Otorgan primer freno a usuario contra padrón de celulares con datos biométricos

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro concedió la primera suspensión provisional contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) al considerar que la entrega de datos biométricos al gobierno federal puede no ser idónea para la persecución de delitos.

La medida únicamente beneficia al quejoso, Óscar González Abundis, quien solicitó el amparo contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con la que se obliga a los usuarios de telefonía celular a registrar sus líneas en el PANAUT para que no les sean canceladas por falta de registro.

En la suspensión provisional, pública en los estrados del Juzgado Segundo de Distrito en materia Administrativa especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el juez Gómez Fierro reconoció que la reforma persigue un fin constitucionalmente legítimo, como lo es facilitar la investigación y persecución de delitos.

“Recordemos que la finalidad del PANAUT es crear una base de datos con información de las personas que sean titulares de una línea telefónica móvil, para el intercambio de información con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, en asuntos relacionados con la comisión de delitos”, señala el acuerdo de suspensión provisional.

“De un análisis superficial -como el que implica analizar la apariencia del buen derecho- este juez de Distrito advierte que la medida consistente en la entrega de datos personales y biométricos para registrar una línea de telefonía móvil en el PANAUT, podría no ser idónea ni proporcional, ya que no se advierte una relación directa o causal entre la existencia de ese padrón y una mejor investigación y persecución de los delitos, es decir, el grado de realización del fin perseguido no necesariamente será mayor que la afectación a los derechos mencionados previamente”, añade.

En consecuencia, el quejoso no estará obligado, por ahora, a registrar su línea telefónica en el PANAUT y las autoridades no podrán cancelar su servicio por la falta de registro.

El juez citó para el próximo 27 de abril para realizar audiencia incidental en la que decidirá si concederá o no la suspensión definitiva.

El juez Gómez Fierro es el mismo que concedió el mes pasado las primeras suspensiones contra la reforma eléctrica de la actual administración.

A diferencia de la reforma para entregar datos biométricos al Gobierno federal, las suspensiones contra la reforma eléctrica tienen efectos generales; es decir, no sólo benefician a los quejosos.





Dan prórroga para registro de celulares en México; conoce las nuevas fechas

Compartir en:

Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) informó que el proceso de vinculación de líneas telefónicas continúa avanzando y, hasta el momento, ya se han asociado 63 millones de líneas móviles, de las cuales 40.2 millones corresponden a prepago y 22.8 millones a pospago.

La dependencia precisó que las líneas de pospago no requieren realizar un nuevo trámite, ya que desde su contratación se encuentran vinculadas a un titular. En cambio, los usuarios de prepago que aún no han realizado el procedimiento deberán hacerlo conforme al calendario establecido de acuerdo con el último dígito de su número telefónico.

El calendario de fechas límite quedó definido de la siguiente manera:

  • Último dígito 0: 15 de agosto
  • Último dígito 1: 31 de agosto
  • Último dígito 2: 15 de septiembre
  • Último dígito 3: 30 de septiembre
  • Último dígito 4: 15 de octubre
  • Último dígito 5: 31 de octubre
  • Último dígito 6: 15 de noviembre
  • Último dígito 7: 30 de noviembre
  • Último dígito 8: 15 de diciembre
  • Último dígito 9: 31 de diciembre

La CRT advirtió que, una vez vencido el plazo correspondiente a cada terminación, las compañías telefónicas suspenderán el servicio de las líneas que no hayan sido vinculadas en un periodo de 72 horas.

Durante la suspensión, los usuarios únicamente podrán realizar llamadas a números de emergencia, servicios de atención ciudadana y a su compañía telefónica, además de recibir alertas sísmicas. El servicio completo de llamadas, mensajes y datos móviles será restablecido una vez concluido el proceso de vinculación.

La Comisión aclaró que el trámite no es realizado por el Gobierno, sino directamente por las empresas de telefonía móvil, las cuales únicamente asociarán el nombre y la CURP del usuario al número telefónico, eliminando cualquier otro dato o imagen utilizada durante el registro.

Asimismo, recordó que, en caso de que una línea sea utilizada para la comisión de un delito, las autoridades competentes podrán solicitar la información correspondiente a las compañías telefónicas, siempre conforme a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Visita y accede a todo nuestro contenido | www.cadenanoticias.com | Twitter: @cadena_noticias | Facebook: @cadenanoticiasmx | Instagram: @cadenanoticiasmx | TikTok: @CadenaNoticias | Whatsapp: @CadenaNoticias | Telegram: @CadenaNoticias



BC, entidad piloto para Registro biométrico de población

Compartir en:

Cadena Noticias,  Baja California, Mexico, 

El Gobierno de México a través del Registro Nacional de Población (RENAPO), incluyó a Baja California como uno de los 4 estados donde se realizará un proyecto de diagnóstico previo a la Implementación del Sistema Nacional de Identidad Nacional.

