Tribunal rechaza que SCJN estudie caso de Mario Aburto contra su sentencia

La defensa puede intentar que algún ministro del tribunal haga suya la petición de atracción

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no estudiará por el momento el amparo que interpuso el magnicida Mario Aburto, sentenciado a 45 años de prisión por el asesinato del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio, porque un Tribunal Colegiado determinó que no compete al Alto Tribunal analizar el caso, por no existir cuestiones de constitucionalidad. 

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en el Estado de México señaló que este órgano colegiado será el que resuelva el amparo donde el homicida asegura que fue torturado para declararse culpable del crimen. 

“Este Tribunal Colegiado es legalmente competente para conocer y resolver el amparo directo que se atiende, asimismo, que del estudio preliminar del asunto que se atiende, no se aprecia que se hayan impugnado normas generales por estimarlas inconstitucionales, ni se realizó la interpretación directa de un precepto constitucional”, puntualizó. 

La defensa de Mario Aburto aún puede intentar que algún ministro de la Corte haga suya la petición de atracción para resolver el caso, debido a la trascendencia del asunto. 

En caso de no ocurrir y si los magistrados ratifican la sentencia, Aburto solo tendrá una oportunidad para impugnarla, a través de un amparo directo en revisión, mismo que tendrá que llegar a la Corte. 

Los defensores públicos de Mario Aburto, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguran que el magnicida y su familia fueron torturados para que se declarara culpable. 

Mario Aburto está interno en el Centro Federal de Readaptación Social 12 de Guanajuato por el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía, y por portación de arma de fuego sin licencia. 

El 26 de octubre pasado, la CNDH emitió la Recomendación 48VG/2021 a la Fiscalía General de la República (FGR) y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, por haberse acreditado actos de tortura. 

El organismo integró documentos, peritajes y testimonios obviados o eliminados de la investigación oficial como el testimonio de Aburto y partes de una entrevista hecha a él por personal de la CNDH, el 12 de abril de 1994. 

La CNDH señaló que se desacreditaron o minimizaron testimonios de testigos de la tortura de Aburto, incluso de quienes participaron en ella y así lo declararon a las autoridades y se sesgó la información contenida en los diversos exámenes médicos que se le practicaron entre el momento de su detención en la Delegación de la PGR en Tijuana, Baja California, y su ingreso al entonces penal de máxima seguridad de Almoloya de Juárez (hoy Altiplano), en el Estado de México. 

Luis Donaldo Colosio fue asesinado el 23 de marzo de 1994, en la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana, al término de un mitin, cuando se dirigía a su camioneta. 

Mario Aburto, quien ese entonces tenía 22 años de edad, fue detenido por la gente que rodeaba al político originario de Magdalena de Kino, Sonora. En 1995, Aburto fue sentenciado a 50 años de prisión. Sin embargo, apeló y 2004 se fijó una sentencia de 45 años de cárcel. 

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Jueza desecha demanda de amparo de Mario Aburto contra FGR

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Una jueza federal desechó la demanda de amparo que Mario Aburto Martínez, asesino confeso del excandidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta, tramitó para evitar que la Fiscalía General de la República (FGR) congele la investigación por presunta tortura en su contra.

Paloma Xiomara González, titular del juzgado Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, acordó ayer dejar sin efecto la demanda de garantías del michoacano, determinación que se hizo publica este miércoles en la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

“Fecha resolución inicial 09/04/2024. Sentido resolución inicial Desechamiento”, resolvió la jueza.

En marzo pasado, Aburto Martínez, preso en un penal federal de Guanajuato, buscó la protección de la justicia federal contra la decisión de la Fiscal Especial del Delito de Tortura de la Fiscalía General de la República de no ejercer acción contra exservidores públicos que supuestamente lo torturaron después de ser detenido el 23 de marzo de 1994.

Reclamó a la jueza “la consulta de determinación del no ejercicio de la acción penal” en el caso de presunta tortura en su contra.

En febrero pasado, la Fiscalía General de la República resolvió en definitiva no iniciar procedimiento penal contra exfuncionarios señalados por supuestos actos de tortura contra Mario Aburto Martínez, después de ser detenido y encarcelado por el asesinato de Colosio Murrieta.

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A 30 Años del asesinato de Luis Donaldo Colosio

Recordamos el trágico suceso y su impacto en la sociedad mexicana.

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Hace exactamente 30 años, México fue testigo de uno de los eventos más trágicos y conmocionantes de su historia reciente: el asesinato de Luis Donaldo Colosio. El 23 de marzo de 1994, durante un mitin de campaña en Lomas Taurinas, en la ciudad de Tijuana, el candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) a la presidencia de México fue asesinado a tiros, dejando una profunda cicatriz en el tejido político y social del país.

