Tribunal Electoral perfila declarar validez de elección presidencial

No habría intervención de AMLO

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) propone validar la calificación de la elección presidencial, en el que propone validar el triunfo de Claudia Sheinbaum Pardo, además de señalar que el presidente Andrés Manuel López Obrador no intervino de forma sistemática en el proceso electoral.

El TEPJF plantea declarar improcedentes las impugnaciones presentadas por el PAN, PRI, PRD y la excandidata de Fuerza y Corazón X México, Xóchitl Gálvez, por violencia generalizada, uso indebido de programas sociales, intervención de servidores públicos, coacción y compra de voto, pretensión de nulidad de casillas e intervención de la consejera presidenta del INE, Guadalupe Taddei.

Se denunció la injerencia del presidente través de 34 conferencias matutinas; propaganda por la publicación de su libro “¡Gracias!”; por una entrevista y la reincidencia y sistematicidad en la intervención del Ejecutivo Federal.

Al respecto, el se establece que las conferencias abarcan hasta un año antes del proceso electoral, desde enero de 2023, y que las mañaneras denunciadas sólo representan un 9.9% del total en ese periodo.

El órgano electoral sostiene que no es posible acreditar la intervención sistemática y reiterada de parte del Presidente de la República en apoyo de una excandidata y en contra de otra, “máxime que en el contexto del desarrollo de conferencias mañaneras, no hay prueba de más actos o actividades diferentes a las indicadas, de ahí que, se trata de conductas aisladas e inconexas que no permiten una concatenación que lleve a considerarlas sistemáticas”.

Violencia en las elecciones 2024

Sobre la violencia generalizada, la oposición sostuvo que existió violencia generalizada en el país e intervención del crimen organizado, que impidieron elecciones libres. Las pruebas fueron 652 links, principalmente de notas periodísticas.

El Tribunal expone que “no se advierte la existencia de un contexto de violencia generalizada, sino una serie de hechos aislados y focalizados de violencia; y en consecuencia, no se observa un impacto trascendente o determinante en la elección presidencial como resultado de una situación generalizada de violencia o de intervención del crimen organizado”.

Los denunciantes sólo aportaron links que señalan la incidencia del crimen en zonas focalizadas del país, principalmente en lo municipal, lo cual no comprueba un impacto directo, significativo o determinante en la elección.

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TEPJF batea impugnaciones contra resultados del Congreso

El Tribunal señaló que la impugnación presentada por el PRI no es procedente

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó el triunfo de las candidatura ganadoras para diputados y senadores de mayoría relativa.

Por unanimidad, en unos casos se consideró que las impugnaciones eran improcedentes y en otros fueron desechadas.

En algunos casos sí hubo modificaciones a los cómputos distritales, es decir, al número de votos emitidos, pero esto no afectó al primer lugar, por lo que los ganadores se mantuvieron igual.

En uno de los casos, Morena impugnó el triunfo de David Alejandro Cortés Mendoza, candidato de Fuerza y Corazón X México que ganó el distrito 10 con sede en Morelia, Michoacán. David Cortés además es hermano del dirigente nacional del PAN, Marko Cortés.

El TEPJF confirmó el triunfo como resolvió la Sala Regional Toluca, al considerar que estaba para analizar de fondo la causal de nulidad de elección por rebase de tope de gastos de campaña al no haberse resuelto todavía el dictamen consolidado y las quejas presentadas en materia de fiscalización.

La Sala Superior también rechazó el argumento de Morena respecto a que el candidato ganador no cumple con los requisitos de elegibilidad previstos en la normatividad, pues es deudor alimentario moroso, ya que se limita a sostener de manera dogmática, que la Sala responsable debió declararlo inelegible, sin haber presentado más pruebas de esta aseveración.

En otro caso, se discutió la impugnación de los resultados de senadurías en Puebla, en los que Morena y aliados obtuvieron el triunfo con Ignacio Mier y Lizeth Sánchez.

Al respecto, el Tribunal señaló que la impugnación presentada por el PRI no es procedente, ya que sus planteamientos no tendrían como resultado probable un cambio en el resultado de la elección.

En este caso, las casillas impugnadas solo representan un 1.8% del total instaladas en Puebla, y esto no afectaría el resultado de la fórmula ganadora.

En otro asunto, el PT presentó una impugnación contra Morena para controvertir la sentencia de la Sala Regional Ciudad de México que confirmó el cómputo de la elección de la diputación federal por el principio de mayoría relativa en el 01 Distrito Electoral en Hidalgo, con cabecera en Huejutla de Reyes, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría.

