El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de Nuevo León designar a un gobernador interino para reemplazar temporalmente a Samuel García desde el 2 de diciembre de 2023 al 2 de junio de 2024.
En sesión de la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine Otálora, se revocó la designación de José Arturo Salinas, presidente del Tribunal Superior de Justicia de la entidad, como gobernador interino, por considerar que su nombramiento por parte del Congreso local vulneraba la división de poderes al reunir en una misma persona la titularidad de dos poderes, pese a habérsele concedido una licencia.
Sin embargo, la sentencia sí reconoció la facultad del Congreso local de hacer la designación del mandatario interino. Por lo tanto, la sentencia ordena al Congreso realizar el nombramiento de la gubernatura interina, conforme a lo establecido en los artículos 118 y 122 de la Constitución local y destaca que “deberá generar los consensos necesarios” para ello.
Además, confirmó que el magistrado Salinas Garza es una persona impedida para ocupar el cargo de gobernador interino “porque la Constitución del estado establece una prohibición expresa para que el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia del estado desempeñe otro cargo o comisión en el gobierno de la entidad, la cual no es superable mediante la concesión de una licencia”.
La sentencia atendió un juicio para la protección de los derechos político-electorales promovido por el gobernador Samuel García, quien a partir del 2 de diciembre gozará de licencia de seis meses para contender por la Presidencia de la República por parte de Movimiento Ciudadano.
El proyecto de la magistrada Otálora reconoció que el asunto es una cuestión de índole electoral, como ya lo había definido la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por lo que el TEPJF es la autoridad competente para resolverlo.
Luego de una larga discusión respecto de si era necesario mandatar al Congreso local que tomara en cuenta las propuestas de perfiles para ocupar el cargo que hicieran las fracciones parlamentarias, la sentencia fue dictada por unanimidad de los cinco magistrados y magistradas.
Debido a los alegatos manifestados por la magistrada Mónica Soto, no se incluyó en los efectos de la sentencia la propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón para sugerir al Congreso estatal que tomara en cuenta las propuestas de nombramientos que pudieran formular los diversos partidos políticos.
La magistrada Soto Fregoso insistió hasta el final que hacer esa sugerencia podrían considerarse una intromisión a la vida interna del Poder Legislativo local, pues argumentó que tomar en cuenta las propuestas de las fracciones parlamentarias y designar por consenso a un gobernador interino “es un debate y ejercicio inherente” a ese poder público.
El tema generó una confrontación con el magistrado presidente, quien interpretó que la argumentación de Soto Fregoso era que la designación del gobernador interino se trataba de un asunto meramente parlamentario.
En respuesta, la magistrada Soto alzó la voz y le pidió que “no ponga palabras en mi boca”, pues dijo que esa no fue su interpretación.
“Tal vez no escuchó bien. No dije que era un asunto estrictamente parlamentario, me parece que lo que usted propone hacer, eso es lo que yo creo que va más allá y que eso sí es un tema de vida interna… No estamos para estarles dictando aun órgano legislativo, que justamente elabora leyes, reglamentos internos y para su estado, decirles cómo queremos que lo haga. Entiendo que su preocupación es que no tomen en cuenta a MC para las propuestas, pero yo no veo ni en la litis, ni en la denuncia ni en la propuesta de la magistrada que alguien esté prohibiendo que algún partido político no pueda proponer”, expuso.
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