Perseguirán a patrones que no cumplan con los trabajadores

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Horas extras, aguinaldo y reparto de utilidades sin pagar a tiempo es lo que más predominó en las denuncias de trabajadores al cierre del 2019 y apertura del 2020 ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en entrevista, el Secretario del Trabajo del Gobierno del Estado, Sergio Moctezuma Martínez refirió que de noviembre a la fecha han llevado a cabo una intensa campaña de información para empleadores, pues dijo hasta 430 mil pesos de multa pueden recibir por no cumplir la ley


Manifestó que durante el 2019 se generaron 34,584 empleos por lo que dijo, la expectativa es incrementar este número para este año, de igual forma precisó que una prioridad para el 2020 será la implementación de la reforma laboral que entre otras cosas contempla la creación de los tribunales laborales.


El Secretario del Trabajo expresó que han venido ofreciendo en todo el estado asesorías para la ciudadanía en donde incluso instalan un buzón de denuncias anónimas, de igual forma comentó que pusieron en marcha el programa “chambamovil” para los trabajadores del campo y próximamente desarrollarán el programa “Secretaría del Trabajo Resuelve”.


Por último refirió que en coordinación con la Organización Mundial del Trabajo se están buscando los mecanismos para garantizar un trato digno a los trabajadores extranjeros en el Estado pero también a los bajacalifornianos que van a otros países a trabajar.





¿Si renunciaste o te despidieron tienes derecho a reparto utilidades este 2022?

Aquí te decimos si tienes derecho al reparto de utilidades de tu ex empresa

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Ya sea que por voluntad hayas renunciado o tu patrón te haya despedido o dado de baja, tienes derecho a reparto de utilidades de tu antiguo trabajo, conforme a lo establecido en la ley. 

La Ley Federal del Trabajo estipula que todos los trabajadores que hayan laborado un mínimo de 60 días durante el año tienen derecho al reparto de utilidades. 

El reparto de utilidades deberá efectuarse dentro de los 60 días posteriores a la fecha en que deba presentarse la declaración anual del empleador, es decir, del 1 de abril al 30 de mayo, en caso de que tu patrón se una persona moral, y del 1 de mayo al 29 de junio, si es persona física. 

La cantidad exacta a distribuir depende del número de días trabajados en el año y el monto de los salarios devengados durante el mismo, en función de las utilidades generadas por el empleador. 

¿Quiénes no reciben utilidades? 

Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades. Tampoco los trabajadores del hogar participan en el reparto de utilidades. 

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar tus utilidades? 

Si la empresa incumple con esta prestación o te paga de forma incompleta, tienes el plazo de un año, a partir de la fecha límite para reclamar el pago de tus utilidades, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo. 

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¿Trabajas en alguna? Éstas son las empresas que no pagarán utilidades este año

La LFT establece que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades estas empresas

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Este mes los trabajadores mexicanos recibirán las utilidades, una parte de las ganancias, si es que las hubo, que su empresa o patrón generó el año anterior, lo que para muchos representa un alivio para el bolsillo frente a la inflación tan elevada. 

Sin embargo, aunque es un derecho constitucional que tienen los trabajadores y que se debe pagar a más tardar el 30 de mayo, no todas las empresas están obligadas a presentarla. 

¿Qué empresas no pagarán utilidades este año? 

El artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo establece que quedan exceptuadas de la obligación de repartir utilidades las siguientes entidades, aunque la resolución podrá revisarse total o parcialmente, cuando existan circunstancias económicas importantes que lo justifiquen. 

  1. Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento. 
  2. Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas 
  3. Las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración. 
  4. Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios. 
  5. El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia. 
  6. Las empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, previa consulta con la Secretaría de Economía. 



¿Cómo y cuándo deberán pagar las utilidades los patrones y las empresas?

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Cada año las empresas y los patrones deben compartir con los trabajadores una parte de las utilidades que lograron obtener un año antes. Tienen ese derecho constitucional debido a que las personas que laboraron en el negocio durante dicho lapso también contribuyeron a alcanzar ese beneficio.

