Quitan a Morena posibilidad de armar mayorías artificiales

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación avaló los criterios emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la distribución de diputaciones por el principio de representación proporcional (plurinominales), con lo que se evitan “mayorías artificiales” en la Cámara de Diputados.

Después de haber permanecido “en análisis” por dos semanas, el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera fue sometido ayer a análisis y votación, para determinar si el INE actuó bien al determinar el mecanismo para la aplicación de la fórmula de asignación de las curules plurinominales en la Cámara de Diputados, con lo cual se determina lo que corresponde a cada partido político nacional con base en los resultados que cada uno obtenga en el proceso electoral.

Se trata de aplicar la afiliación efectiva entre todos los aspirantes que compitan por un lugar en San Lázaro, con la finalidad de que nadie sobrepase el 8% que marca la Constitución y que no exista sobrerrepresentación.

De acuerdo con la sentencia, el diseño normativo constitucional establece que en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios que representen un porcentaje del total de la Cámara que exceda ocho puntos a su porcentaje de la votación nacional emitida.

Fueron Morena, el Partido Encuentro Solidario (PES) y el PAN los que impugnaron la resolución del INE, alegando que el órgano administrativo electoral se excedió en sus facultades. La Sala Superior consideró que con ello se evitan prácticas que pretenden evadir los límites constitucionales de sobrerrepresentación.

Tras la elección del 6 de junio próximo, la Cámara de Diputados deberá informar a la Sala Superior del Tribunal Electoral y al INE si es que en la configuración de las fracciones parlamentarias se respetaron los límites de sobrerrepresentación.

Se busca que quienes sean postulados por un partido acrediten su militancia al instituto político correspondiente y que no exista el “préstamo” de candidaturas de un partido mayoritario a uno minoritario.

La Sala Superior estimó que la determinación del INE no vulnera los derechos político-electorales de los candidatos, además de que el acuerdo no fue emitido de manera extemporánea.

Tampoco modifica ni transgrede alguna situación que afecte a las coaliciones o los partidos, pues sólo busca salvaguardar la pluralidad legislativa y no supeditarla a acuerdos previos por parte de los institutos políticos.

El magistrado Felipe de la Mata señaló que se trata de garantizar una mejor representatividad en el Congreso. “Se trata”, defendió el togado, “de un precedente republicano e histórico para una adecuada representación”. Subrayó que el INE no vulneró la Constitución.

Por su parte, la magistrada Mónica Soto destacó que se busca evitar las distorsiones de facto. El INE, agregó, no rebasó su ámbito de competencia ni tampoco pretendió invadir funciones.

Se trata, mencionó el magistrado Reyes Rodríguez, de salvaguardar la representatividad y generar legalidad para afianzar la democracia constitucional.

Janine Otálora apuntó que con esta decisión se evita que los intereses de las minorías se confundan con los de las mayorías.

El magistrado Indalfer Infante destacó que se pretende evitar que los partidos coaligados estén sobrerrepresentados de mane-ra artificial.

“Se busca evitar la distorsión de la fórmula de la distribución de asientos”, aseveró.

El magistrado presidente, José Luis Vargas, puntualizó que el INE no se extralimitó y no vulneró principios de ley, y que tampoco se subordinó.





TEPJF confirma triunfo definitivo de Pablo Lemus como gobernador de Jalisco

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

El Tribunal Electoral confirmó el triunfo definitivo de Pablo Lemus como gobernador de Jalisco, al declarar como insuficientes, inoperantes, genéricas y sin pruebas irrefutables, los alegatos de Morena y de su candidata Claudia Delgadillo, con los que buscaba anular la elección.

Por unanimidad de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Morena no pudo acreditar ninguna de las irregularidades que acusó: ni intervención de funcionarios del gobierno de Jalisco de Movimiento Ciudadano, ni violencia política de género o estereotipos que afectaran la campaña de Claudia Delgadillo, ni falta de imparcialidad de las autoridades electorales.

Por lo que confirmaron la validez de la elección de la gubernatura de Jalisco, los cómputos distritales que dieron mayor votación a Movimiento Ciudadano y la constancia de mayoría de Pablo Lemus como gobernador electo, tal como lo habían determinado las autoridades locales.

