Se aprobó por unanimidad el acuerdo en el que se determinan los periodos vacacionales para el personal del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) durante el ejercicio fiscal 2022.
Lo anterior en cumplimento al artículo 42, numeral 1 del Reglamento Laboral, el cual establece que el personal que tenga más de un año de servicio tendrá derecho a dos periodos anuales de vacaciones de diez días hábiles cada uno durante el primer año, de once días semestrales por el segundo y así sucesivamente hasta llegar a quince días por cada periodo.
En ese sentido, el Secretario Ejecutivo del IEEBC, Raúl Guzmán Gómez, presentó a la presidencia del Consejo General la propuesta de los periodos vacacionales de verano e invierno para el Instituto, quedando establecidos de la siguiente manera:
PERIODO FECHAS NÚMERO DE DÍAS
Primer Periodo Del 25 de julio al 5 de agosto de 2022 10
Segundo Periodo Del 19 de diciembre de 2022 al 2 de enero de 2023 11
Asimismo, se aprobó la suspensión de los plazos y términos legales de las actividades, trámites, procesos y procedimientos del IEEBC durante los periodos mencionados; además, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva para que realice las acciones necesarias para dar a conocer el Acuerdo al Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California; al Instituto Nacional Electoral; a la Sala Superior y a la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; al Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California; así como a los partidos políticos por conducto de sus representaciones acreditadas ante este Consejo General, para los efectos legales conducentes.
Durante la sesión, se aprobó también la resolución 03/2022 de la Comisión de Quejas y Denuncias de este organismo, relativa al Procedimiento Sancionador Ordinario con clave de expediente IEEBC/UTCE/PSO/26/2020 y acumulados.