SAT refuerza vigilancia sobre créditos fiscales en disputa
Los contribuyentes que mantienen créditos fiscales en disputa con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deben revisar si están obligados a garantizar el adeudo, pues presentar un medio de defensa no detiene automáticamente las acciones de cobro.
Así lo señaló el abogado fiscalista Jorge Alberto Pickett Corona, quien explicó que la garantía del interés fiscal puede proteger el adeudo mientras se resuelve la controversia y, cuando corresponde, permitir la suspensión del procedimiento de cobro.
“Impugnar un crédito fiscal no significa que quede cancelado ni que el SAT deje automáticamente de cobrarlo. Para suspender el procedimiento se deben cumplir los requisitos previstos en la legislación y, en su caso, garantizar el interés fiscal”, indicó.
Entre las alternativas para garantizar estos adeudos se encuentran la fianza, la carta de crédito, la prenda y la hipoteca. El mecanismo aplicable depende de cada caso y debe cumplir con los requisitos establecidos en las disposiciones fiscales.
Pickett Corona advirtió que desconocer los plazos o presentar una garantía de manera incorrecta puede generar complicaciones para personas físicas y empresas, incluso mientras se encuentra en curso la defensa del crédito.
Por ello, recomendó revisar oportunamente cada caso, determinar si existe la obligación de garantizar el adeudo y verificar que el mecanismo elegido cumpla con las condiciones necesarias. De esta manera, los contribuyentes pueden continuar con su estrategia de defensa y reducir el riesgo de enfrentar acciones de cobro durante el proceso.
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