Aunque el proyecto original del magistrado Felipe Fuentes que hizo público la semana pasada, proponía desechar la demanda de Claudia Delgadillo por considerar que no tenía interés jurídico porque no impugnó en las instancias previas y ahora se limitaba a sumarse al juicio de Morena, el ponente hizo una adecuación a petición de sus pares y también se consideró la queja de la excandidata con un análisis integral.

Fuentes Barrera informó que apenas este martes por la noche, previo a la sesión de este miércoles, se presentó una ampliación de demanda con nuevos elementos, pero se determinó “que no se dan los supuestos para su procedencia”, por lo que fue desechada y se mantuvieron sólo los alegatos iniciales.

El magistrado explicó que ninguno de los alegatos de Morena fue suficientes para vulnerar “la presunción de la voluntad ciudadana, pues ésta debe ser derrotada de manera contundente, clara, suficiente y sin ambigüedades, sin dejar lugar a dudas sobre la ocurrencia de irregularidades y su incidencia grave”.

Sin pruebas, intervención de funcionarios de MC

Morena acusó que hubo intervención de funcionarios del gobierno de Jalisco de Movimiento Ciudadano en la jornada electoral y en el conteo de votos como parte de los consejos distritales, sin embargo, no presentó ninguna prueba para demostrarlo.

El partido se limitó a presentar una lista de nombres de funcionarios que aseguraban que intervinieron como enviados del gobierno y parte de las autoridades electorales, al mismo tiempo pero no mostró ninguna prueba que acreditara esta intervención. Incluso, se señaló que Morena pretendían que fuera la autoridad la que probara sus acusaciones, en lugar de asumir la carga probatoria.

“Esta Sala Superior comparte la conclusión a la que arribó la responsable (Tribunal Electoral estatal), pues contrario a lo sostenido por Morena, las pruebas aportadas no eran suficientes para acreditar el uso faccioso de funcionarios públicos en favor de Movimiento Ciudadano, ya que para ello era necesario demostrar, en primer lugar, que esas personas pertenecían al servicio público, además, que su actuar fue deficiente o irregular y que lo alegado se presentó de forma generalizada, por lo que los resultados obtenidos en los distritos donde actuaron carecen de certeza.

“El partido actor se limitó a enunciar que estas personas ocuparon una consejería y que además tenían un cargo en una dependencia de gobierno, sin proporcionar algún medio probatorio que demostrara esta condición”.

Violencia de género, inexistente

Claudia Delgadillo y Morena acusaron que hubo violencia de género y estereotipos sistemáticos en las declaraciones de Pablo Lemus como candidato de Movimiento Ciudadano y en la cobertura de los medios de comunicación, sin embargo, ni las autoridades electorales ni en el monitoreo de medios externos se pudo probar esta acusación.

La primera queja era por la expresión de Pablo Lemus en el debate, en el que acusó a la candidata de Morena de tener “una relación íntima con Peña Nieto)” el expresidente priista.

El magistrado Felipe Fuentes explicó que las declaraciones del candidato de Movimiento Ciudadano se referían a “cuestionamientos sobre su formación política y por haber formado parte de un partido distinto al que la postuló” y no por su condición de mujer.

Además, de que las jurisprudencias sobre violencia de género, han determinado que la frase “relación íntima” en algunos casos “no está limitada a aspectos de la vida propia, sino que se refiere a una vinculación estrecha con otras personas, por lo que no tiene un significado exclusivamente sexual, puesto que esta vinculación puede ser de otro tipo”.

Agregó que el Tecnológico de Monterrey ya hizo un análisis de monitoreo de medios de radio y televisión, en el que no se consideró algún elemento de género o significativo en contra de la candidata de Morena.

Sin actuar indebido de autoridades electorales

La Sala Superior también descartó que las autoridades electorales de Jalisco hayan tenido un actuar parcial para afectar a Morena y a su candidata, como el partido acusó.

Descartaron ilícitos en el supuesto traslado de boletas en bolsas e basura, irregularidades o mala fe en el conteo de votos o conductas tendentes a afectar a Morena.