El TEPJF confirmó esta sentencia al considerar que no proceden los señalamientos por uso indebido de recursos públicos "porque de forma correcta la Sala Regional concluyó que el actor no proporciona las circunstancias de modo, tiempo y lugar respecto de la presunta participación de personas funcionarias públicas del ayuntamiento en actividades de campaña durante sus horarios laborales, aunado a que el recurrente formula agravios novedosos ante esta instancia".

En cuatro casos más, se aprobó desechar las impugnaciones por distintos motivos.

Una vez que queden firmes las diputaciones y senadurías por mayoría relativa, el INE podrá hacer el cálculo de la asignación de representación proporcional, que se discutirá el próximo 23 de agosto.

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Tribunal Electoral ratifica triunfo de Claudia Sheinbaum

No se probaron irregularidades

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La Sala Superior del Tribunal Electoral rechazó las impugnaciones que buscaban anular la elección presidencial, y por tanto, reafirmó el triunfo de Claudia Sheinbaum Pardo, tras sostener que no se probaron causas graves que hayan incidido en el proceso electoral como la intervención sistemática del Presidente Andrés Manuel López Obrador, uso indebido de programas sociales ni violencia generalizada.

Tras resolver estos juicios interpuestos por PAN, PRI y PRD, el TEPJF realizará la declaración de validez de la elección presidencial este miércoles y entregará la constancia a Claudia Sheinbaum el día jueves.

Las seis magistraturas coincidieron en que es infundada la nulidad de la elección presidencial, aunque difirieron sobre la intervención del presidente López Obrador y el uso de programas sociales para condicionar el voto.

La mayoría de las magistraturas coincidió en que la oposición no aportó pruebas suficientes para acreditar las irregularidades en la elección, ya que principalmente se sustentaban en notas periodísticas que son de carácter indiciario, pero no aportaron otros elementos para corroborar los hechos.


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Presidenta del Tribunal Electoral recibe a Xóchitl Gálvez en audiencia

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

La magistrada presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Soto, concedió una audiencia a la candidata presidencial Xóchitl Gálvez después de que no se presentó al desahogo de pruebas de este fin de semana.

Xóchitl Gálvez dijo que el sábado no llegó a esta audiencia porque la Comisión Especial para la validez de la elección presidencial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación incumplió sus propios acuerdos y le notificaron el rechazo del aplazamiento que solicitó casi a media noche del viernes.

Este fin de semana envió una solicitud para una nueva audiencia, en la que busca ser escuchada por las magistraturas para exponer sus argumentos, antes de que los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes elaboren el proyecto.

La magistrada presidenta Mónica Soto le concedió esta audiencia la mañana de este lunes.

A su llegada, Xóchitl Gálvez dijo que buscaba que le explicaran los incumplimientos de los acuerdos.

"Nada más precisar que se incumplió el procedimiento y yo tengo toda la intención de que se desahoguen los juicios que presenté, mis pruebas están presentadas, que se tomen en cuenta así como todos los procesos pendientes en el INE para la calificación.

"Vamos a platicar qué fue lo que pasó, es una plática cordial donde yo lo que quiero es que se aclare qué fue y cuál es el procedimiento a seguir ahora".

Milenio reveló el pasado viernes que Xóchitl Gálvez acusó incumplimientos como la publicación de las pruebas en el micrositio para que la ciudadanía pudiera familiarizarse con ellas antes de la audiencia, y lo habilitaron hasta la noche del viernes cuando lo exigió; además de que no se tienen las seis magistraturas para el quórum legal.

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Tribunal Electoral declara ilegal el seguimiento de las campañas de la CNDH

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la ilegalidad del “mecanismo de seguimiento de las campañas electorales”, iniciado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) pues, dijo, carece de facultades para intervenir en temas electorales.

Por unanimidad, los magistrados electorales ordenaron a la CNDH frenar la difusión del “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”, pues además de ilegal, contraviene el principio de imparcialidad y equidad de la contienda electoral.

La Sala Superior ordenó el retiro del sitio electrónico de la CNDH el “Primer Informe sobre violencia política para la protección y defensa del Derecho a la Democracia”.

Durante la sesión de este miércoles, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña aclaró que “el proyecto no propone amordazar a la CNDH, ni realiza una interpretación regresiva respecto de los derechos humanos o la democracia, el proyecto se pronuncia sobre la validez de un acto que tiene incidencia en la materia electoral y por tanto que entra en la competencia material de este Tribunal Electoral”.

