Emite CNDH recomendación a IMSS por negar incapacidad por maternidad
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos emitió una recomendación al Instituto Mexicano del Seguro Social por la negativa a otorgar a siete mujeres el periodo completo de incapacidad por maternidad por haber tenido partos prematuros.
Consideró que ante las violaciones a los derechos humanos de las víctimas, se les debe reparar el daño mediante el pago del subsidio económico y el otorgamiento del descanso de 84 días correspondientes a la incapacidad por maternidad.
La CNDH señaló que el IMSS reduce de manera generalizada el periodo de incapacidad por maternidad cuando se trata de partos prematuros y que, para transferir las semanas de incapacidad del periodo prenatal al postnatal, también excluye a las mujeres cuyos bebés nacieron antes de las 34 semanas y sólo les concede 42 días de descanso en lugar de los 84 establecidos por ley que se otorgan a quienes concluyen sus embarazos en las fechas previstas por el propio Instituto.
"Se trata de restricciones ilegítimas al derecho a la seguridad social, en la modalidad de protección a la maternidad, mediante las cuales se violaron los derechos humanos a la seguridad jurídica y legalidad; a la igualdad y no discriminación, y a una vida libre de violencia de las agraviadas, que también trasgredieron el principio del interés superior de la niñez, contra sus ocho menores hijas e hijos".
En el caso de cuatro de las mujeres, el nacimiento ocurrió antes de las 34 semanas de gestación previstas para que inicie el periodo de incapacidad prenatal, por lo que el IMSS sólo les otorgó 42 días de incapacidad postparto, es decir, la mitad del periodo de descanso y recuperación al que tienen derecho.
A las otras tres mujeres aplicó esta reducción de la incapacidad porque el parto no coincidió con la fecha estimada por los médicos del IMSS o por haber proporcionado información insuficiente a las mujeres trabajadoras, lo que ocasionó que no acudieran a tiempo a solicitar la incapacidad por maternidad; y les redujo el periodo de incapacidad a una de ellas a 59, otra de 63 y la tercera de 42 días.
Por lo que el organismo nacional recomendó al IMSS promover una modificación a su normatividad para que garantice a todas las derechohabientes el otorgamiento de las 12 semanas de descanso, independientemente del número de semanas de gestación que hubieren transcurrido al momento del nacimiento; e incluso, "valorar la ampliación de dicho periodo hasta 14 semanas, en caso de que el producto de la gestación requiera atención médica hospitalaria o nazca con alguna discapacidad, como lo reconoce la Ley Federal del Trabajo en su artículo 170", agregó.