Secretaría de Economía registra 39 juicios contra norma de etiquetado

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Aunque el sector privado alertó que con la entrada en vigor de la nueva norma de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados llegarán más amparos, la Subsecretaría de Industria, Comercio y Competitividad de la Secretaría de Economía afirmó que hasta el 30 de septiembre se registraron 39 juicios de amparo contra esa normatividad.

El subsecretario Ernesto Acevedo expuso que la Norma Oficial Mexicana 051, de especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-información comercial y sanitaria, entró en vigor este 1 de octubre de 2020, pero no habrá sanción por incumplimiento hasta el 1 de diciembre próximo.

Dijo que hasta el 30 de septiembre de 2020 se tuvo conocimiento de 32 juicios de amparo notificados, más 7 juicios de amparo en proceso de notificación, lo que hace un total 39 juicios de amparo.

En entrevista con EL UNIVERSAL el funcionario explicó que tomará un tiempo la resolución de estos amparos, los cuales corresponde resolver a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y agregó que por el momento se les negó a las empresas la suspensión provisional del cumplimiento de la norma. "En algunos de esos casos los jueces han negado la suspensión, es un derecho legítimo, la ley de amparo protege a toda la sociedad, pero creo que poco a poco tienen que ir entendiendo las empresas que lo que conviene es estar de lado de la salud, de la economía nacional y el Poder Judicial, es independiente, hará sus valoraciones y resolverá conforme a derecho", comentó.

Si bien la norma entró en vigor el 1 de octubre pasado, hay un acuerdo entre las distintas autoridades en la materia "para que en el proceso de verificación no se sancione a los establecimientos comerciales que tengan productos que cumplían con la norma hasta ayer vigente".

Expuso que lo que prevén es que por un lapso "cohabitarán productos similares, idénticos pero que pueden tener el etiquetado viejo y el nuevo". El funcionario dijo que una vez que se termine ese período, es decir a partir del 1 de diciembre, si pueden ser sujetos de sanción los establecimientos que vendan productos sin el nuevo etiquetado. "La sanción va sobre quien comercialice y se puede voltear al productor, eso sería una secuencia legal probable, pero como Profeco hace inspección en el punto de venta y protegemos al consumidor final, entonces la verificación se hace ahí, en el punto de venta. La mayor parte de cadenas comerciales y empresas están acatando la nueva norma", añadió.





Le cayó la ley a la Chaparrita, Barrilito y Peperami

Compartir en:

Ciudad de México, Mexico, 

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), informa sobre el aseguramiento de 112 mil 884 unidades de productos de las marcas Peperami, Chaparrita y Barrilito, por presentar anomalías consideradas de alto riesgo en materia de etiquetado.

Estos productos se comercializan en territorio nacional e infringen lo estipulado en la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, sobre las especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, preenvasados y modificación publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de marzo de 2020.

Por lo anterior, la Comisión de Operación Sanitaria (COS) de Cofepris, realizó una serie de operativos en los que aseguraron 57 mil 432 piezas de la bebida Chaparrita, 18 mil 432 piezas de la bebida Barrilito y 36 mil 980 piezas del aperitivo Peperami en sus cinco presentaciones.

Los primeros dos productos son fabricados por la refresquera Desde el Corazón del Fruto, S.A de C.V. Se trata de Chaparritas, refrescos sin gas pasteurizado y Barrilitos, refrescos en diferentes sabores y presentaciones.

Ambas bebidas incumplen la regulación nacional que requiere que los sellos de advertencia estén situados al frente del producto, es decir, en la superficie principal de exhibición.

Adicionalmente, el listado de ingredientes, declaración nutrimental y sellos de advertencia estaban situados en el mismo espacio, cuando de acuerdo con la Ley General de Salud, deben presentarse de manera independiente.

Por su parte, los productos asegurados de la marca Peperami, fabricados por Qualtia Alimentos Operaciones S. de R.L. de C.V., presentaron irregularidades en su empaquetado al incluir la imagen animada del personaje “Peperami”, a pesar de tener un sello de advertencia en el producto.

Las y los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados están obligados a cumplir la normatividad vigente; podrán encontrar guías y manuales sobre la aplicación de la NOM-051 en https://bit.ly/3IvxVLm

Cofepris mantiene acciones de vigilancia a productos para asegurar la correcta implementación de esta norma, la cual coadyuva a la protección de la salud de las personas.

En caso de detectar cualquier producto que incumpla estas especificaciones, como incluir sellos de advertencia en las partes traseras o laterales de productos, se invita a realizar una denuncia sanitaria, para lo cual se pone a disposición la página gob.mx/cofepris.



¿Papas fritas adictivas? Profeco habla al respecto

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Las papas fritas tienen ingredientes como grasas y sodio, además de que al ser crujientes generan sustancias que provocan sensaciones de bienestar y saciedad en los consumidores, de acuerdo con la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En la Revista del Consumidor de febrero la Profeco afirmó que "este tipo de alimentos estimulan las áreas cerebrales relacionadas con el placer".

El cerebro al detectar el sabor de papas fritas produce dopamina, una sustancia que brinda sensación de bienestar y saciedad.

La Profeco afirmó que hay quienes piensan que lo crujiente puede tener efectos adictivos, "no por nada son crujientes y algunas destacan esta cualidad".

En el estudio, la Procuraduría afirmó que el riesgo de comer alimentos fritos es que se pueden padecer enfermedades cardiovasculares porque se usa aceite y grasas trans que bajan los niveles del colesterol "bueno", el HDL y elevan el "malo" el LDL.

