Definición de Concejales de San Quintín no se tomó de acuerdo a capacidad
El diputado local Juan Manuel Molina refirió, explicó que para determinar a los dos Concejales faltantes en San Quintín, una vez tomada la protesta se definirían sus funciones, por lo que su selección fue política y no en funcion a capacidades o experiencia.
Recordó que en el Congreso se tenía el decreto 250 de la XXIII Legislatura pendiente de cumplimiento, y en este caso conforme a lo que marca la constitución y el régimen municipal se llegó a la conclusión que el mínimo de integrantes del Concejo Fundacional de San Quintín de acuerdo a su población, era de siete, incluyendo la figura de la Sindicatura.
Recordó que el Concejo Fundacional tiene exactamente las mismas funciones que un ayuntamiento, en donde su forma de gobierno es igual, únicamente es diferente su forma de elección.
Por ello, dijo, estamos cumpliendocon la ley y le pedimos a la gobernadora que enviara una propuesta, que finalmente estuvo integrada por dos mujeres y con ello la equidad de género en San Quintín está salvaguardada al haber 4 concejales mujer y 3 concejales varones.
Puntualizó que falta determinar las funciones que les serán asignadas a cada una de las concejales designadas.
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