Atenderá Secretaría del Trabajo a quienes no reciban a tiempo su aguinaldo

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

Trabajadores que no perciban su aguinaldo antes del 20 de diciembre, que es la fecha límite establecida por ley, podrán acercarse a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en Plaza Patria, donde serán asesorados sobre el tema.  

El titular de la STPS, Sergio Moctezuma Martínez López, señaló que podrán ser atendidos los días del 21 al 23 de diciembre, a partir de las 9:00 horas donde serán recibidos por el secretario y dos procuradores.

“ En mi calidad de Secretario del Trabajo, invitó a los empleadores a destinar el pago de esta importante prestación que es un derecho que le corresponde al trabajador”, dijo Moctezuma López.

El funcionario explicó que los trabajadores tienen derecho a percibir lo equivalente a 15 días de salario; los que no han laborado durante todo el periodo del año, tienen derecho a percibir la parte proporcional, “la manera de calcular es dividir los 15 días entre los 365 días del año, la cantidad resultante se tiene que multiplicar por los días trabajados”, dijo el secretario.

Recalcó que la fecha límite para recibir el aguinaldo es el día 20 de diciembre, en caso de no percibirlo, el día inmediato posterior, el trabajador se tiene que acercar a la STPS, para girar un citatorio al empleador, en el que se le invitará a que cumpla con la obligación, y de esta manera, se pueda acceder a este derecho que la Ley Federal del Trabajo concede.

Sergio Moctezuma, puntualizó que, como alternativa, en caso que el empleador incumpla con el pago del aguinaldo, será enviado a la Dirección de Inspección del Trabajo para practicar una inspección extraordinaria, y el empleador pueda ser acreedor a una sanción económica, que va de 50 hasta 5 mil UMAS, es decir, de 4 mil 344 hasta 424 mil 400 pesos.





Además de aguinaldo: ¿qué otros pagos se realizan en diciembre?

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas a lo largo del año debido a su dinero extra al salario y otros ingresos mensuales, pero hay otros pagos que se realizan a final de año y te decimos aquí cuáles son.

Los trabajadores formales tienen derecho a diversas prestaciones laborales, ya sean conforme a lo que establezca la ley o hay empresas que las ofrecen superiores. Por ello enlistamos otras opciones.

El aguinaldo, pago estrella de fin de año

El aguinaldo se paga en las última semanas del año, aunque en algunos casos se puede llegar a un acuerdo para dividir el pago y recibir una parte a principios del año siguiente para que la cuesta de enero no afecte las finanzas de las personas.

De acuerdo con el artículo 101 de la LFT, esta prestaión no se puede pagar en especie. Esto quiere decir que el aguinaldo deberá pagarse con la moneda legal, y no se puede sustituir por mercancías.

¿Qué otros pagos se realizan en diciembre?

Caja de ahorro

La caja de ahorro consiste en una prestación donde las y los empleados establecen un monto especifico de su salario que será “dado” a la caja de ahorro cada que llegue su pago, ya sea quincenal, decenal o como sea el caso.

La empresa aporta cierto porcentaje del monto que el empleado decida dar, así al final del año, cuando se entregue esta prestación, el empleado tendrá un porcentaje más de lo que estuvo ahorrando durante el año.

Si dentro de las prestaciones que tienes por parte de la empresa donde laboras está la caja de ahorro, debes saber que bajo este concepto, el SAT no puede quitarte ninguna cantidad de esta prestación, esto de acuerdo con el artículo 149 de las disposiciones fiscales.

Bonos navideños

Los bonos navideños son una forma tradicional de recompensar a los empleados por su trabajo y dedicación a lo largo del año. A menudo se entregan en efectivo, cheques o tarjetas regalo durante la temporada navideña. Estos bonos pueden variar en tamaño y forma, pero su propósito es siempre el mismo: mostrar aprecio y gratitud a los colaboradores por su esfuerzo y gran trabajo.

Calcular la cantidad adecuada para los bonos navideños no es algo tan sencillo, se deben considerar factores como el rendimiento del empleado, su antigüedad, el presupuesto de la empresa y otros incentivos que ya se ofrezcan. 

Pago doble

Los días de descanso obligatorio se encuentran señalados en el artículo 74 de la LFT. En diciembre los festivos que destaca dicho apartado de la norma son:

  • El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • El 25 de diciembre

Cabe destacar que este año no se llevó a cabo la toma de poder del Ejecutivo Federal, esa se realizará hasta 2024 y cambiará de fecha, por una actualización en la Carta Magna. 

Tal y como lo marca el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo: en casos de que se acuerde entre las y los trabajadores y las y los patrones que quedarán obligados a prestar los servicios, les tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado.

Prima vacacional

Tu patrón debe pagarte el salario ordinario que corresponda a los días del periodo vacacional disfrutado. Por prima vacacional el 25 por ciento del monto percibido por el periodo de vacaciones.

Es decir, para saber cuánto te corresponde de prima vacacional, sólo debes multiplicar tu salario diario, por los días de vacaciones que te corresponden y el resultado multiplicarlo por 0.25 por ciento (qué es lo mínimo marcado por ley) y el total será lo que te corresponde.

La prima vacacional se paga una vez que el trabajador toma sus vacaciones o cumple un año de labor, por ello, si tomaste vacaciones en este periodo o cumples un año laborando en la empresa, deben pagarte.

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Propone Partido Verde en el Senado duplicar de 15 a 30 días aguinaldo

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La bancada del PVEM en el Senado presentó una iniciativa de reforma que plantea duplicar de 15 a 30 días el aguinaldo que reciben los casi 60 millones de trabajadores del país.