Para el caso del sodio, la recomendación de la Organización Mundial de la Salud es que una persona no puede consumir más de 5 gramos de sal al día lo que equivale a 2 gramos de sodio, pero algunos productos traen hasta 39% del consumo diario recomendado.

La nueva norma de etiquetado pide poner un sello de exceso de sodio en los alimentos sólidos que contengan 350 miligramos o más en cada 100 gramos de producto.




Desaparece el ''Tigre Toño'', ''Melvin'' y ''Sam'' de cereales

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Para adelantarse a las próximas disposiciones de la nueva norma de etiquetado, en los empaques de cereal y pastelitos para niños se eliminaron los personajes que identificaban a cada producto.

En las cajas ya no se observa al elefante Melvin, al tucán Sam, al tigre Toño, el Rey Carlos V, ni al Gansito, entre otros personajes que comenzaron a desaparecer de manera paulatina, ya que las empresas no podrán incluir personajes, animales, dibujos animados, deportistas, actores en sus empaques en todos aquellos alimentos y bebidas pre envasados destinados al público infantil, a partir de abril próximo.

Si bien en los pasillos de los supermercados de cereales y pan de dulce y pastelillos muestran una menor cantidad de personajes ligados al público infantil en los empaques aun faltan muchos otros productos, como son jugos de fruta, leches de sabores, así como dulces, de acuerdo con un recorrido hecho por EL UNIVERSAL.

Sin embargo, los fabricantes de alimentos y bebidas pre envasadas para niños tienen todavía dos meses para cumplir con la nueva normatividad de productos dirigidos al público infantil.

La nueva norma de etiquetado que entró en vigor el primero de octubre de 2020, incluye disposiciones para eliminar esas figuras de los empaques en aquellos productos que puedan inducir el consumo infantil y que contengan altos contenidos de azúcar, sodio, grasas y grasas saturadas.

Cómo también lo son las frituras y botanas que en algunos empaques ya iniciaron con la eliminación de personajes como Chester Cheetos.

Esto es parte de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA-2010 especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que emitieron las secretarías de Salud y de Economía y que debe supervisar su cumplimiento la Profeco.

Esta disposición aplica a los productos que tengan un sello o más de alerta sobre exceso de azúcares, grasas, sodio, calorías y grasas saturadas.



Chester Cheetos desaparece de los empaques por norma de etiquetado

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Para cumplir con la nueva norma de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas, los productores iniciaron la eliminación de personajes, dibujos de animales, deportistas o famosos, de los empaques. Como parte de ello, Cheetos anunció que no aparecerá más el personaje Chester, por lo que los empaques tendrán un nuevo look desde esta semana.

Esta disposición de eliminar esas figuras de los empaques se aplicará para aquellos productos que puedan inducir el consumo infantil y entrará en vigor en abril de 2021. Esto es parte de la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA-2010 especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados que entró en vigor el 1 de octubre de 2020.

Esta disposición también aplicará a personajes famosos de otras marcas como el Tigre Toño, el Elefante Melvin, el Rey Carlos V, el Gansito, entre muchos porque de acuerdo a la autoridad motivan el consumo de los niños de productos nocivos por sus excesivos valores calóricos. Esta disposición se aplica a aquellos productos que tengan un sello o más de alerta sobre exceso de azúcares, grasas, sodio, calorías y grasas saturadas. "Pst, pst… observa bien, a partir de ahora no podrás ver los Cheetos con los mismos ojos", explica la publicación de la marca Cheetos donde presentan la nueva apariencia de sus empaques, donde resalta en letras grandes la marca, sobre una letra "C" con textura de leopardo, el animal que era Chester.



Menores podrían decidir sobre su identidad de género

Compartir en:

Cadena Noticias,  Mexico, Oaxaca, 

La diputada de Morena en Oaxaca, Magaly López Domínguez, impulsa una reforma al Código Civil del estado para permitir que los menores de edad puedan decidir sobre su identidad de género a partir de los 12 años, con o sin el aval de sus padres, La legisladora propone reformas a los artículos 137, 137 Ter y 137 de la legislación local. De esta manera, las personas que se asuman con una identidad de género diferente a su sexo no deberán esperar hasta los 18 años para dar trámite legal a su reconocimiento de género, pues les será posible a partir de los 12 años. Además, propone que el reconocimiento de la identidad de género de las personas menores de edad sea posible con la autorización de su padre, madre o de la persona que posea su guarda y custodia. En el caso de existir negativa por parte de estas personas, el menor podría acudir a la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca a exigir el cumplimiento de este derecho. 

La reforma propone que la dependencia deberá prestarle asistencia legal para recurrir a la vía jurisdiccional y, en consecuencia, sean las autoridades correspondientes quienes teniendo en cuenta los principios de capacidad progresiva e interés superior de la niñez, resuelvan sobre dicha negativa o falta de consentimiento. Tratándose de personas menores de edad, la Dirección General del Registro Civil deberá contar con personal especializado en trabajo e intervención con adolescentes, género y diversidad sexual en la adolescencia. 

La legisladora afirmó que esta propuesta de reforma a la ley se da en apego a lo establecido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que ha sostenido jurídicamente que el derecho a ser escuchado de los niños y niñas constituye, no sólo un derecho en sí mismo, sino que debe tenerse en cuenta para interpretar y hacer respetar todos los demás derechos. Señala que permitir a los adolescentes reconocer su identidad de género, garantizaría el derecho humano de igualdad ante la ley, en su vertiente de prohibición de discriminación que tutela el Artículo primero Constitucional. La propuesta legislativa fue recibida por la Diputación Permanente y se turnó a la comisión correspondiente para su dictamen.