TEJA cita a funcionario de Tijuana por desacato

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

El funcionario ha ignorado la solicitud para el levantamiento de sellos de clausura de una empresa.

El Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Baja California, por sus siglas TEJA, citó al titular de la Dirección De Administración Urbana del Ayuntamiento de Tijuana, Oscar Alejandro González Lozano, para justificar sus acciones y subsecuentemente acatar una orden judicial y evitar una multa por una decisión personal que frena la apertura del mercado de comercialización de gas.

 El funcionario ha ignorado la orden del levantamiento de los sellos de clausura de un establecimiento, lo que está retrasando que un particular obtenga la documentación de terminación de obra para nuevas empresas. 

El Primer Secretario de Acuerdos de la Sala Auxiliar del TEJA, Alberto Valdez, refirió que en este caso de incumplimiento, las sanciones son impuestas directamente al servidor público y no a la dependencia que representa. 


En septiembre pasado, el Tribunal solicitó a la autoridad municipal expedir la constancia de terminación de obra y consecuentemente la liberación de las licencias de operación.

El representante legal de Blue Propane, Allan Jaramillo Pérez, explicó que en estos acuerdos complementarios se señalan las medidas de apremio y un requerimiento a que el Ayuntamiento acate lo que dispone la suspensión provisional “y le señala que en caso de incumplimiento aplicará una multa, arresto o subsecuentemente la destitución”. 

Lo anterior, refirió Jaramillo Pérez, en el entendido de que hay antecedente por parte del Ayuntamiento en el desacato sobre la suspensión provisional otorgada en su momento. 

“Debido a eso el Tribunal previniendo que ocurra lo mismo, hace sabedor al Ayuntamiento de los medios de apremio que se aplicarían si ocurre un desacato”. 

Las estaciones en las que surte efecto el mencionado resolutivo son las que tienen por ubicación las colonias Baja Maq El Águila, Loma Dorada, El Tecolote, Poblado Ejido Francisco Villa y Ejido Mariano.

Información de El Financiero





De última hora: nombran a magistrada numeraria del TSJE

Nombran a Leonor Garza Chávez por un periodo de seis años

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Cadena Noticias,  Mexicali, Baja California, Mexico, 

Este día la Asamblea Legislativa de Baja California aprobó mediante mayoría calificada un dictamen de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, que preside el Diputado Juan Manuel Molina García, referente a la designación de la ciudadana a Leonor Garza Chávez, como magistrada numeraria del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE).

En la misma sesión ordinaria, le fue tomada la protesta de Ley correspondiente por la titular de la Mesa Directiva del Congreso local, Diputado Alejandra Ang Hernández.

Dijo que el nombramiento de la ciudadana Leonor Garza Chávez es por un periodo de seis años.

Por su parte el Diputado Molina García, Presidente de la Comisión Legislativa enunció que los aspirantes a magistrado numerario del Poder Judicial del Estado, que cumplen con los requisitos de elegibilidad e idoneidad para ocupar el referido cargo son: Avelar Armendáriz Salvador; Tamayo Camacho Humberto; Tafolla González Cenaida; Morones Pichardo Juan Salvador.

Así como Fernández Ruiz De Chávez Víctor Manuel; Castro Valenzuela José Manuel; Flores Ruiz Jorge Osbaldo; Hernández García Pedro Galaf; Aceves Salazar Gerardo; Molina Morales María De Lourdes; Garza Chávez Leonor; Chávez Hoyos Jesús Antonio; Álvarez Fuentes Ruth Esperanza; Ortega Veiga Juan Carlos Constantino; Orozco Guillen Gustavo; Hernández Haro Patricia y Cortez Peña Héctor Antonio.

Asimismo refirió que el propósito del presente documento es regularizar el procedimiento de nombramiento de una Magistratura Numeraria del TSJE, en la vacante del Magistrado Víctor Manuel Vázquez Fernández.

En sesión ordinaria realizada en el Salón de sesiones “Benito Juárez García “del edificio del Poder Legislativo del Estado de Baja California.

