Corte ordena al Senado nombrar a dos de los tres comisionados del INAI
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Senado que nombre a dos de los tres comisionados faltantes del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y mientras esto sucede, el organismo podrá sesionar con menos de cinco integrantes.
Con ocho votos a favor y dos en contra, el Pleno avaló el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien señaló que el Senado de la República incurrió en una omisión por no realizar el nombramiento de los nuevos comisionados tras las vacantes que dejaron Rosendoevgueni Monterrey Chepov y Francisco Javier Acuña Llamas.
La sentencia ordena al Senado que durante el actual periodo de sesiones lleve a cabo la designación de dos comisionados. En el caso del tercer comisionado faltante, se debe esperar porque existe un juicio de amparo promovido por Ana Yadira Alarcón Márquez, quien fue designada comisionada por los senadores, tras la vacante que dejó Oscar Mauricio Guerra Ford. Sin embargo, su nombramiento fue objetado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
“…existe una facultad de ejercicio obligatorio a su cargo (del Senado) para nombrar a las y los comisionados del INAI y aunque no se prevea un plazo para su ejercicio, se ha excedido lo que se considera un plazo razonable”, expresó el ministro Alcántara Carrancá, quien elaboró un nuevo proyecto, luego de que el pasado 13 de julio se ordenó el returno, tras desechar la propuesta de la ministra Loretta Ortiz Ahfl.
Alcántara señaló que, en cuanto a las vacantes generadas en 2022, derivadas por la conclusión del encargo de los comisionados Monterrey Chepov y Guerra Ford transcurrieron 342 días.
“…dicho plazo por sí solo excede cualquier plazo razonable, por un lado, supera el plazo de referencia de los 60 días que se otorgan de forma improrrogable el Senado para cubrir las vacantes del INAI en los supuestos de que ésta se genere por una razón distinta a la conclusión del período de un comisionado o de una comisionada”, apuntó.
El ministro resaltó que aquí no existe un factor externo como lo fue la pandemia por covid-19 y la paralización de las labores de la autoridad.
Asimismo, recordó que el 1 de marzo de 2023, el pleno del Senado aprobó la designación propuesta de Rafael Luna Alviso en el lugar del comisionado Monterrey Chepov y de Ana Yadira Alarcón en el lugar del comisionado Guerra Ford. No obstante, el 15 de marzo de este año el titular del Ejecutivo Federal objetó los nombramientos.
“…aquí se parte de reconocer que la omisión del Senado ha tenido como consecuencia que el pleno del INAI haya pasado a integrarse por cuatro personas comisionadas en lugar de siete, esto representa por un lado, una violación directa al artículo sexto fracción octava de la Constitución…su órgano plenario se encuentra completamente inhabilitado en cuanto a su autonomía, desde presupuesto y de organización interna, prevista constitucionalmente también por lo que se refiere a su carácter autónomo y a su carácter especializado y más importante aún a su responsabilidad de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales”.
La mayoría de los ministros coincidieron que la falta de integración atenta contra los derechos fundamentales de las personas. En julio de este año, la Corte determinó que el Senado incurrió en omisión para nombrar a los comisionados, empero se ordenó elaborar un nuevo proyecto con el criterio de la mayoría, el cual se opuso a la propuesta de Loretta Ortiz de declarar infundada la controversia constitucional del INAI.
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