El impacto de este acto resonó más allá de las fronteras de México, sacudiendo los cimientos de la política nacional y generando un profundo sentimiento de indignación y tristeza en la población. Colosio, un político carismático y prometedor, se había destacado por su discurso de cambio y renovación dentro del PRI, lo que lo convirtió en una figura esperanzadora para muchos mexicanos.

Sin embargo, su vida fue truncada de manera violenta, dejando a su familia, amigos y seguidores sumidos en el dolor y la incertidumbre. A lo largo de estos 30 años, el asesinato de Colosio ha sido objeto de múltiples investigaciones, teorías y especulaciones, pero las preguntas sobre los motivos y los responsables aún persisten, sin una respuesta definitiva.

El legado de Luis Donaldo Colosio perdura en la memoria colectiva de México, recordándonos la fragilidad de la democracia y la importancia de la lucha por la justicia y la verdad.

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SCJN ratifica desaparición del FIDECINE como inconstitucional

Gobierno Federal no puede dar menos apoyo al cine nacional

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Esta tarde, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un nuevo respaldo a la comunidad cinematográfica mexicana, al determinar que la desaparición del FIDECINE en 2020, ordenada desde el Ejecutivo, fue inconstitucional.

La decisión se dio en el seno de la Primera Sala del máximo tribunal mexicano, en donde, además y por unanimidad de los cinco ministros, se votó porque el gobierno federal no puede dar menos protección y apoyo a lo que se había alcanzado hasta ese año para el cine nacional.

El FIDECINE es un fideicoimiso que por dos décadas apoyó la producción de 230 largometrajes, 159 de ellos de directores debutantes, como “No se aceptan devoluciones”, “Una película de huevos” y “Kilómetro 31”, las cuales hasta hace cuatro años habían devuelto a las arcas federales 83 millones de pesos, contra los 24 millones recibidos para ser hechas.

Esta nueva sentencia se suma a la del año pasado, cuando la Segunda sala también determinó que era inconstitucional la desaparición del FIDECINE.

Eduardo de la Parra, abogado de los cineastas, se mostró satisfecho por el fallo.

“Esta sentencia, a diferencia de la de la Segunda Sala, entra a fondo a la prohibición de regresividad, de que el nivel de protección ya alcanzado en los derechos culturales no puede ser destruido o disminuido por nuevas leyes, que es lo que hace mas relevante este asunto y por la votación se convierte en jurisprudencia”, señala el jurista.

La jurisprudencia significa que, en casos similares, la sentencia tendría la misma consideración.

En un comunicado oficial, el Alto Tribunal informa que deliberó que en la eliminación del Fidecine existe un menoscabo injustificado en los derechos a la participación cultural, abundando que las razones dadas por el legislativo para acabar con el fideicomiso y otros más, son vagas y carecen de fundamento.

En su momento se aseguró que la extinción de más de 100 fideicomisos fue para que con esos recursos se afrontara la crisis sanitaria derivada por el Covid-19, así como por una opacidad en el uso de recursos.

“No se demostró que existiera un mal manejo de los recursos que integran al FIDECINE, ni que faltara a sus obligaciones de transparencia o contabilidad”, se lee en el documento de la SCJN.

Desde 2021 la figura gubernamental en dar apoyos es el Focine el cual, a diferencia del Fidecine, no se encuentra en la ley.

En agosto pasado, la Segunda Sala ordenó al Congreso a restituir los apoyos en la ley dando como plazo diciembre, cosa que no ocurrió.

Actualmente el asunto se encuentra en la Cámara de Senadores, que pidió una extensión del plazo para discutir el tema y de ahí pasar a la Cámara Baja.

“(Ahora es) Esperar a ver los efectos de la sentencia, porque pueden ser similares o diferentes a los de la Segunda Sala”, comentó De la Parra.

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Ministro de la Corte se declara impedido para conocer caso Mario Aburto

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se declaró impedido para conocer la impugnación que presentó la Fiscalía General de la República (FGR) con la cual busca evitar que Mario Aburto Martínez, asesino del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio, recupere su libertad en marzo de este año.

En listas judiciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se dio a conocer hoy que el ministro hizo llegar su impedimento a la Primera Sala, la cual tiene pendiente resolver el recurso de revisión interpuesto por la fiscalía.

La Sala ya admitió a trámite el impedimento del ministro y éste fue turnado para su estudio a la ministra Loretta Ortiz Ahlf, para que presente un proyecto a la Primera Sala, es decir, para que se vote si está o no impedido Pardo Rebolledo.

