Suprema Corte da luz verde a la venta de cigarros electrónicos

Dan marcha atrás al decreto presidencial que prohíbe la importación de este producto

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió hoy declarar inconstitucional la prohibición a la venta de cigarros electrónicos y vapeadores que estaba restringida en la Ley General para el Control del Trabajo. Con esta decisión de la SCJN se abre la puerta a que, próximamente, se dé marcha atrás al decreto que prohíbe la importación. 

Con mayoría de siete votos los ministros del Pleno abrieron el camino para que cualquier empresa pueda acudir al amparo contra la prohibición absoluta de la comercialización de este tipo de productos.

Los ministros resolvieron que la prohibición es una medida inconstitucional y desproporcional que atenta contra la libertad de comercio y el libre desarrollo de la personalidad.

"Impide totalmente el acceso a cualquier producto que emule los productos del tabaco, pero que no contenga sus derivados, como pueden ser cigarros electrónicos de nicotina y hasta un cigarro de chocolate", señaló durante la sesión el ministro presidente, Arturo Zaldívar.

El caso derivó de una contradicción de criterios entre las dos salas de la Corte, por lo que el Pleno declaró que la tesis que debe prevalecer es la que se emitió en un amparo concedido en 2019 a una empresa para poder vender vapeadores en México y que abrió la puerta a que el Congreso de la Unión legisle sobre el tema.

"Cualquier medida que el Estado adopte para proteger el derecho a la salud debe ser compatible con el derecho al libre desarrollo de la personalidad, lo que implica entre otras cosas, que debe proveerle siempre de la información relevante y oportuna para que esta persona adulta tome libremente las decisiones que afecten su salud, y respetar esa decisión, aunque implique dañar su salud,” agregó la ministra Norma Piña.

Los ministros que votaron en contra de avalar la comercialización de estos productos fueron Yasmín Esquivel, Fernando Franco, Luis María Aguilar y Alberto Pérez Dayán.

Esto, bajo el argumento de que no existen estudios científicos que demuestren que los vapeadores o cigarros electrónicos no son dañinos para la salud al mismo nivel o más que el tabaco.

Debido a que el asunto se resolvió con mayoría de siete votos el criterio no se convierte en jurisprudencia sino únicamente en un argumento que puede ser invocado y aplicado en juicios de amparo.

Por su parte, el presidente de México y el Mundo Vapeando, Juan José Cirión Lee, explicó que con esta determinación se puede avanzar en dos frentes más, por una parte, en revertir el Decreto presidencial por el que se prohibió la importación de los cigarros electrónicos y por otro lado se podrá trabajar en una correcta regulación del mercado.

“Esta contradicción de tesis que resolvieron en la Corte donde determina inconstitucional la prohibición a la venta de cigarros electrónicos no está relacionado con el Decreto que prohíbe la importación de cigarros electrónicos (del pasado 19 de febrero de 2020) pero si va a traer consecuencias que llevarán a que también sea inconstitucional el Decreto”, explicó. 

Cirión Lee dijo que “ha habido tentativas de hacer prohibiciones en la ley a la venta de cigarros electrónicos, pero con esta jurisprudencia no se va a prohibir la comercialización de los vaporizadores” y añadió “ahora sí podemos partir para una correcta regulación del mercado”.

A la fecha hay 14 amparos en firme que decretan que es inconstitucional la importación de vapeadores que solicitaron personas físicas, además de que hay dos amparos adicionales de comerciantes que ya tienen la resolución provisional en la que les dicen que es inconstiucional el Decreto con la que se prohíbe importar cigarros.

Con la decisión de la Suprema Corte, en caso de que se intente retener la mercancía a los importadores que cuentan con amparo, podrán aludir a los amparos y argumentar que hay una contradicción porque ya está la resolución que permite la venta de estos productos.

“Esto es una cuestión de tiempo y lo que va a pasar al final es que declararán anticonstitucional el Decreto” de febrero del 2020.