La empresa está obligada a repartir sus utilidades si tuvo un ingreso anual superior a 300 mil pesos, pero quedan exentas de realizar el reparto en caso de que tengan menos de un año de operaciones o dos en el caso de que elaboren un producto novedoso, conforme a la Ley Federal del Trabajo.


¿Cuándo es el límite para que lleguen las utilidades?

Este año el pago de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) debe llevarse a cabo a más tardar el 30 de mayo, en el caso de quienes laboraron para una persona moral, es decir, una empresa o corporativo; mientras que las personas que trabajaron para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio de 2021.

Todos los trabajadores tienen derecho al reparto de utilidades, excepto: directores, administradores y gerentes generales; socios y accionistas; los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año; así como los profesionistas contratados por honorarios, sin una relación de trabajo subordinado. 

Hasta el año pasado, el monto de las utilidades a repartir y que se harán efectivas este año todavía será el 10% de la utilidad fiscal obtenida por la empresa, es decir, una vez descontadas las deducciones autorizadas por la Ley del ISR.

Una vez que se haya calculado el monto de la utilidad repartible, esta se dividirá en dos partes iguales. La primera se distribuirá entre todos los trabajadores que tienen derecho al reparto de utilidades, considerando el número de días trabajados en el año, por cada uno. 

La segunda parte se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados durante el año. Es necesario calcular la suma de los sueldos anuales por cada uno.

La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa estará exenta de impuestos hasta por 15 días de salario mínimo general, de acuerdo con la Ley del Impuestos sobre la Renta.

Es probable que muchos trabajadores no hayan laborado todo el año pasado en la misma empresa, sin embargo, también tienen derecho a una parte proporcional de las utilidades, según la cantidad de días que trabajó. 

Sin embargo, también es muy probable que muchas empresas y patrones no hayan registrado utilidades el año pasado debido a la crisis generada por la pandemia del Covid-19.



Profesores apagarán las computadoras este lunes

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Cadena Noticias,  Mexicali, Baja California, Mexico, 

Integrantes de la Sección 37 del SNTE llaman a paro laboral por la falta de pago de aguinaldos a los profesores.


El pasado 10 de diciembre se debió pagar aguinaldos a los profesores y jubilados por parte de gobierno del Estado, al no hacerlo los profesores optaron por un paro de las clases virtuales .


Esta es la postura de los profesores que han realizado un esfuerzo dando clases con recursos propios a los estudiantes en esta temporada de pandemia.


Gobierno del Estado ha pedido una prórroga para pagar el aguinaldo a los trabajadores a más tardar el 22 de diciembre, con lo que el magisterio no está de acuerdo.



Del 14 al 31 de diciembre cubrirá gobierno del estado aguinaldos y nóminas

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

De acuerdo con el titular de la Secretaría de Hacienda, Rodolfo Castro, el pago del aguinaldo y nóminas correspondientes al fin de año apara trabajadores del magisterio, burócratas, paraestales, organismos autónomos y pensionados se realizará de forma parcial a partir del 14 de diciembre, concluyendo con la totalidad del pago el 31 de diciembre de 2020

En la transmisión en vivo del gobernador del estado, Jaime Bonilla Valdez, detalló un calendario de pagos de nómina y aguinaldos dividido en varios sectores.

Para los empleados burócratas, empleados de paraestatales y de los poderes y organismos autónomos estarían recibiendo el aguinaldo el próximo 14 de diciembre.

Para los empleados del magisterio recibirán su nómina quincenal el próximo 15 de diciembre, y será para entre el 18 y el 22 de diciembre cuando puedan recibir el aguinaldo.

Para los jubilados y pensionados la situación es diferente ya que el aguinaldo para ellos se entregará entre los días 18 y 22 de diciembre, mientras que la mensualidad correspondiente a diciembre se hará efectiva hasta el último día del año, es decir, 31 de diciembre de 2020