 

El Secretario General de Gobierno, Amador Rodríguez Lozano, afirmó que este sistema consiste en el registro biométrico de las personas, tales como huellas dactilares, iris, y reconocimiento facial, lo cual estará integrado en la Clave Única de Registro de Población (CURP).

 

Rodríguez Lozano dijo que el argumento de el Gobierno de México para implementar este proyecto tiene varias vertientes, tales como la seguridad, el derecho a la identidad, así como la inclusión; por lo que el lunes personal de RENAPO estará en Mexicali en las instalaciones del Registro Civil Estatal para definir los criterios de implementación de este proyecto.

 

Este proyecto es muy importante porque por primera vez, un Presidente de México prioriza el derecho a la identidad, al igual que el Gobernador de Baja California quienes han impulsado este tema, tal y como sucedió con el convenio Federal con el Instituto Nacional de Migración (INAMI) al ponerles un módulo para atención que los connacionales repatriados mexicanos tengan su CURP y su identidad, comentó el Titular de la SGG.

 

Por su parte la Directora de Registro Civil del Estado, Paloma Alegría Murrieta, comentó que los cuatro estados que el Gobierno Federal eligió para arrancar esta prueba piloto son Quintana Roo, el Estado de México, Nuevo León y Baja California, y en nuestra entidad arrancará en Mexicali, posteriormente en Ensenada y luego en Tijuana.

 

Desde el momento de nacimiento, dijo la funcionaria, se busca garantizar la identidad de las personas, tener un libro de electrónico vincularlo biométricamente con la persona que lo identifique plenamente con fotografía, registro de iris sus ojos y huellas dactilares, así como todos sus datos.

Además, mencionó que esta es una etapa de diagnóstico y que una vez que sea evaluados los cuatro estados, se determinará si se aplica a nivel nacional, buscando que la CURP sea el identificador único y se logre la llamada unicidad de la persona.

 

Al final Alegría Murrieta mencionó que, para este fin, habrá equipo técnico para lograr capturar estos datos biométricos y complementarios, se contará con un ordenador, un escáner de huellas, un escáner de iris, un equipo para capturar firmas, una cámara fotográfica, un escáner de documentos, etc.



Ya entró en vigor el padrón de Telefonía Móvil ¿Qué pasará si no te registras?

Compartir en:

Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

Este sábado 17 de abril entraron en vigor las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), con las que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, el cual es una base de datos con información de los mexicanos titulares de cada línea telefónica móvil. El objetivo de este padrón es el de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia en asuntos relacionados con la comisión de delitos en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables, de acuerdo con la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Por tanto, a partir de ahora, el registro del número de una línea telefónica móvil en el padrón será obligatorio para el usuario, quien deberá proporcionar algunos datos personales para la activación del servicio. De no hacer este trámite, se les cancelará la prestación del servicio relacionado con la línea telefónica móvil de que se trate, sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna. 

¿Qué datos deberás proporcionar? 

Por cada línea de telefonía, es decir, por cada tarjeta SIM que poseas, el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil contendrá la siguiente información de su titular: Número de línea telefónica móvil. Fecha y hora de la activación de la línea telefónica móvil adquirida en la tarjeta SIM. 

Nombre completo o, en su caso, denominación o razón social del usuario. Nacionalidad. Número de identificación oficial con fotografía o Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea. Datos biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral, conforme a las disposiciones administrativas de carácter general que al efecto emita el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT). 

Domicilio del usuario. Datos del concesionario de telecomunicaciones o, en su caso, de los autorizados. Esquema de contratación de la línea telefónica móvil, ya sea pospago o prepago. Los avisos que actualicen la información a que se refiere este artículo. 

La información contenida en el padrón será confidencial y reservada en términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. 

¿Qué pasará si no te registras? 

Los concesionarios de telecomunicaciones, o en su caso, los autorizados, incurrirán en las infracciones siguientes al no registrar a los usuarios: 

  1. Efectuar extemporáneamente el registro de un número de línea telefónica móvil, excediendo los plazos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general. 
  2. No registrar un número de línea telefónica móvil. 
  3. No registrar las modificaciones o presentar los avisos que actualicen la información de un registro, a que se refiere el artículo 180 Ter de esta Ley. 
  4. Hacer uso indebido de las constancias, documentos y demás medios de identificación, relacionados con el registro de un número de línea telefónica móvil. 
  5. Alterar, omitir, simular o permitir registros o avisos en forma ilícita, registrar datos falsos, proporcionar información falsa o facilitar información a usuarios o terceros que no tengan derecho, acceder sin autorización a la información del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil o no denunciar alguna irregularidad teniendo la obligación de hacerlo. 
  6. Hacer uso de la información, documentos o comprobantes del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, para obtener un lucro indebido, directamente o por interpósita persona. 

