Presentan iniciativa para salvaguardar seguridad jurídica de autoridades
El diputado Juan Manuel Molina García y la diputada Miriam Elizabeth Cano Núñez, de Morena, presentaron en Oficialía de Partes del Congreso local, una iniciativa de reforma al inciso XIII del apartado B del artículo 123 de la Constitución Política de México, la cual tiene el propósito de salvaguardar la estabilidad y seguridad jurídica de los miembros de las corporaciones de policía, agentes del Ministerio Público (MP) y peritos de todo el país.
En su exposición de motivos, los inicialistas argumentaron que “en regímenes de Gobierno que nos antecedieron a nivel federal y estatal, en la entonces mal llamada 'guerra contra el narcotráfico', emprendieron una serie de acciones y reformas constitucionales y legales tendientes, dijeron, a 'procurar' la depuración y profesionalización de los Cuerpos de Seguridad Publica de toda la Nación, pero en donde, a bien de evadir criterios firmes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, generaron un trato diferenciado en relación a los integrantes de dichos Cuerpos Policiacos, Agentes del Ministerio Publico y Peritos”.
Molina García y Cano Núñez agregaron que, no obstante contar con la salvaguarda de sus derechos humanos de Debido Proceso, Igualdad, Legalidad y de Seguridad Jurídica, se les desvinculó de éstas mediante una reforma constitucional que entró en vigor el 19 de junio del 2008, impulsada y promulgada por el entonces presidente de México, Felipe Calderón Hinojosa.
Explicaron que esa reforma del presidente Felipe Calderón se hizo para evitar que los policías, agentes del Ministerio Público o peritos que hubieren sido privados de su encargo, no obstante obtener resoluciones judiciales favorables, ya no pudieran ser reinstalados en sus adscripciones bajo ninguna circunstancia, cuestión que no sucedía antes de la citada reforma.
Indicaron que, actualmente, el referido inciso constitucional establece lo siguiente:
“Los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones. Si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido”.
En ese sentido, ellos proponen modificarlo para que quede de la siguiente manera:
“Los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, podrán ser separados de sus cargos si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones. La autoridad jurisdiccional competente estará facultada para revisar si la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue justificada o injustificada”.
Debido a que es una reforma a la Carta Magna de México, en caso de ser aprobada por el Pleno de la Asamblea Legislativa de Baja California, será enviada al Congreso de la Unión para su trámite correspondiente.