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SCJN ratifica desaparición del FIDECINE como inconstitucional

Gobierno Federal no puede dar menos apoyo al cine nacional

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Esta tarde, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un nuevo respaldo a la comunidad cinematográfica mexicana, al determinar que la desaparición del FIDECINE en 2020, ordenada desde el Ejecutivo, fue inconstitucional.

La decisión se dio en el seno de la Primera Sala del máximo tribunal mexicano, en donde, además y por unanimidad de los cinco ministros, se votó porque el gobierno federal no puede dar menos protección y apoyo a lo que se había alcanzado hasta ese año para el cine nacional.

El FIDECINE es un fideicoimiso que por dos décadas apoyó la producción de 230 largometrajes, 159 de ellos de directores debutantes, como “No se aceptan devoluciones”, “Una película de huevos” y “Kilómetro 31”, las cuales hasta hace cuatro años habían devuelto a las arcas federales 83 millones de pesos, contra los 24 millones recibidos para ser hechas.

Esta nueva sentencia se suma a la del año pasado, cuando la Segunda sala también determinó que era inconstitucional la desaparición del FIDECINE.

Eduardo de la Parra, abogado de los cineastas, se mostró satisfecho por el fallo.

“Esta sentencia, a diferencia de la de la Segunda Sala, entra a fondo a la prohibición de regresividad, de que el nivel de protección ya alcanzado en los derechos culturales no puede ser destruido o disminuido por nuevas leyes, que es lo que hace mas relevante este asunto y por la votación se convierte en jurisprudencia”, señala el jurista.

La jurisprudencia significa que, en casos similares, la sentencia tendría la misma consideración.

En un comunicado oficial, el Alto Tribunal informa que deliberó que en la eliminación del Fidecine existe un menoscabo injustificado en los derechos a la participación cultural, abundando que las razones dadas por el legislativo para acabar con el fideicomiso y otros más, son vagas y carecen de fundamento.

En su momento se aseguró que la extinción de más de 100 fideicomisos fue para que con esos recursos se afrontara la crisis sanitaria derivada por el Covid-19, así como por una opacidad en el uso de recursos.

“No se demostró que existiera un mal manejo de los recursos que integran al FIDECINE, ni que faltara a sus obligaciones de transparencia o contabilidad”, se lee en el documento de la SCJN.

Desde 2021 la figura gubernamental en dar apoyos es el Focine el cual, a diferencia del Fidecine, no se encuentra en la ley.

En agosto pasado, la Segunda Sala ordenó al Congreso a restituir los apoyos en la ley dando como plazo diciembre, cosa que no ocurrió.

Actualmente el asunto se encuentra en la Cámara de Senadores, que pidió una extensión del plazo para discutir el tema y de ahí pasar a la Cámara Baja.

“(Ahora es) Esperar a ver los efectos de la sentencia, porque pueden ser similares o diferentes a los de la Segunda Sala”, comentó De la Parra.

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Sancionarán negocios con venta de vapeadores en BC: COEPRIS

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Cadena Noticias - Ana Laura Wong,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

El Comisionado Estatal de Coepris, Erwin Jorge Areizaga, declaró que continúan con las visitas de inspección en negocios de "Smoke Shop" y sancionarán aquellos negocios que tengan a la venta los productos prohibidos como vapeadores. 

Mencionó que en lo que van del año 2024 han asegurado 256 vapeadores en los municipios de Tijuana y Mexicali, mientras que en el 2023 fueron un total de 4500. 

El titular de la Coepris recordó que han asegurado máquinas expendedoras en la entidad, las cuales tenían a la venta vapeadores y podrían adquirirlas fácilmente hasta los mejores de edad, lo cual señaló que representan un mayor riesgo para los jóvenes porque no hay una persona que intervenga en la compra venta. 

En cuanto a los incendios que ocurrieron el 19 de febrero en negocios de ¨Smoke Shop¨ en diversas zonas de la ciudad de Tijuana, dijo que previo al incidente habían visitado uno de los negocios pero se encontraba cerrado.