En la Gaceta Parlamentaria se publicó la iniciativa de los senadores Gabriela Benavides Cobos, Alejandra Lagunes Soto Ruiz y María Graciela Gaitán Díaz, propusieron reformar el párrafo primero del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo en Materia de Aguinaldo Digno.

Destacaron que en México se trabajan 2,137 horas promedio al año, es decir, casi el doble del promedio estimado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), convirtiéndose nuestro país en uno de los que mayores horas trabajan a nivel mundial.

Argumentaron que el duplicar al aguinaldo permitirá la fluidez de la economía nacional, ya que debe recordarse que la fecha en que se ejecuta este derecho laboral se da durante meses en el que las familias mexicanas mayor consumen, haciendo gastos necesarios y complementarios para satisfacer sus necesidades.

Los senadores del PVEM expusieron que esta reforma contribuirá a la política financiera para hacer frente a las desigualdades salariales que desde inicio del año en curso se han aplicado al incremento salarial del 20 por ciento por parte del Ejecutivo Federal.

"Aguinaldo es un derecho"

Indican que el aguinaldo es un derecho que se constituye como un agradecimiento por la prestación de un servicio durante un año laboral, que debe ponerse en perspectiva con la población que trabaja bajo un salario mínimo y, que a su vez el salario mínimo apenas alcanza para sufragar la canasta básica.

Avalar esta reforma para duplicar a 30 días es solo un acto de humanidad, que tiene que pensarse debe servir para unificar a la familia, para hacer feliz a los menores de edad y para celebrar el término de un ciclo e iniciar de una forma próspera un año nuevo que consigo traerá un incremento de productos y la acumulación por pagos de bienes y servicios.

Señalan que Argentina, Bolivia, Costa Rica, China, Ecuador y Guatemala, son tan solo algunas de las naciones que establecen el aguinaldo en un valor equivalente a por lo menos 30 días de salario o bien a la doceava parte de la remuneración percibida durante el año laboral.

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¿Cuánto tiempo tienes para reclamar el pago de tu aguinaldo?

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El aguinaldo es una prestación laboral anual y un derecho irrenunciable de los trabajadores que no distingue rama ni nivel jerárquico; aquí te contamos en qué fecha se debe pagar.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación. Además, los trabajadores no necesitan haber trabajado el año completo, ni estar laborando en la fecha de su pago, es decir, que tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, de acuerdo al tiempo que laboraron en el año.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este”, se lee en el artículo.

Mientras que el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna”.

¿Qué plazo tiene un trabajador para reclamar el pago del aguinaldo?

Un año a partir del 20 de diciembre, en caso de que esta prestación no les sea cubierta o se les pague de forma incompleta.

¿Qué sanciones se le aplicará al patrón que no pague el aguinaldo?

Los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa que va de los 50 a los 5000 salarios mínimos.



Banxico te dice cómo sacarle mayor provecho a tu aguinaldo

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Cada vez está más cerca la fecha límite que marca la ley para que los trabajadores reciban su aguinaldo.

Según la Ley Federal de Trabajo esta prestación obligatoria la deben entregar los patrones a sus trabajadores antes del 20 de diciembre.

Algunos ya lo recibieron, pero otros más, todavía están a la espera.

Por eso, Banco de México (Banxico) como parte de su sección de Educación Financiera, recordó que ya viene el aguinaldo, y propuso algunas sugerencias para sacarle el mayor provecho.

En una infografía a propósito del tema, pone de manifiesto que cuando diciembre llega, muchas personas ya saborean de forma anticipada el aguinaldo.

“Y es que…. qué bien cae un ingreso extra en estas fechas, sobre todo cuando hay deudas y tantos regalitos que comprar”, dice en la ilustración.

Pero advierte que antes de “salir corriendo a gastarlo todo” hay que detenernos y evaluar las opciones.

 Algunas recomendaciones

A través de su sección Banxico Educa el banco central pone a consideración del público algunas sugerencias como:

1.- Aprovecha para pagar algunas deudas. Empieza por las más caras.

2.- Quizás es un buen momento para abrir una cuenta en CetesDirecto y empezar a ahorrar.

3.- Protege tú patrimonio: mejora tú casa.

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¿En qué fecha se paga el aguinaldo 2022? Cómo se calcula y lo que debes saber

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El aguinaldo es una prestación laboral anual y un derecho irrenunciable de los trabajadores que no distingue rama ni nivel jerárquico; aquí te contamos en qué fecha se debe pagar.

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), todos los trabajadores, sin excepción, tienen derecho a esta prestación. Además, los trabajadores no necesitan haber trabajado el año completo, ni estar laborando en la fecha de su pago, es decir, que tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo, de acuerdo al tiempo que laboraron en el año.

Esta prestación, se encuentra establecida tanto en la Ley Federal del Trabajo como en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México.


¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”.

“Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”, se lee en el artículo.

Mientras que el artículo 42 Bis de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado en México establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que estará comprendido en el Presupuesto de Egresos, el cual deberá pagarse en un 50% antes del 15 de diciembre y el otro 50% a más tardar el 15 de enero, y que será equivalente a 40 días del salario, cuando menos, sin deducción alguna”.

Cabe mencionar que la Ley Federal del Trabajo concede a los trabajadores un año para reclamar el pago del aguinaldo, contado a partir del día siguiente a la fecha en que esa obligación sea exigible al patrón, siempre que esta prestación no les sea cubierta o se haya pagado en forma incorrecta.

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