Cárcel a quien difunda desnudos a través de redes sociales

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Cadena Noticias,  Baja California, Mexico, 

El jueves pasado se aprobó en Comisiones, la propuesta de iniciativa de Reforma de la denominada Ley Olimpia, que va en contra de la difusión sin consentimiento de la víctima de imágenes, digitales en fotografía y vídeo, la votación en la Comisión de Justicia, fue unánime, con 7 votos a favor, por los integrantes de la Comisión.  


Hoy se votarán en el pleno por los integrantes de la XXIII Legislatura el proyecto de dictamen de la comisión de justicia, relativo a la denominada “Ley Olimpia” en una de las reformas al código penal para el Estado de Baja California, buscando protección para las mujeres y hombres en contra de la divulgación de fotografías y videos íntimos.


La Comisión de Justicia realizó el análisis y dictamen correspondiente a diversas iniciativas de reforma al Código Penal del Estado de Baja California y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, presentadas por los Diputados María Trinidad Vaca Chacón, Eva María Vásquez Hernández, Araceli Geraldo Nuñez, Miguel Ángel Bujanda Ruiz, Claudia Josefina Agatón Muñíz, Julia Andrea González Quiroz, así como la ciudadana y Regidora Luz Elena Fonseca Rentería. 


Fue precisamente la Regidora Luz Elena Fonseca Rentería, quien hizo la propuesta como ciudadana, para esta iniciativa de reforma de ley, quedando de la siguiente manera. 


Resolutivo:


ARTÍCULO 175 SEXTIES.- A quién por cualquier medio, divulgue, comparta, distribuya, compile, comercialice, publique imágenes, audios o videos de una persona desnuda, parcial o totalmente, de contenido íntimo, erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima, se le impondrá pena de prisión de uno a cinco años y multa de quinientos a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Las mismas penas se aumentarán hasta en una mitad, cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:


l. El delito sea cometido por el cónyuge o por persona con la que esté o haya estado unida a la víctima por alguna relación de afectividad, aún sin convivencia;


ll. El sujeto activo mantenga una relación laboral, social o política con la víctima;

lll. Se cometa en contra de una persona que por su situación de discapacidad no comprenda el significado del hecho;

IV. Se cometa contra una persona en situación de vulnerabilidad social;

V. La víctima del delito sea menor de dieciocho años;

VI. El contenido íntimo, sexual o erótico publicado se haya realizado ejerciendo violencia contra la víctima para obtener su consentimiento;

VII. Se amenace con la publicación o se condicione el bloqueo de la difusión del contenido a cambio de un intercambio sexual o económico, o

VIII. Se pretenda obtener un beneficio económico con la publicación o difusión del material.


Este delito se perseguirá por querella de la víctima, salvo en lo previsto en las fracciones III, IV y V en cuyo caso, se perseguirá de oficio.

Para los efectos de las disposiciones anteriores, la autoridad competente podrá ordenar a la empresa de prestación de servicios digitales o informáticos, servidor de internet, red social, administrador o titular de la plataforma digital, medio de comunicación o cualquier otro donde sea publicado o compilado el contenido íntimo no autorizado, el retiro inmediato de la publicación.


TRANSITORIOS

ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.


Segundo. Se aprueba la reforma al artículo 6 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Baja California, para quedar como sigue:


ARTÍCULO 6.- (...)


I a la V.- (...)