El proyecto reconoció que sí hubo un error en el primer cálculo de diferencia entre el primer y segundo lugar, pero se trató de una falla técnica y no de una intención de afectar a alguna candidatura.

“Cálculo de diferencia sí fue incorrecto porque debió tomar en cuenta la votación total sin excluir los nulos y los emitidos por personas no registradas, pero por sí sólo no es un hecho que pueda afectar la validez de las elecciones ni mucho menos demostrar una supuesta falta de imparcialidad, es un error técnico que no alcanza la gravedad para anular la elección”.

Sobre la cadena de custodia, se acreditó que se metieron algunas boletas en bolsas de basura, pero ésta y otras irregularidades como que 22 paquetes fueron computados en cero, se probó en sólo tres distritos cuando el número total fue de 10 mil 863 casillas, por lo que se trata de una incidencia sin impacto contundente.

Por lo que se concluyó que “la evidencia no suficiente para sostener que la cadena de custodia fue vulnerada de manera generalizada.

“Ninguna conducta es apta y suficiente para demostrar que las autoridades electorales hayan tenido como finalidad beneficiar a alguna candidatura en particular”.

La Sala Superior respaldó sin ninguna observación el proyecto, por lo que el triunfo de Pablo Lemus como gobernador de Jalisco quedó firme sin ninguna otra posibilidad de impugnación.

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INE da banderazo a elección del Poder Judicial

Guadalupe Taddei afirmó que este proceso electoral inédito se realizará de forma transparente

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El Instituto Nacional Electoral (INE) llevó a cabo la ceremonia cívica con la que dio inicio al Proceso Electoral del Poder Judicial para elegir a jueces, ministros y magistrados.

La ceremonia, encabezada por la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei, tuvo la presencia de 10 consejerías, con la ausencia de Uuc-kib Espadas, e invitados especiales.

Taddei ofrece transparencia

Al tomar la palabra, Guadalupe Taddei afirmó que este proceso electoral inédito se realizará de forma transparente y con reglas claras para todos los participantes.

"Ya iniciamos y estamos listos para la organización de este proceso extraordinario, que no quede dudas trabajaremos con el mismo profesionalismo que nos ha dado reconocimiento nacional e internacional, y lo más importante, que nos ha servido para ganarnos la confianza de todos y todas los mexicanos", sostuvo.

Afirmó que los mecanismos de vigilancia y control del Instituto garantizarán la integridad del proceso electoral, el cual calificó como un paso trascendental en nuestra historia democrática.

"Celebramos la oportunidad de fortalecer el estado de derecho a través de un proceso electoral transparente y legítimo. Les aseguro que las reglas serán claras y equitativas para todos los participantes", aseveró.

Trabajadores inconformes

Los trabajadores del Poder Judicial se manifestaron en las Instalaciones del INE mientras se realizaba la ceremonia cívica que encabezó Taddei para dar inicio al proceso electoral para elegir a jueces, ministros y magistrados.

“INE de orgullo nacional a palero presidencial”, señalaron los manifestantes, y comentaron que el proceso electoral es un retroceso nacional y “solo es una simulación la elección de jueces y magistrados”.

“Venezuela destituyó a sus jueces y así empezó la dictadura”, mostraron en una de sus pancartas.

“¡Por una justicia imparcial, no a la reforma judicial!” y “¡Justicia por elección es simulación!”, consignaron.

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Consejo general del INE sesionará por primera vez sin representantes partidistas

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Por primera vez desde su creación en 1990, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) sesionará el lunes 23 de septiembre sin la participación de representantes de partidos políticos para organizar la elección de jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte a realizarse en junio de 2025.

La reforma del Poder Judicial aprobada en el Congreso de la Unión establece que para mantener la neutralidad en la organización de las elecciones judiciales, el INE debe preparar dichas elecciones sin la participación de militantes de partidos políticos y en coordinación con el Poder Legislativo.

¿Qué establece la reforma judicial? 

La reforma establece que: “en los casos de sesiones extraordinarias urgentes que se celebren para tratar asuntos relacionados con los procesos para renovar cargos del Poder Judicial, el Consejo General se integrará únicamente por una consejera o consejero presidente, 10 consejeros y consejeras electorales, con derecho de voz y voto, y una secretaria o secretario ejecutivo, con derecho de voz”.

