Congreso de Quintana Roo aprueba ''Ley Olimpia''
El Congreso de Quintana Roo aprobó reformas a cinco leyes locales para armonizarlas con el marco legal federal y reconocer como delito la Violencia Política de Género, además de modificar otro paquete de leyes para tipificar y sancionar la Violencia Digital, lo cual le coloca como la entidad número 24 en dar entrada a la "Ley Olimpia" en México.
Ambos dictámenes fueron discutidos este sábado por el pleno y aprobados por unanimidad, durante la sesión de apertura del primer periodo ordinario de sesiones, del segundo año de ejercicio de la XVI Legislatura. El primer dictamen correspondió a reformas hechas a 18 numerales de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; 129 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales; 4, de la Ley Estatal de Medios de Impugnación en materia electoral; y 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía General, así como el Código Penal.
La finalidad fue homologar ordenamientos legales locales, con las modificaciones hechas a ocho leyes federales, publicadas el 13 de abril del 2020, para reconocer la Violencia Política de Género como un delito, estableciendo quiénes incurren en él y qué sanciones le corresponden. La reforma integral busca permitir la participación de las mujeres en política, garantizando que no sean objeto de ataques, antes, durante y después de procesos electorales, en el desempeño de sus cargos públicos o en todo tipo de actuación en el ámbito público, estableciendo medidas y mecanismos de protección, prevención y sanciones. La diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Atenea Gómez, indicó que esta reforma está dedicada a todas las mujeres que, en el pasado, fueron discriminadas, descalificadas, humilladas o agredidas "por su color de piel, por su color de partido y la dirección de sus ideas".
Los aspectos más relevantes del dictamen aprobado consisten en la ampliación a 31 conductas consideradas como Violencia Política contra las mujeres; contempla dentro de los responsables a particulares y medios de comunicación, entre otros. Además de la Violencia Política de Género, las reformas contemplan el uso del lenguaje incluyente, la paridad de género, los derechos humanos de las mujeres, la descripción de "discriminación" y el contexto de la Perspectiva de Género en todas las actividades del Instituto Electoral.
Impulsa campañas de cultura cívica, de prevención, atención y erradicación de la violencia política en contra de las mujeres y la sanción con reducción de hasta el 50% de la ministración del financiamiento público a partidos políticos que incurran en ese tipo de violencia. Al partido que no respete los principios de paridad de género en candidaturas, le será rechazado el registro. Por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Reyna Durán, se dijo víctima de violencia política y expuso lo que han sufrido otras mujeres, cuyos puestos o logros son atribuidos, no a su capacidad, talento, conocimiento, inteligencia o desempeño, sino a factores de otro tipo, ya sea estético o de índole sexual.
"No voy a venir aquí, a tribuna, a hablar con palabras bonitas, no voy a venir aquí a decir lo que quizá muchas mujeres allá en sus casas, en sus trabajos o en sus partidos políticos no entienden.
"Lo que hay que decirle a esas mujeres es que no podemos permitir que nos sigan diciendo pen... que nos sigan diciendo que no tenemos la capacidad; que no pueden venir a insultarnos y que tienen que respetarnos", expresó. Agregó que la reforma integral será una herramienta de defensa para las mujeres.
"Ley Olimpia", apenas el principio
Otro dictamen aprobado fue el que reformó el Código Penal del estado y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para tipificar y sancionar, de forma "básica", el delito de "Violencia Digital". En él se define a la Violencia Digital como un delito que consiste en difundir, revelar, publicar, compartir o alterar contenido audiovisual, conversaciones telefónicas, grabaciones de voz, imágenes estáticas o en movimiento de naturaleza sexual o erótica de otra persona mayor de edad -sin su consentimiento- a través de cualquier tecnología de la información o comunicación o por cualquier medio digital o impreso.
Quien resulte responsable de su comisión, señala, será castigado con una pena de cuatro a ocho años de cárcel y de 200 a 500 días multa. Agrega que la sanción aumentará hasta la mitad si el imputado se trata del cónyuge, concubino o haya mantenido una relación afectiva o de confianza con la víctima, aún sin convivencia. También cuando el delito se cometa en agravio de personas que viven con alguna discapacidad o no comprendan el significado del hecho o cuando la conducta sea realizada con fines de lucro. El delito será perseguido por querella de la parte ofendida.
Además se penalizará a quien empleando cualquier tipo de violencia, amenace o coaccione a otra persona mayor de 18 años, con llevar a cabo las conductas antes mencionadas con el objetivo de obtener un beneficio o lucro de cualquier índole, se le impondrá una sanción de seis años a ocho años y multa de 100 a 400 días. Los diputados por el Movimiento Auténtico Social (MAS), José Luis Guillén, y de Morena, Alberto Batun, los primeros en impulsar la iniciativa para "tropicalizar" la Ley Olimpia, se dijeron satisfechos de que sea hoy una realidad, pero admitieron que es apenas un "primer paso" pues aún hay que ir más allá.
Guillén enumeró a las "Defensoras Digitales", "Marea Verde Quintana Roo", "Derechos autonomías y Sexualidades (DAS)", "Gobernanza", "Conversatorio Feminista de Cancun", "Sororas" y otras organizaciones que acompañaron la revisión y perfeccionamiento de las iniciativas y del dictamen. Cristina Torres, del PAN, aclaró que no se trata de una reforma que busque generar "terror o miedo sino seguridad y tranquilidad" y la tecnología no sea empleada en vulnerar la vida privada e intimidad de la población, sobre todo de las mujeres.