Rechaza gobernador Bonilla que ''SAT de Baja California sea para extorsionar''

Advierte que servirá para captar más recursos y eso se traduzca en más servicios

Compartir en:

Cadena Noticias,  Baja California, Mexico, 

El gobernador de Baja California, Jaime Bonilla Valdez, rechazó que el SAT Baja California que recién aprobó el Congreso será instrumento para extorsionar al sector empresarial.

En su transmisión matutina, el mandatario estatal indicó que el SAT Baja California, servirá para mejorar la fiscalización en el estado.

Detalló que el SAT bajacaliforniano está diseñado para aumentar la captación de recursos, además de garantizar el pago de los deudores.

Explicó que el entidades como Sinaloa y Guanajuato, cuentan con un órgano como el que recién se aprobó en la XXIII Legislatura Local.

Resaltó que esto va a garantizar que en el estado se cuente con una mayor cantidad de servicios y de infraestructura para beneficio de todos.

Algunos integrantes del sector empresarial, sobre todo de Tijuana, han expresado su temor a que el SAT de Baja California sea utilizado para intimidar a los opositores.





Marina del Pilar designa al nuevo recaudador de rentas

Compartir en:

Cadena Noticias - Ana Laura Wong,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

La Gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Avila Olmeda, designó a Jesús García Castro como nuevo director de Recaudación de Rentas del Servicio de Administración Tributaria (SAT BC), en sustitución de Omar Alberto Ramos Sierra.

El pasado 25 de enero, la Presidenta Municipal, Montserrat Caballero Ramírez, había anunciado que García Castro presentó su solicitud para retirarse del cargo como Secretario de Gobierno por "asuntos personales y de carácter privado". 

El nuevo director de Recaudación de Rentas del SAT BC fungió como Auditor Superior del Estado, cuenta con experiencia en vigilancia en el manejo de las finanzas públicas y la licenciatura en Contaduría Pública por la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), así como estudios de posgrado en materia de Administración de Negocios por la Escuela de Negocios del Pacífico.

Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadenanoticiasmx | TikTok: @CadenaNoticias | Telegram: https://t.me/GrupoCadenaResumen |



SAT alerta a contribuyentes de correos y mensajes vía WhatsApp falsos

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), alertó a contribuyentes de correos electrónicos y WhatsApp falsos a nombre de la institución.

Informó que se han registrado correos electrónicos con dominios que se hacen pasar por el SAT. 

También se han detectado perfiles falsos de redes sociales, entre ellos, WhatsApp, pero el SAT no cuenta con servicio de esa red social, advirtió.

Recordó que el Buzón Tributario es el medio por el cual el SAT envía al contribuyente información específica y particular, y pueden ser hasta cinco correos electrónicos.

De ahí la importancia de habilitarlo y actualizar los medios de contacto que puede ser un número de celular, enfatizó.

Denuncias

En caso de que un contribuyente reciba un correo de una cuenta sospechosa, el SAT exhortó a los contribuyentes a reportarlo en denuncias@sat.gob.mx o bien, ingresar al Buscador de correos apócrifos en el siguiente enlace:

http://omawww.sat.gob.mx/gobmx/Paginas/buscadorcorreosapocrifos/buscador.html

Con esta herramienta, el SAT elabora un registro con la información de ese tipo de sitios falsos para monitorear las denuncias de los causantes cuando reciben correos o información engañosa a nombre de la institución.

Canales oficiales

Los medios de comunicación oficiales del SAT a través de los cuales se dan a conocer trámites, servicios, temas relevantes y se resuelven dudas, los cuales se encuentran verificados son los siguientes:

° Portal del SAT: sat.gob.mx

° Redes sociales:

° Facebook: SAT México: https://www.facebook.com/satmexico

° Twitter: SATMX: https://twitter.com/SATMX

° Instagram: satmx: https://www.instagram.com/satmx/?hl=es

° YouTube: Servicio de Administración Tributaria:

https://www.youtube.com/user/satmx

Para identificar que el servicio de mensaje corto conocido como SMS es oficial, recomendó verificar que no aparezca un número telefónico, solo debe mostrarse el nombre de SAT como contacto y contiene solo información genérica.

Cuando el contribuyente recibe un correo electrónico a nombre del órgano recaudador de impuestos, dijo que debe observar que la dirección termine así: @sat.gob.mx; a través de este medio solo se envía información genérica, indicó.



SAT: Se acaba el tiempo para pedir el saldo a favor 2022

Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Ya queda poco tiempo para que puedas solicitar tu saldo a favor al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Se trata de la devolución derivada de la declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2022 y se puede pedir hasta el 31 de julio próximo.

Cuando tengas saldo a favor podrás solicitar las devoluciones que te correspondan. Esto ocurre cuando al efectuar el cálculo de tus impuestos, resulta que pagaste más de lo que debías, por lo que puedes solicitar ante el SAT que te sea devuelta la cantidad.