El usuario titular del servicio que no reconozca como propio un número de línea telefónica móvil vinculado a su nombre o denominación social, podrá solicitar al IFT, al concesionario de telefonía, o en su caso, al autorizado, la actualización de la información correspondiente o su baja del padrón. 

Sin embargo, la baja de un número de línea telefónica móvil en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil no implicará la eliminación del registro correspondiente, el registro del número asociado a dicha persona se mantendrá por un plazo de seis meses. 

Por lo anterior, el IFT habilitará los mecanismos de consulta para que cualquier persona física o moral que acredite fehacientemente su personalidad pueda consultar únicamente los números telefónicos que le están asociados. 

¿Cuáles serán las multas y sanciones? 

Por consiguiente, a quien cometa las infracciones a que se refiere el artículo anterior, se le impondrán las multas siguientes, algunas por hasta más de un millón de pesos: 

  • De 20 a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, de $1,792.4 a $4,481 pesos, por incurrir en la infracción 1. 
  • De 500 a mil UMA, o sea, de $44,810 a $89,620 pesos, por las infracciones 2 y 3. 
  • De 2 mil a 4 mil UMA, de $179,240 a $358,480 pesos, por la infracción 4. 
  • De 10 mil a 15 mil UMA, de $896,200 a $1,344,300 pesos, por la infracción 5. 
  • De dos a tres veces el lucro indebido obtenido para la comprendida en la infracción 6.

¿Cuál es el plazo para registrarse? 

En el caso del registro de líneas telefónicas móviles, en cualquiera de sus modalidades, adquiridas con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados, contarán con un plazo de dos años a partir de su publicación para cumplir con las obligaciones de registro. 

Durante este plazo, el gobierno federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el IFT, así como las empresas de telecomunicaciones, deberán realizar una campaña de información dirigida a sus clientes, con la anticipación que les permita cumplir con su obligación de registrar y actualizar sus datos. 

Para tal efecto, los usuarios deberán presentar ante el concesionario, ya sea de forma física o de forma digital, la tarjeta SIM, así como la documentación anteriormente enlistada. 

También deberán ser informados de que, en caso de no realizar dicho trámite dentro del plazo señalado, se les cancelará la prestación del servicio relacionado con la línea telefónica móvil de que se trate, sin derecho a reactivación, pago o indemnización alguna. 

Transcurrido el plazo señalado para el registro de titulares o propietarios de las líneas telefónicas móviles, el IFT solicitará a los concesionarios la cancelación en forma inmediata de aquellas líneas de telefonía móvil, que no hayan sido identificadas o ·registradas por los usuarios o clientes. 

Para los nuevos usuarios de telefonía móvil, los concesionarios de telecomunicaciones deberán realizar el registro transcurrido el plazo de seis meses contados a partir de que el IFT emita las disposiciones administrativas de carácter general a las que se refiere el decreto.

¿Quiénes tendrán acceso a tus datos? 

De acuerdo con el decreto, las autoridades de seguridad de procuración y administración de justicia, que conforme a las atribuciones previstas en sus leyes aplicables cuenten con la facultad expresa para requerir al Instituto los datos del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, podrán acceder a la información correspondiente conforme a lo establecido en los artículos 189 y 190 de la LFTR y demás disposiciones relativas. 

¿Quién operará el padrón de telefonía? 

El IFT, el órgano autónomo encargado de regular el sector de las telecomunicaciones y radiocomunicación, llevará el Registro Público de Telecomunicaciones, el cual estará integrado por el Registro Público de Concesiones, el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil y el Sistema Nacional de Información de Infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley y las disposiciones aplicables que se emitan. 

Con forme a lo dispuesto, el IFT tendrá seis meses para instalar, operar, regular y mantener el padrón, con los recursos de su presupuesto aprobado en el presente ejercicio fiscal. 

En cambio, los concesionarios serán los responsables de cubrir sus costos de implementación, mantenimiento y operación, incluyendo los de conectividad a los servidores del padrón.



México la aprueba mientras Europa busca PROHIBIR la vigilancia biométrica

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Los datos biométricos nos definen como individuos. No es posible que te puedan confundir con alguien más si se toman, por ejemplo, tus huellas dactilares o tu iris, características que te hacen único. Es por lo que en los últimos años estos elementos se utilizan cada vez más para temas como firma de documentos oficiales o para ingresar a la información de tu cuenta bancaria. Sin embargo, también pueden ser mal utilizados y, por tratarse de información tan sensible, diputados del Parlamento Europeo instaron a prohibir el reconocimiento automatizado en lugares públicos ya que, dijeron, pone en riesgo los derechos humanos.


