SAT estatal mejorará finanzas públicas
El Pleno de la Vigésima Tercera Legislatura local aprobó con 16 votos a favor, 8 en contra y una abstención el dictamen 53 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, mismo que contiene una iniciativa planteada por el Poder Ejecutivo, mediante la cual se crea la Ley del Servicio de Administración Tributaria del Estado de Baja California.
Dicha ley, con la cual no se crea impuesto alguno, ni nuevas cargas tributarias de ninguna especie, tiene por objeto establecer la naturaleza jurídica, atribuciones, facultades, objetivos, obligaciones y responsabilidades, así como las bases para la conformación y funcionamiento de un órgano de administración tributaria al que se denominará “Servicio de Administración Tributaria de Baja California” (SATBC).
El SATBC será un órgano desconcentrado, dependiente de la Secretaría de Hacienda del Estado, con carácter de autoridad fiscal y con las atribuciones, facultades, obligaciones y responsabilidades que se establecen en la presente ley y en el reglamento del propio organismo. Asimismo, como parte de la administración pública estatal, gozará de autonomía para diseñar e implementar su propia política operativa, y tendrá independencia en la determinación y resolución de los asuntos de su competencia.
El Poder Ejecutivo argumentó que con este nuevo órgano desconcentrado, el Estado contará con una administración tributaria moderna que contribuya al fortalecimiento de las finanzas públicas, y a su vez competitiva con los modernos estándares de tributación, necesarias para retomar la senda de crecimiento económico y el mejoramiento del nivel de vida de las familias bajacalifornianas.
La nueva ley consta de 3 títulos, 40 artículos y 15 transitorios. El título primero, denominado “Del Servicio de Administración Tributaria de Baja California”, establece que la ley es de orden público y de observancia general que tiene por objeto normar la organización y funcionamiento de este órgano desconcentrado, establecer sus facultades y atribuciones y generar información para el diseño, construcción y evaluación de la política tributaria del Estado.
En el título segundo, denominado “De la Organización y Funcionamiento del Servicio de Administración Tributaria de Baja California, se dispone que para un debido funcionamiento de este órgano desconcentrado, contará en su estructura organizacional con una Junta de Gobierno, Director General del Servicio de Administración Tributaria de Baja California, y directores de área y oficinas foráneas.
Por último, el título tercero denominado “De la Evaluación del Desempeño e Informes del Servicio de Administración Tributaria de Baja California”, señala que elaborará programas presupuestarios de administración tributaria que sustente la planeación de la política hacendaria y el programa anual de mejora continua; además, proporcionará la información que requiera la Secretaría de Hacienda del Estado.
El dictamen, leído por el presidente de la Comisión de Gobernación, diputado Juan Manuel Molina García, señala en el transitorio primero que esta ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado, y en el transitorio noveno se establece lo siguiente:
“El Gobernador del Estado dispondrá lo conducente para que, través de la Secretaría de Hacienda del Estado de Baja California, en el ámbito de sus respectivas competencias, se lleve a cabo la reasignación de los recursos humanos, los bienes muebles e inmuebles, tecnológicos, materiales, presupuestales y financieros, así como los archivos y expedientes y demás documentos y objetos, que se encuentren en las unidades administrativas que realizaban las funciones que la Ley asigna al SAT BC y que pasen a formar parte de este órgano.
La reasignación de los recursos humanos, archivos y expedientes, deberá ser completada a más tardar a los 30 días naturales siguientes de la entrada en vigor de esta Ley; en tanto se concluye en su totalidad el proceso de reasignación el SAT BC utilizará los bienes muebles, inmuebles, tecnológicos, materiales y financieros que se venían utilizando en cada unidad administrativa que realizaban funciones similares en la Secretaría de Hacienda del Estado de Baja California”.