Proponen quitar el 100% de financiamiento público a los partidos políticos
En cambio, podrán contar con métodos de autofinanciamiento
El diputado Elí Topete Robles presentó en Oficialía de Partes del Congreso local, una iniciativa que reforma la Constitución, la Ley Electoral y la Ley de Partidos Políticos, todas de Baja California, con el objetivo de quitar a los partidos políticos el 100 por ciento del financiamiento público.
“Movimiento Ciudadano ha planteado, desde tiempo atrás, la eliminación del financiamiento público para partidos políticos, por el excesivo costo que representa el gasto ordinario y de campañas para nuestra sociedad. Estamos convencidos que seguirle dando dinero a los partidos políticos, no es la solución para lograr este objetivo. El dinero no garantiza que los partidos desarrollen herramientas para que logren ser autosuficientes, mismas que se convertirían en actividades y acciones que, al mismo tiempo, los obliguen a cumplir su función constitucional”, argumentó el legislador.
Agregó que “los partidos deben tener mecanismos internos que generen, mediante actividades propias, programas, cursos, talleres o cualquier similar, que promuevan la cultura de la democracia, la participación ciudadana, la incursión en la política, que promuevan el respeto a los derechos electorales, la legalidad, que impulsen la preparación de sus militantes y sus candidatos, que ayuden a los grupos marginados a alcanzar el derecho de la representatividad. Todo esto y más, es posible de lograr sin necesidad del financiamiento público”.
Asimismo, mediante la iniciativa Topete Robles pretende que se eliminen 5 diputaciones de representación proporcional de las 8 que hay actualmente, con lo cual el Poder Legislativo quedaría conformado con 17 diputados electos en forma directa por el principio de mayoría relativa y 3 diputados de representación proporcional, es decir, 20 en total.
“Con esto, además del ahorro de más de 55 millones de pesos, lograremos un Congreso con 20 escaños, el cual, al ser número par, también resolvería las controversias sobre la equidad de género, que en cada contienda electoral suceden en Baja California, logrando así asegurar el derecho constitucional de la mujer a tener participación equitativa en la política de nuestro Estado”, señaló el diputado Elí Topete.
Con las modificaciones planteadas en la iniciativa, queda establecido lo siguiente en el artículo 5 constitucional:
“Los partidos políticos recibirán en forma equitativa para la realización de sus fines, financiamiento que de ninguna manera será público por la realización de actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, tareas editoriales, y otras modalidades como financiamiento por la militancia, financiamiento de simpatizantes, autofinanciamiento, financiamiento por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos, realización de eventos masivos, y demás en los términos de la Ley.
La ley garantizará que los partidos políticos nacionales y locales cuenten de manera equitativa con elementos para llevar a cabo sus actividades y señalará las reglas a que se sujetará el autofinanciamiento de los propios partidos y sus campañas electorales, el que en ningún caso podrá provenir de recursos públicos.
El financiamiento para los partidos políticos que conserven su registro después de cada elección, se compondrá de autofinanciamiento permanente para el sostenimiento de sus actividades ordinarias, las de campaña electoral tendientes a la obtención del voto y las de carácter específico”.
Asimismo, en relación a la conformación del número de diputados en el Poder Legislativo, plantea establecer lo siguiente en el artículo 20 de la Ley Electoral del Estado:
“El Congreso del Estado estará integrado por diputados que se elegirán cada tres años, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible; diecisiete serán electos en forma directa mediante el principio de mayoría relativa, uno por cada distrito electoral en que se divide el territorio del Estado, y en su caso, hasta tres Diputados electos por el principio de representación proporcional en una circunscripción estatal, de conformidad con la Constitución del Estado y el procedimiento previsto en el presente Título. Cada Diputado propietario tendrá un suplente”.