Para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual del ejercicio fiscal anterior, debes presentarla a más tardar el día 31 de julio.

Es un derecho que tiene el contribuyente y puede recibirla automáticamente; aplica para todas las personas físicas que hayan presentado declaración anual y que hayan resultado con un saldo a favor.

¿Cómo se presenta?

Al presentar la declaración anual de forma electrónica se debe señalar la opción de devolución de impuestos.

Si el saldo solicitado a devolver es igual o menor a 10 mil pesos se puede presentar la declaración con Contraseña.

Cuando el saldo es mayor a 10 mil pesos y no excede de 150 mil pesos, se podrá presentar la declaración anual con Contraseña, siempre y cuando se indique una cuenta CLABE de banco activa a 18 dígitos ya precargada en el aplicativo, misma que deberá estar a nombre del contribuyente.

En caso de capturar una cuenta CLABE distinta a las precargadas, hay que presentar la declaración utilizando la e.firma o la e.firma portable.

Pero si el saldo a favor de la declaración anual excede de los 150 mil pesos, no aplica la facilidad de solicitar la devolución en forma automática; es otro procedimiento porque hay que solicitar la devolución del saldo a favor a través del Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadena_noticias | TikTok: @CadenaNoticias | Telegram: https://t.me/GrupoCadenaResumen |



SAT se va de vacaciones del 18 al 29 de julio. ¿Qué pasará con las citas?

El periodo general de vacaciones para el presente ejercicio fiscal será durante esos días

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

A partir de este lunes 18 de julio y hasta el 29 de julio del 2022, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) cerrará las puertas de atención a contribuyentes en sus oficinas.

De acuerdo con la segunda versión anticipada de la quinta resolución de modificaciones a la Resolución de Miscelánea Fiscal 2022, el primer periodo general de vacaciones para el presente ejercicio fiscal será durante esos días.

En el calendario fiscal se marcó esa fecha como días inhábiles del 18 al 29 de julio del 2022 para trámites fiscales presenciales.

“Para el cómputo de plazos y términos fijados en días, se adiciona como primer periodo general de vacaciones del SAT, el comprendido del 18 al 29 de julio de 2022”, estableció.

Es decir que durante esos días no se computan para términos legales correspondientes en los actos, trámites y procedimientos que se sustanciarán en las unidades administrativas del SAT para efectos fiscales.

Si bien estarán cerradas las oficinas del SAT por el periodo vacacional, los contribuyentes podrán hacer diversos trámites en línea en el portal del SAT como: cambio de domicilio fiscal, actualización de actividades económicas, suspensión de actividades y generación y actualización de contraseña entre otros.

Para el caso de cambio de domicilio, los contribuyentes que cuenten con e.firma podrán realizar dicho trámite a través del Portal del SAT sin presentar comprobante de domicilio, según dio a conocer el órgano recaudador de impuestos en las nuevas facilidades para simplificar trámites.

En los demás casos, los contribuyentes podrán presentar o concluir el referido trámite en las oficinas del SAT, con previa cita.

Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadena_noticias | TikTok: @CadenaNoticias | Telegram: https://t.me/GrupoCadenaResumen |



Da prórroga SAT a contribuyentes

En 5 trámites los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre del 2022 para cumplir

Compartir en:

Cadena Noticias - César Esparza Ramón,  Ensenada, Baja California, Mexico, 

Con el propósito de ofrecer facilidades a contribuyentes en todo el país, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que habrá una prórroga hasta el último día de diciembre de este año para cumplir con diversos trámites.

En un comunicado la dependencia federal enlisto:

1.- Cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022.

2.- El uso de la factura electrónica 3.3 ya que la obligatoriedad de la versión 4.0 será a partir del primero de enero de 2023.

3.- Los contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza podrán expedir sus facturas electrónicas con Factura fácil y Mi Nómina a través de Mis cuentas sin la necesidad de contar con el certificado de la firma electrónica (e.firma) o de un Certificado de Sello Digital hasta la fecha señalada.

4.- Las personal físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza deberán contar con su firma electrónica (e.firma) activa a más tardar el 31 de diciembre de 2022.

5.- Se extiende la prórroga para aquellos contribuyentes que no hayan habilitado su Buzón Tributario o registrado o actualizado sus medios de contacto, a efecto de que durante dicho periodo no les sea aplicable una multa.

Explicaron que para el caso de la obligatoriedad de la factura electrónica 4.0 y la cancelación de facturas electrónicas de ejercicios fiscales anteriores a 2022, se pretende que los contribuyentes tengan un mayor periodo de adaptación para recibir, emitir o cancelar facturas.

Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadena_noticias | TikTok: @CadenaNoticias | Telegram: https://t.me/GrupoCadenaResumen |