Niegan de nuevo Carta de Residencia a Julián Leyzaola

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Cadena Noticias,  Mexico, Baja California, Tijuana, 

De nueva cuenta la Secretaría General de gobierno municipal, encabezada por Carlos Mora Álvarez, negó la entrega de documentación solicitada a nombre de Julián Leyzaola Pérez, con el fin de completar la carpeta de registro al Instituto Estatal Electoral como candidato a la alcaldía de Tijuana.


La solicitud fue realizada por el presidente del partido encuentro solidario, Alfredo Ferreiro, el suplente candidato de julian y Saul en la fórmula, Héctor Cruz Aparicio y la apoderada legal de julian y Zavala Pérez, Refugio de la Luz alvarado Sánchez.


A palacio municipal se presentaron con el objeto de solicitar de nueva cuenta la carta de residencia del hoy candidato a presidente municipal de Tijuana además que los solicitantes refirieron que deben dar cumplimiento al oficio IEEBC/CGE/1556/2021 con el fin de completar el expediente de registro del mencionado candidato.


Acudieron en primera instancia al departamento de correspondencia del 23er Ayuntamiento de Tijuana para presentar la solicitud sin embargo el personal de la oficina se negó a recibir el documento pues este debería ser presentado ante la oficina de la Secretaría General de Gobierno.


Una vez acudiendo a esta última oficina mencionada, el titular, Carlos Mora Álvarez se negó a revivir la solicitud pese a contar con una carta poder para los fines de pleitos cobranzas y actos de administración y la cual se encuentra notariada.


Los documentos que solicitaron era copia de la carta de residencia del señor Julián Isabella Pérez, expedida en el año 2019 por el 22º ayuntamiento de Tijuana, con la que se acredita la residencia delante citado por los últimos 10 años a esa fecha.


Además requirieron copia de la constancia de registro como candidato a la presidencia municipal de Tijuana en las elecciones celebradas en junio de 2019.


En la solicitud entregada a Carlos Mora Álvarez refieren los apoderados legales que no se requiere que el trámite sea personalísimo y aún cuando así lo fuera, no puede ir por encima de la jerarquía de las normas constitucionales y convencionalidad antes señalada por lo que la autoridad administrativa debe ejercer control difuso constitucional y convencional en favor de Julián Leyzaola.