En una carta pública firmada por 40 diputados del Parlamento Europeo, exhortaron a la Comisión Europea a reforzar una propuesta legislativa para prohibir el uso del reconocimiento facial, así como la vigilancia biométrica, según se dio a conocer después de que se filtrara el proyecto de ley sobre Inteligencia Artificial.

Los funcionarios advirtieron que el uso de este tipo de tecnología pondría en riesgo los derechos humanos de las personas. Además, resaltaron que sería una práctica discriminatoria debido a que el sistema observa las características sensibles de las personas como género, sexualidad, etnia y discapacidad.


“Esto puede conducir a daños, incluyendo la violación de derechos a la privacidad y los datos de protección; suprimir la libertad de expresión; hacer más difícil exponer la corrupción; y tener un escalofriante efecto en la autonomía, la dignidad y la autoexpresión, en particular pueden dañar a las comunidades LGBTQI+, a las personas de color y a otros grupos discriminados”, señalaron los diputados en dicha carta.


Así, pidieron a la Comisión modificar la propuesta de IA para prohibir totalmente esta práctica con el fin de salvaguardar los derechos de los ciudadanos, sobre todo, los derechos de las comunidades que sufren un mayor riesgo de discriminación.


En contra de vigilancia masiva

Asimismo, los diputados resaltaron su preocupación en especial por el artículo 4, pues, aunque el proyecto señala que se prohíbe el uso de sistemas de inteligencia artificial para la vigilancia indiscriminada, consideraron que esto no quiere decir que ninguna persona saldría afectada, por lo que piden reformular este párrafo para abarcar toda la vigilancia masiva indiscriminada y no dirigida, sin importar cuántas personas estén expuestas al sistema.


Por otro lado, rechazaron enérgicamente el segundo párrafo del mismo artículo pues exime a las autoridades y actores privados que utilizan este tipo de inteligencia “con el fin de salvaguardar la seguridad”.


“La seguridad pública es precisamente con lo que se justifica la vigilancia masiva, es donde los tribunales han anulado sistemáticamente la legislación sobre el procesamiento masivo indiscriminado de datos personales. Esta excepción debe eliminarse”, advirtieron.


Por todo lo anterior instaron a la Comisión a asegurarse de que se respeten la protección de datos de las personas y que se prohíba la vigilancia biométrica masiva en espacios públicos debido a que los artículos 42 y 43 del proyecto tiene como objetivo regular la vigilancia biométrica en espacios públicos con el fin de identificar a los ciudadanos, analizar su comportamiento y características sensibles sin su consentimiento.


“La vigilancia masiva biométrica en espacios de acceso público está siendo ampliamente criticado por señalar erróneamente a un gran número de ciudadanos inocentes, discriminando sistemáticamente a los subrepresentados grupos y tener un efecto paralizador en una sociedad libre y diversa. Por eso es necesaria una prohibición”, añadieron.


Aún se espera la respuesta de la Comisión ante los señalamientos sobre esta tecnología que han hecho los diputados europeos, la cual se espera que se haga pública a mediados de la siguiente semana. 



A partir de marzo, bancos aplicarán controles biométricos

Compartir en:

El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

A partir de marzo de este año, los bancos que operan en México deberán aplicar al menos un control biométrico para reducir el robo de identidad en sus clientes.

De acuerdo con las disposiciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en marzo termina la prórroga otorgada a las instituciones financieras para la instalación de esta tecnología, la cual se esperaba desde 2018, pero debido al proceso electoral de ese año, se dio más tiempo a los bancos para cumplir con el requisito.

Así, los bancos deberán instalar en sus sucursales lectores de huellas dactilares que capturen los datos de al menos seis dedos de sus clientes, los cuales serán cotejados con la base de datos del Instituto Nacional Electoral para garantizar la identidad del cliente que quiera solicitar un crédito.

Este jueves EL UNIVERSAL publica en su primera plana que el gobierno de la 4T va por un software para sistematizar los datos biométricos de todos los mexicanos, como huellas digitales, rostro e iris.

La CNBV ha estimado que la aplicación de controles biométricos representaría ahorros por 235 millones 200 mil pesos al disminuir delitos como el robo de identidad.

Sin embargo, con datos al primer semestre de 2019 de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef), se registraron un total de 45 mil 539 quejas por posible robo de identidad en operaciones bancarias, con un total reclamado por los clientes afectados por 627 millones 645 mil pesos.

De dicha cantidad, los bancos devolvieron a los usuarios que reclamaron un total de 221 millones 982 mil pesos.