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Tribunal mantiene multa al Partido Verde y a influencers por elecciones del 2021

Los influencers con las multas más altas son Gabriel Soto, Barbara del Regil y Laura G

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el Partido Verde y los influencers que lo promocionaron en redes sociales durante las elecciones de 2021 violaron la veda electoral, por lo que deberán pagar multas de hasta 133 mil pesos.

Además, se confirma la multa al Partido Verde por 118 millones de pesos por la campaña con la que violaron la veda.

“Se concluye que los mensajes coinciden y las propuestas contenidas en la plataforma del partido son corcondantes con el contenido del guion, con lo cual se desvirtúa la presunción de espontaneidad”, señala el proyecto.

Sin embargo, el proyecto revoca las medidas reparatorias consistentes en que los influencers tomen un curso sobre equidad en las contiendas y emitir un mensaje por 30 días en sus redes informando que violaron la veda, al considerar que la multa económica es suficiente.

Durante el 5 y 6 de junio, 76 influencers expresaron su apoyo al Partido Verde en sus redes sociales personales, e incluso hicieron un llamado al voto en las elecciones en las que se renovaron 15 gubernaturas y la conformación de la Cámara de Diputados.

Los influencers con las multas más altas son el actor Gabriel Soto, con 133 mil pesos; Bárbara del Regil, 86 mil y Laura G, 50 mil 640 pesos.

Por su parte, el magistrado José Luis Vargas cuestionó la reincidencia del Partido Verde planteada en el proyecto, aludiendo a un hecho similar ocurrido en 2015, argumentando que se trató que el Partido “no se ajustó a los cauces legales por no deslindarse de las conductas de terceros”, mas no a la violación de la veda.

“Me parece que cualquier conducta análoga podría servir para actualizar la reincidencia, lo que implicaría el riesgo de que por analogía, impongamos sanciones gravosas y desproporcionadas”, apuntó.

En respuesta, el magistrado Indalfer Infante aclaró que la Sala Especializada ya se pronunció sobre la reincidencia del Partido Verde en esta conducta, al señalar que tanto en 2015 como en 2021 se violó la veda electoral.

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Tribunal ordena arresto domiciliario del presidente de Colombia, Iván Duque

La sanción tiene que ver con que Duque habría incumplido un fallo de la Corte Suprema

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El Universal,  Colombia, Bogotá D.C., 

En una decisión polémica, un Tribunal Superior ordenó el arresto domiciliario del presidente de Colombia, Iván Duque, por un supuesto desacato a una tutela de la Corte Suprema de Justicia.

La sanción tiene que ver con que el primer mandatario habría incumplido un fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró el Parque Nacional de los Nevados como sujeto de derechos.

Ese reconocimiento de la Corte, que se hizo en un fallo de tutela, le había dado varias órdenes a la Presidencia y otras autoridades al considerar que el ecosistema, como sujeto de derechos, tiene derecho a que se proteja su vida, su salud y su ambiente sano. Así, estableció que su representante legal es el presidente de la República, Iván Duque.

Por eso, el alto tribunal le había ordenado al Presidente de la República, a Parques Naturales, a los departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima, entre otras instituciones, que elaboren un plan conjunto para recuperar, mantener, y conservar el Parque Nacional de los Nevados, política que debe elaborar una estrategia para sanear estas tierras de las actividades ganaderas, de agricultura, entre otras prácticas que generan daño en este lugar y que deben ser erradicadas en la zona.

Expertos consultados señalaron que la decisión del Tribunal resultaría inviable por varios factores fundamentales: primero, porque el fuero del Presidente de la República es absoluto, y cualquier acción en su contra debería ser remitida a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, bien por asuntos penales o administrativos.

Segundo, porque una orden de tales alcances sobre un jefe de Estado solo podría tener discusión en una alta corte y no en un tribunal superior.