“Quiero dejarlo claro: La Constitución que expresamente prohíbe a la CNDH pronunciarse en temas electorales es obligatoria para todas las autoridades, incluída la CNDH”, mencionó.

La magistrada Janine Otálora Malassis indicó que “lo cierto es que durante un proceso electoral, los pronunciamientos de órganos de gobierno en los que refieren la supuesta existencia de irregularidades además de no respetar los derechos procesales de las personas involucradas e invadir atribuciones de las autoridades electorales, es claro que tienen incidencia en dichos procesos y en el ánimo de los electores, con lo cual pueden generarse distorsiones en la neutralidad e imparcialidad de los procesos”.

Los magistrados del TEPJF explicaron que la CNDH transgredió el desarrollo del proceso electoral en curso.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera dijo que “se construyó un registro que dará seguimiento a las campañas, a los discursos de las candidaturas, las plataformas propuestas, los spots y la propaganda, incluso a los eventos, así como a las noticias y opiniones emitidas en los medios de comunicación y redes sociales”.

Mónica Aralí Soto Fregoso, magistrada presidenta, indicó que “declarar inválido el mecanismo para vigilar las campañas electorales en el actual proceso electoral implementado por la CNDH y dejar sin efectos el primer informe sobre violencia política emitido en el marco de la implementación de dicho mecanismos, así como todos lo actos derivados del mismo que incidan en la materia electoral”.

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TEPJF descarta elección de Estado en 2024; Soto pide respetar Constitución

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Magistraturas del Tribunal Electoral rechazaron que la renovación presidencial del 2024 pueda ser "una elección de Estado", pero advirtieron que las constantes intervenciones del presidente Andrés Manuel López Obrador, ya con sentencias firmes y otras en análisis, tendrán que ser consideradas en los juicios de nulidad que se interpongan para definir la validez de los resultados, por lo que pidieron respetar las leyes.

"Hace muchos años que en México ya no existen las elecciones de Estado. Es imposible, imposible totalmente con instituciones autónomas que no se fundaron ayer. La verdad es que hablar de elección de Estado son cuestiones de opinión por preocupaciones basadas en experiencias pasadas, pero cuando digo pasadas es de hace muchas décadas".

“Que si está en el 24, esa pregunta la he escuchado desde 1997 que entré al Tribunal, y la verdad es que el sistema de la organización electoral siempre ha estado a la altura, en 1997, en el 2000, así hasta hoy, ha resuelto las cosas, es decir, ¿hay riesgo de que la elección no se lleve a cabo?, ¿hay riesgo de que ésta sea una elección en la cual no se respete la ley o la Constitución? Yo diría no, no lo hay, porque las instituciones son evidentemente instituciones fuertes”, explicó el magistrado Felipe de la Mata.

En conferencia de prensa, la nueva magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Mónica Soto, y los magistrados Felipe de la Mata y Felipe Fuentes, recordaron que sus sentencias sólo pueden llegar hasta donde las leyes y la Constitución lo permiten.

Por lo que no pueden sancionar al presidente López Obrador porque no tienen facultades, a pesar de varias sentencias en los últimos y en el actual proceso electoral, en el que se ha acreditado que su intervención desde sus conferencias de prensa mañaneras ha generado inequidad y buscado favorecer a su partido político.

“No hay un precepto que nos permita realizar un exhorto al presidente de la República, nosotros nos tenemos que ceñir como Tribunal a lo que establece la Constitución y la Ley y es en esa medida que hemos emitido nuestras sentencias definiendo qué tipo de situaciones y qué tipo de responsabilidades hay en cada uno de los casos que hemos resuelto. En ese sentido no podríamos realizar este exhorto.

“Hoy no hay una consecuencia jurídica de este tipo de situaciones. Creo que la ley en ese sentido no le ha dado herramientas al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para realizar ningún pronunciamiento en contra de los servidores públicos”, explicó el magistrado Felipe Fuentes.

Sin embargo, la magistrada presidenta Mónica Soto dejó claro que este tipo de sentencias contra el presidente tendrán que ser valoradas en los juicios de nulidad, por lo que hizo un llamado a que todas y todos los servidores públicos, incluido el presidente, a que se conduzcan con legalidad para que no afecten el proceso, aunque la ley no les imponga consecuencias jurídicas.

