Jesús Murillo Karam sale del hospital para enfrentar proceso en casa
Jesús Murillo Karam, ex titular de la Procuraduría General de la República (PGR), salió del hospital para enfrentar sus procesos en prisión domiciliaria.
El 4 de abril, un Tribunal Federal otorgó una suspensión provisional al ex procurador general de la República, con lo que se modificó la medida cautelar.
Ayer, el juez de control Juan José Hernández Leyva, del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, concedió el cambio de medida cautelar a prisión domiciliaria.
Se otorgó un plazo de 24 horas para que el ex funcionario entregara su pasaporte y visa, además, le fue prohibido acercarse a algún aeropuerto.
Con vigilancia y sin brazalete electrónico: así será la prisión domiciliaria de Murillo Karam
Murillo Karam deberá estar bajo vigilancia permanente de la Guardia Nacional y de la Fiscalía General de la República (FGR); no podrá tener contacto con gente relacionadas al caso y tendrá un registro de las personas que lo visiten.
Se consideró que la portación de un brazalete electrónico, así como la confiscación de sus bienes, sería una medida de resguardo improcedente.
Tribunal cambió medida cautelar contra ex titular de la PGR
En los últimos meses, el ex funcionario ha estado en la Torre Médica del penal de Tepepan, en Xochimilco, pero ha sido trasladado a hospitales cuando se agrava su salud y después vuelve a la Torre Médica.
El 4 de abril, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito resolvió el recurso de revisión incidental 28/2024, interpuesto por el ex funcionario en el proceso que se le sigue por su presunta responsabilidad en la tortura de la que supuestamente fue víctima Felipe Rodríguez Salgado, El Cepillo.
Cabe recordar que Rodríguez Salgado fue señalado por la entonces PGR como sicario de 'Guerreros Unidos', a quien se responsabilizó de la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa.
En noviembre de 2023, José Rivas González, Juez de Control del Centro de Justicia Penal Federal en el reclusorio Norte, también modificó la medida cautelar impuesta al ex funcionario, en el primer proceso que enfrenta por los presuntos delitos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia, derivados del caso Ayotzinapa.
La mayoría de los integrantes del Primer Tribunal Colegiado coincidieron que el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece una excepción para que la aplicación de la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas de protección que procedan, en aquellos supuestos en que el imputado sea mayor de 70 años o que padezca una enfermedad grave.
Los magistrados señalaron que Murillo Karam padece una enfermedad grave y tiene más de 75 años.
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