Para cumplir este mandato, el Consejo General sesionó de manera extraordinaria el jueves 19 de septiembre para aprobar, en menos de 10 minutos, los cambios necesarios que le permitan iniciar el lunes los trabajos de organización y coordinación para que se lleve a cabo la primera elección de jueces, magistrados y ministros en la historia de México.

Este 23 de septiembre, a las 8:45 horas, se instalará el Consejo General del INE y se emitirá la declaratoria del inicio del Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025, se instruirá la elaboración del plan integral de trabajo, un calendario del proceso electoral y las actividades necesarias para la modificación del presupuesto para el ejercicio 2025.

¿Qué pasará durante la sesión del lunes? 

Además, en la sesión del lunes se sellará un acuerdo para la creación de la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025, con lo que se dará inicio de manera formal el proceso de organización electoral judicial.

En un hecho inédito, la sesión del Consejo General se realizará sin la participación de representantes de los partidos políticos. Cabe mencionar que, al momento de su fundación, en 1990, el máximo órgano de dirección del entonces Instituto Federal Electoral (IFE) contaba con una composición muy distinta a la actual.

En ese entonces, el presidente del Consejo General era el secretario de Gobernación y participaban seis consejeros electorales que debían garantizar total independencia partidista, pero que eran propuestos directamente por el entonces presidente de México, Carlos Salinas de Gortari.

¿Qué pasará en la sesión del lunes? 

Además, el máximo órgano de IFE contaba con la participación de un director y secretario general, dos diputados y dos senadores que representaban a los dos grupos parlamentarios más numerosos de cada cámara y un representante partidista de cada partido político.

Hasta la reforma de 1994 se integró la figura de los consejeros ciudadanos y se establece la salida del secretario de Gobernación en el Consejo General, por lo que la integración de este órgano quedó conformada por el consejero presidente y ocho consejeros electorales, con derecho a voz y voto.

Además, se instruyó la integración con derecho de voz de un secretario general, consejeros del Poder Legislativo y representantes de cada partido político con registro.

Dicha conformación se mantuvo así durante 20 años, hasta que en 2014 se determinó que el Consejo General pasara de tener nueve a 11 consejeros electorales, los cuales serían elegidos por la Cámara de Diputados, y los demás representantes de los partidos políticos mantendrían su derecho de voz en el consejo.

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INE alista elecciones locales en Durango y Veracruz para 2025

Prevé ajustes por elección del Poder Judicial

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El Instituto Nacional Electoral (INE) comenzó con la planeación de las elecciones locales en Durango y Veracruz de 2025 y, a petición de Morena, señaló que hará los ajustes correspondientes ante la concurrencia con la elección del Poder Judicial.

La Comisión Temporal para el seguimiento de los Procesos Electorales Locales 2024-2025 aprobó los primeros acuerdos relacionados con esta elección, donde se elegirán 39 municipios en Durango y 212 en Veracruz que deberán ser avalados ante el Consejo General del INE.

Al respecto, el representante de Morena, Jaime Castañeda, pidió agregar a los acuerdos un punto adicional que prevea las modificaciones que deberán realizarse con base a la reforma al Poder Judicial, ya que esta plantea que los partidos políticos no pueden participar en la discusión, y choca con la organización del proceso electoral local.

“Esa restricción tiene un problema cuando existe concurrencia, como es el caso de esta comisión y este proceso. Quisiera hacer una reflexión para que quedara abierta la posibilidad en el programa de trabajo, sin violar la reserva constitucional de diferenciar los procesos donde las representaciones podemos participar y no podemos participar”, apuntó.

“En Veracruz y en Durango vamos a tener concurrencia de esa elección con esta (del Poder Judicial). Por ejemplo, la integración de la mesa directiva de casilla, pues esta configuración es para la elección normal. Pregunta: ¿esta será para la otra elección?”, cuestionó.

Sobre los materiales electorales, Castañeda añadió que “si va a haber capacitación, insaculación y una integración con estrategia de capacitación, pues todos estos documentos podrían tener una doble impresión. Entonces, de aquí a la aprobación de esto, debería haber una revisión”.