VI. Violencia Obstétrica.- Toda conducta, acción u omisión que ejerza el personal de salud, de manera directa o indirecta, y que afecte a las mujeres durante los procesos de embarazo, parto o puerperio, mediante un trato deshumanizado, omisión de atención oportuna y eficaz, prácticas sin consentimiento como esterilización o realizar cesárea sin motivo;

VII.- Violencia Digital.- Es cualquier acto de acoso, hostigamiento, amenazas, vulneración de datos e información privada, divulgación de información, mensaje de odio, difusión de contenido sexual sin consentimiento expreso de la afectada, textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, o cualquier otra acción que sea cometida través de las tecnologías de información y comunicación, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones, o cualquier otro espacio digital, que atente contra la dignidad humana, la integridad, la intimidad, la libertad, la vida privada o vulnere algún derecho humano de las mujeres;

VIII.- Violencia Mediática.- Es toda acción tendiente a publicar o difundir mensajes, 

imágenes estereotipadas que injurie, difame, discrimine, deshonre, humille o 

atente contra la dignidad de las mujeres, a través de cualquier medio masivo de 

Telecomunicación, y

IX.- Cualquiera otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.


TRANSITORIOS

ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.


Tercero. No se aprueban las reformas a los artículos 167 BIS, 185 y 268 TER al Código Penal para el Estado de Baja California, por los fundamentos vertidos en el cuerpo del presente Dictamen.





Buscan en el Senado prevenir el ciberacoso a menores en México

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

El Senado de la República de México está considerando aprobar una reforma para establecer políticas de prevención contra el ciberacoso dirigido a menores. La Comisión de Derechos Digitales ha aprobado una minuta que busca garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes en el espacio digital y asegurar que puedan acceder de manera segura a Internet.

Esta reforma incluye:

  • Prevención del Ciberacoso: Establecer políticas de prevención, protección, atención y sanción de cualquier conducta que vulnere los derechos de los menores en su intimidad, privacidad, seguridad y dignidad mediante el uso de tecnologías de la información.
  • Marco Jurídico: Proporcionar un marco jurídico que proteja los derechos de los menores frente a amenazas emergentes en los medios digitales.
  • Modificación de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes: Adicionar un artículo sobre el acceso a Internet libre de violencia, garantizando que el Estado formule e implemente políticas de ciberseguridad para asegurar un acceso seguro a Internet.
  • Prohibición de Formas de Violencia: Considerar la prohibición en la ley de todas las formas de violencia que puedan ocurrir a través de las tecnologías de la información y los medios de comunicación dirigidos a niños, niñas y adolescentes.

Esta iniciativa surge en respuesta al creciente problema del ciberacoso a menores y busca establecer medidas preventivas y de protección en el ámbito digital.


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Cae José Andrés 'N', acosador de al menos tres jugadoras del Club América

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

Elementos de la policía de la Ciudad de México (CDMX) detuvieron al sujeto que ejerció violencia digital en agravio de Scarlett Camberos y otras dos jugadoras del equipo del Club América femenil.

José Andrés "N" fue arrestado por agentes del área de Inteligencia de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC).

Por la mañana, la Fiscalía capitalina informó que llevaba a cabo las acciones necesarias para otorgar a las víctimas las medidas de protección que se requieran, así como dar celeridad a la integración de las carpetas de investigación correspondientes.

Para ello, y de la mano de la exigencia legítima del Club América, esta Fiscalía invita a las agraviadas para que ratifiquen su denuncia, a efecto de continuar la integración de las indagatorias e incluir todos los datos de prueba con que se cuente, con la finalidad de presentar las carpetas de investigación respectivas ante un juez de control, lo más pronto posible", indicó.

A través de una tarjeta informativa, la institución detalló que para lograr lo anterior y facilitar la ampliación o ratificación de las denuncias, "ponemos a su disposición todos los canales de comunicación necesarios, incluida la vía digital".

El Club América informó mediante un comunicado que cuatro de sus jugadoras eran víctimas de violencia digital y que por ello el 30 de junio habían presentado una denuncia.

Esta tarde, América Femenil disputa el partido de Ida del Campeón de Campeones ante Tigres Femenil en el Estadio Azteca, por lo que hasta después del juego podría haber una postura oficial sobre esta detención.



Arranca Inmujere capacitación contra acoso y hostigamiento sexual

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Cadena Noticias,  Ensenada, Baja California, Mexico, 

Con el fin de prevenir y atender casos de violencia de género y de tipo sexual dentro del municipio, el Instituto Municipal de la Mujer de Ensenada, en coordinación con Oficialía Mayor, comenzó con una capacitación sobre la aplicación de un protocolo.