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Tribunal rechaza que SCJN estudie caso de Mario Aburto contra su sentencia

La defensa puede intentar que algún ministro del tribunal haga suya la petición de atracción

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no estudiará por el momento el amparo que interpuso el magnicida Mario Aburto, sentenciado a 45 años de prisión por el asesinato del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio, porque un Tribunal Colegiado determinó que no compete al Alto Tribunal analizar el caso, por no existir cuestiones de constitucionalidad. 

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal en el Estado de México señaló que este órgano colegiado será el que resuelva el amparo donde el homicida asegura que fue torturado para declararse culpable del crimen. 

“Este Tribunal Colegiado es legalmente competente para conocer y resolver el amparo directo que se atiende, asimismo, que del estudio preliminar del asunto que se atiende, no se aprecia que se hayan impugnado normas generales por estimarlas inconstitucionales, ni se realizó la interpretación directa de un precepto constitucional”, puntualizó. 

La defensa de Mario Aburto aún puede intentar que algún ministro de la Corte haga suya la petición de atracción para resolver el caso, debido a la trascendencia del asunto. 

En caso de no ocurrir y si los magistrados ratifican la sentencia, Aburto solo tendrá una oportunidad para impugnarla, a través de un amparo directo en revisión, mismo que tendrá que llegar a la Corte. 

Los defensores públicos de Mario Aburto, así como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguran que el magnicida y su familia fueron torturados para que se declarara culpable. 

Mario Aburto está interno en el Centro Federal de Readaptación Social 12 de Guanajuato por el delito de homicidio calificado con premeditación y alevosía, y por portación de arma de fuego sin licencia. 

El 26 de octubre pasado, la CNDH emitió la Recomendación 48VG/2021 a la Fiscalía General de la República (FGR) y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social, por haberse acreditado actos de tortura. 

El organismo integró documentos, peritajes y testimonios obviados o eliminados de la investigación oficial como el testimonio de Aburto y partes de una entrevista hecha a él por personal de la CNDH, el 12 de abril de 1994. 

La CNDH señaló que se desacreditaron o minimizaron testimonios de testigos de la tortura de Aburto, incluso de quienes participaron en ella y así lo declararon a las autoridades y se sesgó la información contenida en los diversos exámenes médicos que se le practicaron entre el momento de su detención en la Delegación de la PGR en Tijuana, Baja California, y su ingreso al entonces penal de máxima seguridad de Almoloya de Juárez (hoy Altiplano), en el Estado de México. 

Luis Donaldo Colosio fue asesinado el 23 de marzo de 1994, en la colonia Lomas Taurinas, en Tijuana, al término de un mitin, cuando se dirigía a su camioneta. 

Mario Aburto, quien ese entonces tenía 22 años de edad, fue detenido por la gente que rodeaba al político originario de Magdalena de Kino, Sonora. En 1995, Aburto fue sentenciado a 50 años de prisión. Sin embargo, apeló y 2004 se fijó una sentencia de 45 años de cárcel. 

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Tribunal rechaza pruebas de CNDH a favor de Mario Aburto

Los abogados presentaron un juicio de garantías en contra de la sentencia de 45 años

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Las pruebas ofrecidas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre actos de tortura contra Mario Aburto, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, para impugnar su sentencia de 45 años, fueron rechazadas por un Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, durante un juicio de garantías. 

La CNDH realizó diversas manifestaciones de posibles inconsistencias en el caso, que podrían considerarse para la resolución del expediente, con el fin de esclarecer los hechos. 

“No se admitirán ni se tomarán en consideración las pruebas que no se hayan rendido ante dicha autoridad para comprobar los hechos que motivaron o fueron objeto de la resolución reclamada", argumentan los magistrados ante la resolución de las pruebas presentadas por la Comisión de Nacional de Derechos Humanos. 

Mario Aburto fue torturado desde su detención, al igual que miembros de su familia, para que se declarara culpable del crimen, aseguró la CNDH. 

Sin mencionar el nombre del familiar, ya que está protegido por la ley, se informó que autoridades, responsables de la investigación y la propia comisión, sabían de la tortura contra ambos, no obstante, minimizaron ello para sostener la versión oficial del “asesino solitario”. 

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