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Revisión judicial al poliamor en México: ¿se revoca el amparo?

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

En un giro legal intrigante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está considerando revertir un amparo que permitía el matrimonio o concubinato con dos o más personas. Esta medida, otorgada hace tres años en Puebla, se basó en la protección constitucional de diversas formas de familia. 

No obstante, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propone revocar esta sentencia, argumentando que las relaciones poliamorosas no son socialmente predominantes y podrían generar desigualdades. El debate destaca la necesidad de regulaciones claras en caso de que el poliamor crezca en la sociedad, planteando el riesgo de desventajas, especialmente para mujeres y niños. 

La resolución propuesta destaca las advertencias internacionales sobre la poligamia, señalando que puede derivar en desigualdades graves y afectar negativamente el bienestar económico de mujeres e hijos. La legalidad del poliamor en México está en una encrucijada.

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MC propone 15 años de experiencia jurídica para ser ministro de la Suprema Corte

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La senadora Laura Ballesteros (MC) propuso reformar los artículos 76, 95 y 96 de la Constitución para establecer los requisitos para ocupar el cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como contar con cuando menos 15 años de experiencia en actividad jurídica, por ejemplo.

“No podemos permitir que a este tribunal constitucional lleguen personas que no cuentan con la capacidad, ni con la experiencia requerida para el cargo, por el solo hecho de ser leales al Presidente de la República, un poder no puede ser sumiso a otro. En la Corte se ocupa capacidad y experiencia, no abyección”, aseguró la legisladora.

El proyecto establece que para ser ministro, el aspirante no debe haber sido titular de un organismo administrativo descentralizado o desconcentrado, jefe o jefa del SAT, comisionado o consejero de algún órgano constitucional autónomo, gobernador o gobernadora del banco central.

O estar a cargo de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, titular de una empresa de participación estatal mayoritaria, titular de una empresa productiva del Estado, candidatos a cargos de elección popular, dirigentes de partidos políticos, o magistrada o magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“La autonomía y la independencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para el país es fundamental, para hacer valer la tan ansiada justicia que nos deben y la democracia que seguimos construyendo, pero sobre todo para garantizar los derechos de todas y todos los mexicanos”, dijo Ballesteros en tribuna.

La iniciativa presentada por la senadora de MC, también establece que para la designación de ministros de la SCJN, se tomarán en consideración las conclusiones de los foros ciudadanos de expertos en el tema judicial que deberán organizarse para el análisis y designación.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación.

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Lenia Batres rinde protesta como nueva ministra de la Corte

Lenia Batres sustituye a Arturo Zaldívar, quien hace unas semanas presentó su renuncia al cargo.

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Ante el pleno del Senado, Lenia Batres Guadarrama rindió protesta como nueva ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), tras ser designada por el presidente Andrés Manuel López Obrador. 

Este 14 de diciembre, Eduardo Ramírez, presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), informó que el Senado le notificó sobre la designación de Lenia Batres como nueva ministra de la SCJN, en sustitución de Arturo Zaldívar, quien hace unas semanas presentó su renuncia al cargo. 

Conforme a lo estipulado en la Constitución, Ana Lilia Rivera, presidenta de la Mesa Directiva del Senado, le tomó protesta a Batres Guadarrama, quien permanecerá en el cargo durante los siguientes 15 años. 

Lenia Batres fue designada por el titular del Poder Ejecutivo, luego de que en el Senado no se alcanzara la mayoría calificada para elegir a una de las integrantes de la segunda terna enviada por López Obrador. 

“Designo de manera directa a la C, Lenia Batres Guadarrama como ministra de la Suprema Corte, cargo que durará 15 años a partir de esta fecha, como lo establece el artículo 94 párrafo décimo cuarto de la Constitución, lo que por este conducto hago del conocimiento de esta soberanía”, se lee en el oficio enviado por el Presidente. 

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