La titular de Inmujere, Luz María Vázquez Galindo, detalló que las capacitaciones tienen como propósito formar a personas consejeras para que funjan como primer contacto de apoyo a presuntas víctimas de hostigamiento sexual o acoso sexual en las distintas dependencias municipales y puedan brindarle atención conforme a las disposiciones que indica el protocolo.

En la capacitación, dijo Vázquez Galindo, se les ha proporcionado información conceptual sobre qué es la violencia, tipos y modalidades, enfocándose en la violencia sexual, así como la diferencia entre acoso sexual y hostigamiento sexual.

La directora de Inmujere precisó que este protocolo fue publicado en el Periódico Oficial No. 38, desde el pasado el 06 de septiembre del 2019, en su tomo CXXVI, por lo que se busca implementarlo y hacer efectivos los procedimientos preventivos.

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¡Alerta! Roban datos personales a través de mensajes festivos de Whatsapp

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Cadena Noticias,  Baja California, Mexico, 

La policía cibernética del gobierno federal le pide a la comunidad tener cuidado y evitar abrir mensajes virtuales en Whatsapp de felicitación en la temporada de sembrina, que estén anclados a una liga externa. 

Indicaron que un texto virtual generalmente llega compartido a través de unos de nuestros contactos y la liga dice "Soy Luis, abre esto una vez" seguido por una liga similar a la siguiente: my-love.co/ec/?n=nombre.

Al abrir el vínculo, aparece una página en donde sale una felicitación que hasta hace unos días era de navidad y hoy, la felicitación tiene que ver con el día de reyes.

La policía federal ministerial alertó a la ciudadanía para evitar abrir ese tipo de páginas porque se extrae información importante de datos personales de quienes las abren.



Cierran la puerta al acoso sexual en el Poder Judicial del Estado

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Cadena Noticias,  Ensenada, Baja California, Mexico, 

Con el objetivo de establecer e implementar acciones efectivas para prevenir, atender y sancionar en su caso, el hostigamiento y acoso sexual, el Consejo de la Judicatura aprobó el acuerdo mediante el cual se autoriza el protocolo para prevenir, atender y sancionar el Hostigamiento y Acoso Sexual en el Poder Judicial del Estado de Baja California, documento publicado en el Boletín Judicial.

Con este protocolo, se definen los mecanismos para orientar a la presunta víctima, así como el acompañamiento especializado que corresponda, dicho protocolo es aplicable en caso de quejas presentadas tanto por hombres como por mujeres servidores públicos de la institución.

El documento precisa las instancias competentes dentro del Poder Judicial, que podrán conocer y proporcionar atención desde el primer contacto, así como investigar y sancionar en su caso, las conductas o actos de hostigamiento y acoso sexual.

En cuanto al procedimiento de atención, se otorga la competencia a la Unidad de Igualdad y Género del PJBC, de brindar atención y asesoría a la presunta víctima, conforme a las disposiciones aplicables; además recibirá las quejas a fin de instruir sobre el procedimiento y trámite correspondiente.

Las quejas podrán presentarse personalmente, por escrito o por correo electrónico y el primer contacto será la Unidad de Igualdad y Género, por lo que le corresponderá abrir una carpeta por caso; esta Unidad será la responsable, de inicio, de realizar entrevistas a las partes involucradas en caso. El documento del protocolo es de acceso público desde agosto de este año.

El presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Magistrado Alejandro Isaac Fragozo López, destacó que, desde el inicio de su gestión, asumió la responsabilidad de contar con un protocolo de este tipo que brinda certeza a las y los trabajadores del PJBC. 

Reiteró que, con el apoyo y sensibilización de Magistradas, Magistrados y Consejeros, quienes participaron de manera activa se logró dar cumplimiento a este compromiso con la ciudadanía.

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