Antes de ser designado ministro de la Corte, en 2011, Pardo Rebolledo como juez federal, en 1996, declaró inocente a Othón Cortés, quien fue señalado por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) de ser el segundo tirador en el homicidio de Luis Donaldo Colosio.

Othón Cortés se desempeñaba como chofer del candidato priista en Tijuana, Baja California, el 23 de marzo de 1994. La PGR lo aprehendió un año después y en 1996 recuperó su libertad tras demostrarse su inocencia.

En 2019, Othón Cortés anunció que llevaría su caso a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que el Estado Mexicano lo compensará, pero falleció en abril de 2020.

En diciembre de 2023, la Corte admitió a trámite el recurso de la FGR con el cual impugna el amparo otorgado a Mario Aburto Martínez y que abrió la puerta para que recupere su libertad en marzo próximo.

La presidenta de la Corte, Norma Piña Hernández, turnó el expediente Jorge Mario Pardo Rebolledo para su estudio.

El amparo concedido por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito permitiría al magnicida recobrar su libertad cuando cumpla 30 años preso, es decir el 23 marzo de 2024, o incluso antes.

El Ministerio Público Federal solicitó a la Corte revisar el caso porque, dijo que, el crimen cometido contra el político es un delito del orden federal y no local.

Asimismo, que el tribunal no analizó correctamente la jurisdicción federal porque no se trató de un homicidio del fuero común local, sino que, de conformidad con el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, correspondía, por su magnitud y consecuencias, a las autoridades federales conocer de ese delito.

De igual manera, que el Tribunal Colegiado introdujo de manera unilateral un tema que no estaba en la petición original del amparo de Mario Aburto, “ignorando la magnitud y las consecuencias de un hecho delictivo que afectó gravemente a la democracia de México, al proceso electoral para la Presidencia de la República, así como al avance en materia de participación ciudadana, que quedaron gravemente lastimados en todo el país”.

La FGR puntualizó que, además, el Tribunal Colegiado omitió dar vista y escuchar a las víctimas directas e indirectas de este delito, dejando en estado de indefensión al Estado mismo, a sus instituciones, y a las personas individuales afectadas, lo cual debe ser restituido.

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Libertad de Mario Aburto, asesino confeso de Colosio, está en manos de la SCJN

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La libertad de Mario Aburto Martínez, asesino confeso del excandidato presidencial del PRI, Luis Donaldo Colosio Murrieta está manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que aún no se pronuncia sobre la impugnación de la FGR contra el amparo otorgado al michoacano en octubre de 2023.

Y es que, en diciembre de 2023, el máximo tribunal del país admitió a trámite el recurso de revisión que la Fiscalía General de la República (FGR), a cargo de Alejandro Gertz Manero, tramitó para echar abajo la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación que dejó sin efecto la sentencia de 45 años dictada en 1994 contra Aburto Martínez por el delito de homicidio calificado.

La presidenta de la SCJN, Norma Lucía Piña Hernández turnó la impugnación de la FGR al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien deberá presentar a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación un proyecto de sentencia para su análisis y votación.

De acuerdo con los registros de la SCJN, el amparo directo en revisión con número de expediente 6917/2023 sigue en estudio y en espera del proyecto de sentencia del ministro Pardo Rebolledo.

De esta manera el futuro procesal de Aburto Martínez está en manos de los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo, Ana Margarita Ríos Farjat, Loretta Ortiz Ahlf, Juan Luis González Alcántara Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quienes conforman la Primera Sala de la Suprema Corte.

El Primer Tribunal Colegiado de Apelación dejó sin efecto la condena de 45 años contra Mario Aburto Martínez, y ordenó dictar una nueva conforme a lo que establecía el Código Penal de Baja California, en la época en la que ocurrió el magnicidio en Lomas Taurinas, Tijuana.

Al momento de los hechos, registrados el 23 de marzo de 1994, el delito de homicidio doloso se castigaba en Baja California con una pena de 15 a 30 años de prisión, por lo que la nueva sentencia contra Aburto Martínez no deberá exceder los 30 años, y se daría por cumplida para finales de marzo de 2024.

De acuerdo con la sentencia emitida por el Primer Tribunal Colegiado de Apelación, el delito de homicidio calificado, que se le imputa Mario Aburto, fue “juzgado conforme a las disposiciones del Código Penal Federal, lo cual, de manera respetuosa, no es compartido por este tribunal colegiado, en virtud de que tanto el juez de la causa como la autoridad responsable debieron observar la competencia excepcional de conexidad y no federalizar el ilícito de homicidio calificado, sino juzgarlo conforme a las disposiciones del Código Penal del Estado de Baja California, pues ese ilícito corresponde al fuero estatal”.

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