30 de abril.

“Es muy sencillo, sólo necesitas RFC y contraseña o firma electrónica vigente para más información visita: sat.gob.mx”, se enfatiza en el video preparado por el órgano recaudador de impuestos.

¿QUIÉNES LA PRESENTAN?

El SAT refirió que las personas físicas obligadas a presentar su declaración anual por los ingresos obtenidos durante el 2023 son las siguientes:

  • Trabajadores asalariados que cobran bajo el régimen de sueldos y salarios, siempre y cuando:
  • La totalidad de los ingresos anuales por este concepto exceda de 400 mil pesos anuales.
  • Hayan tenido un sólo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
  • Si obtuvieron ingresos distintos de salarios o trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea.
  • Les pagaron salarios provienen del extranjero o de personas no obligadas a retener.
  • Obtuvieron ingresos por indemnización.
  • Si los ingresos por jubilación o pensiones exceden el monto previsto en el artículo 93 fracción IV y V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
  • Cuando cobran por honorarios por servicios profesionales.
  • Los que obtuvieron ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles.
  • Si vendieron o compraron un bien, presentan declaración anual.
  • Aquellos que obtuvieron intereses o dividendos.

PERSONAS FÍSICAS CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL

  • Incluye a los que recibieron ingresos por sus servicios contratados a través de plataformas tecnológicas.
  • Los que están en la región fronteriza.
  • Pequeños contribuyentes que tributan en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
  • También los del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

PAGO EN PARCIALIDADES

El SAT indicó que los que deben pagar el ISR, tienen la opción de hacerlo en parcialidades de acuerdo a ciertas reglas.

Esta medida será efectiva siempre y cuando el contribuyente realice la declaración en tiempo y forma dentro del plazo legal establecido.

Es decir, del 1 al 30 de abril del 2024, sin ningún error o inconsistencia.

Refirió que el pago de la primera parcialidad se tiene que hacer dentro de dicho periodo, además; se debe tomar en cuenta lo siguiente:

  • Las parcialidades se pagan a más tardar el último día del mes al que correspondan.
  • Se deben utilizar las líneas de captura que genera el sistema al momento de presentar la declaración.
  • Los formatos estarán disponibles para su reimpresión en el aplicativo, en la opción “Impresión de acuse”.
  • Los pagos se realizan en las instituciones de crédito autorizadas.
  • Existe la opción de pagos anticipados.
  • En caso de no cubrir en tiempo y forma las parcialidades, se cobrarán recargos por falta de pago oportuno.
  • La última parcialidad debe cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo, en su caso, los recargos señalados anteriormente.

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