“Específicamente en la intervención del presidente, hoy por hoy han sido todos resueltos, aquí en la Sala Superior y están otros pendientes en la Sala Especializada, y seguiremos hasta la conclusión del proceso electoral o de todas las impugnaciones cuando vengan y claro que serán valorados todos y cada uno de los precedentes que se han emitido al respecto, que ya tenemos varios y que tenemos también un criterio en los mismos.

“En sentencia hemos emitido criterios que han resuelto o han definido cuáles son los límites de toda y todo servidor público para su participación en los procesos electorales. Está en la ley, está en la Constitución y no podemos hacer un exhorto, pero un llamado a todas y todos los servidores públicos de todos los niveles y de todos los poderes a que nos conduzcamos por supuesto con apego a lo que nuestra Constitución, nuestras leyes y la democracia requiere”.

El magistrado Felipe De la Mata Pizaña agregó que ante este escenario, es urgente una ley electoral, aunque aclaró, no como el ‘Plan B’ que “no era tan bueno”, sino una reforma que mejore este tipo de vacíos.

“Se requiere una Ley Electoral nueva, porque nuestra Ley Electoral es malísima. En esa ley se tienen que establecer sanciones claras a las violaciones en materia electoral por parte de servidores públicos. Hoy día la ley, no sé si por torpeza de los legisladores en su momento, no contiene ningún tipo de sanción a los servidores públicos.

“Por ejemplo, en el caso del amparo ante el incumplimiento de sentencias en temas de amparo, se puede llegar a la remoción del funcionario público, en materia electoral esto es imposible, tampoco es posible sancionar al servidor público. Entonces, tenemos una insuficiencia legislativa que el Tribunal ha tenido que enfrentar, se necesita, en algún momento, justamente establecer con claridad sanciones a servidores públicos que violenten la Ley Electoral porque hoy día no existe la misma”.

2024 es elección atípica 

El magistrado Felipe Fuentes también destacó que la elección del 2024 es “atípica” porque cambiaron los tiempos y eso cambiará las dinámicas habituales de la entrega de constancias de mayoría, y sobre todo, porque el proceso electoral se adelantó internamente en los partidos, pero justificó que de no haberlo permitido con reglas, la contienda habría tenido más inequidad.

“En relación con los actos anticipados de precampaña, un Tribunal debe generar paz, debe generar estabilidad, debe generar certeza y hay un método que nos permite hacer una interpretación de la norma de carácter evolutivo. A veces la realidad le gana al derecho. Los ciudadanos quisieron participar en los procesos de los partidos políticos, los partidos políticos se adelantaron, primero en un partido y después por un frente que pidió su constitución ante el Instituto Nacional Electoral.

“Lo que se impugnó fue el frente, si nosotros hubiéramos coartado la posibilidad de que participara ese frente, hubiéramos generado más inequidad en la contienda, porque no estaba cuestionado el actor del otro partido político (Morena)”.

Por lo que argumentó que en medio de espectaculares y bardas en todo el país, el TEPJF ordenó al INE intervenir con reglas, para poder regularizar estos procesos inéditos.

“¿Qué es lo que consideramos entonces necesario? Ordenar que el INE vigilara los temas, por ejemplo, de fiscalización, vimos espectaculares por medio país o un poco más. ¿Qué le dijimos al INE?, reglamenta esa situación, evita esa situación vigila el origen de los recursos, determina cómo se debe definir esto.

“Lo que se requiere es que el legislador que esté atento a esa situación, y seguramente realice tareas para reformar ya sea la Constitución o la ley para actualizarla a una realidad que ya está presente”.

Fuentes agregó que esta elección “es atípica” porque se cambiaron los tiempos y la renovación presidencial ya no será hasta diciembre como siempre sucedía, por lo que reconoció que debe haber sinergia con el INE para que se puedan realizar todos los procesos necesarios antes de evaluar la validez de la contienda.

“Recuerden que hay una causa de nulidad constitucional por el rebase de tope de gasto de campaña, entonces tenemos que esperar a los resultados que emite el Instituto Nacional Electoral y de ahí resolver, en su caso, las impugnaciones que correspondan.

“En la elección presidencial pasada (del 2018) no hubo tal impugnación, fue abrumadora en el sentido de la votación y también está el tema de fiscalización, pero tendremos que determinar la validez antes para emitir una transición ordenada entre cada una de las administraciones, permitir una transición que genere tranquilidad y paz social”.

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