En cuatro años se han abierto al menos 2 mil 184 carpetas de investigación por el delito de aborto en el todo país. De acuerdo con cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) más de 500 casos de este tipo han presentado por año; en el primer mes del 2018 fueron 49.
En un mapeo estado por estado, realizado por EL UNIVERSAL, es posible acotar que las entidades que concentran mayor cantidad de investigaciones por la interrupción ilegal del embarazo son Ciudad de México con 451; Baja California con 237; Estado de México con 210; Nuevo León con 174 y Tamaulipas con 140.
A estos le siguen Guanajuato con 108; Veracruz y Jalisco con 100; Chiapas con 69, Hidalgo con 62, Morelos con 55 y Oaxaca con 49.
Por otro lado, las entidades donde se registró menor incidencia fueron Campeche y Colima con cinco; Zacatecas con ocho; Tabasco con nueve; Tlaxcala con 12 y Durango con 14.
Además, de acuerdo con estos datos, de enero de 2015 al mismo mes de 2019 sólo Nayarit no ha reportado ninguna investigación por el presunto delito de aborto. El año con mayores incidencias fue 2018, con 570.
Sobre el sexo de quienes han sido y están siendo investigados por este ilícito no hay datos públicos que lo especifiquen. Aunque el SESNSP tiene un informe con perspectiva de género -que concentra el número victimas e inculpadas del sexo femenino por algunos delitos-, el aborto no está incluido. De manera abierta no se sabe cuántas mujeres han sido culpadas por interrumpir su embarazo de forma ilegal, según lo establecido en los códigos penales de sus estados.
Sin embargo, en este sentido, la licenciada María de la Luz Estrada Mendoza, coordinadora del Área de Violencia de Género y Derechos Humanos de la organización Católicas por el Derecho a Decidir México, explica que son las mujeres a quienes más se incrimina por practicarse un aborto de forma ilegal.
"A ellas luego luego las agarran, las llevan al Ministerio Público, tienen que pagar multa y ver que procede, porque la legislación en cada estado es diferente (...) Existen causales para que la mujer pueda interrumpir su embarazo sin ser incriminada, pero muchas veces sucede que ni los médicos quieren respaldarlas por miedo a perder sus cédula o que los suspendan", indica la activista.
Leyes antiaborto.
A la fecha, con la reciente aprobación de una reforma de ley en Nuevo León, suman 19 los estados que han hecho modificaciones a su constitución local para proteger la vida desde la concepción. En varias queda textualmente asentado que, por ley, desde la fecundación se considera la existencia de un ser humano.
Por ejemplo, con la reciente reforma, el Artículo Primero de la Carta Magna de Nuevo León asienta que "desde el momento de la concepción entra bajo la protección de la Ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes".
Las otras entidades que han promovido estas leyes, para penalizar la interrupción de los embarazos, son Baja California, Chiapas, Chihuahua, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos y Nayarit.
Asimismo, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sonora, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán. La mayoría de estas modificaciones a la ley fueron aprobadas por los congresos locales entre 2009 y 2016.
En este sentido, Estrada Mendoza indica que estas leyes representan un grave retroceso, "sobre todo cuando hay recomendaciones que han dado mecanismos internacionales que son vinculatorios (...) y que han hecho nota a los gobiernos de que estas leyes restrictivas lo único que hacen es dejar a las mujeres en desprotección".
Causales sin causa.
Sin embargo, para que una mujer sea incriminada por el presunto delito de aborto, no hace falta que viva en un estado donde la constitución proteja la vida desde la concepción.
En los códigos penales de las 32 entidades federativas el aborto doloso —intencional— es considerado ilegal, esto se determina en base a diversas causales, que pueden evitar o no que las mujeres, y quienes les practican el aborto, sean penalizados.
Hasta ahora, todas las entidades no consideran al aborto como delito si la madre fue víctima de violación y se lo practica antes de las 12 semanas de gestación. Además, 29 no lo penalizan si se trata de una situación espontanea; 23 si existe riesgo de muerte y 16 si el producto presenta una alteración genética.
En tanto, 15 estados consideran como causal si el embarazo fue producto de una inseminación artificial no consentida; 14 si la salud de la madre peligra y dos si la situación económica es un impedimento. Sólo la Ciudad de México ha despenalizado el aborto voluntario antes de los tres meses de embarazo.
Pese a que esto establece la ley, en la práctica, advierte la activista María de la Luz Estrada, las cosas son diferentes, ya que las mujeres deben enfrentar procesos donde las revictimizan y quienes las atienden no tienen un protocolo con perspectiva de género. También deben enfrentarse a los prejuicios de oficiales y médicos.
"En las comunidades indígenas, por ejemplo, sucede que las niñas son violadas, pero los médicos que las revisan no las quieren respaldar", indica la especialista.
Además, la misma ley restrictiva y cargada de algunos prejuicios. Por ejemplo, en Yucatán se permite la interrupción del embarazo si la madre no tiene recursos económicos suficientes, pero "siempre que la mujer embarazada tenga ya cuando menos tres hijos".