Como parte de los acuerdos, la comisión determinó “agregar las precisiones que correspondan al programa de trabajo y respetar la instrumentación del proceso electoral para el Poder Judicial concurrente con las entidades de Durango y Veracruz”.

La presidenta de la comisión, Norma de la Cruz, señaló que una vez que tengan los detalles de cómo será el proceso electivo del Poder Judicial, podrán realizar los ajustes necesarios.

La comisión aprobó el Plan de trabajo que contempla los objetivos generales y específicos de la comisión y el calendario de actividades mensual.

También avaló las convocatorias para que la ciudadanía participe como observadora electoral, en las que se establecen los requisitos, plazos e información general para la recepción de solicitudes, así como la posibilidad de observar el voto anticipado y prisión preventiva.

Otro acuerdo aprobado fueron los modelos de materiales didácticos y de apoyo para la integración de mesas directivas de casilla y la capacitación electoral, así como el modelo de guía para las y los observadores electorales, que incluyen la información básica para los ciudadanos sorteados; modelo de guía para observadores electorales; carta de notificación a la ciudadanía sorteada; la hoja de datos para la capacitación a funcionarios de casilla; nombramientos para funcionarios de casilla.

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TEPJF batea impugnaciones contra resultados del Congreso

El Tribunal señaló que la impugnación presentada por el PRI no es procedente

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el triunfo de las candidatura ganadoras para diputados y senadores de mayoría relativa.

Por unanimidad, en unos casos se consideró que las impugnaciones eran improcedentes y en otros fueron desechadas.

En algunos casos sí hubo modificaciones a los cómputos distritales, es decir, al número de votos emitidos, pero esto no afectó al primer lugar, por lo que los ganadores se mantuvieron igual.

En uno de los casos, Morena impugnó el triunfo de David Alejandro Cortés Mendoza, candidato de Fuerza y Corazón X México que ganó el distrito 10 con sede en Morelia, Michoacán. David Cortés además es hermano del dirigente nacional del PAN, Marko Cortés.

El TEPJF confirmó el triunfo como resolvió la Sala Regional Toluca, al considerar que estaba para analizar de fondo la causal de nulidad de elección por rebase de tope de gastos de campaña al no haberse resuelto todavía el dictamen consolidado y las quejas presentadas en materia de fiscalización.

La Sala Superior también rechazó el argumento de Morena respecto a que el candidato ganador no cumple con los requisitos de elegibilidad previstos en la normatividad, pues es deudor alimentario moroso, ya que se limita a sostener de manera dogmática, que la Sala responsable debió declararlo inelegible, sin haber presentado más pruebas de esta aseveración.

En otro caso, se discutió la impugnación de los resultados de senadurías en Puebla, en los que Morena y aliados obtuvieron el triunfo con Ignacio Mier y Lizeth Sánchez.

Al respecto, el Tribunal señaló que la impugnación presentada por el PRI no es procedente, ya que sus planteamientos no tendrían como resultado probable un cambio en el resultado de la elección.

En este caso, las casillas impugnadas solo representan un 1.8% del total instaladas en Puebla, y esto no afectaría el resultado de la fórmula ganadora.

En otro asunto, el PT presentó una impugnación contra Morena para controvertir la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México que confirmó el cómputo de la elección de la diputación federal por el principio de mayoría relativa en el 01 Distrito Electoral en Hidalgo, con cabecera en Huejutla de Reyes, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría.

El TEPJF confirmó esta sentencia al considerar que no proceden los señalamientos por uso indebido de recursos públicos "porque de forma correcta la Sala Regional concluyó que el actor no proporciona las circunstancias de modo, tiempo y lugar respecto de la presunta participación de personas funcionarias públicas del ayuntamiento en actividades de campaña durante sus horarios laborales, aunado a que el recurrente formula agravios novedosos ante esta instancia".

En cuatro casos más, se aprobó desechar las impugnaciones por distintos motivos.

Una vez que queden firmes las diputaciones y senadurías por mayoría relativa, el INE podrá hacer el cálculo de la asignación de representación proporcional, que se discutirá el próximo 23 de agosto.

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