La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) determinó incluir en su Lista de Personas Bloqueadas a personas y empresas señaladas este martes por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos por presuntos vínculos con el Cártel de Sinaloa, luego de detectar operaciones financieras consideradas de riesgo e irregularidades reportadas por instituciones financieras.
Entre los sancionados por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) se encuentran Carlos Alberto Torres Torres, exesposo de la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila Olmeda, e Ismael Zambada Sicairos, “Mayito Flaco”, a quien el gobierno estadounidense identifica como uno de los líderes de la organización criminal.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) explicó que la inclusión en la lista mexicana constituye una medida preventiva de carácter administrativo, cuyo objetivo es proteger la integridad del sistema financiero nacional.
Hacienda enfatizó que la medida no constituye una determinación definitiva ni implica que se haya acreditado responsabilidad penal de las personas señaladas. Se trata de una acción preventiva adoptada después de las designaciones y señalamientos realizados por la OFAC.
UIF detectó operaciones financieras de riesgo
Tras las sanciones anunciadas por Estados Unidos, la UIF realizó un análisis de la información financiera disponible en México relacionada con las personas y empresas incluidas.
Como resultado, Hacienda informó que entre algunos de los sujetos fueron identificadas operaciones financieras de riesgo e irregularidades reportadas por instituciones financieras, elementos que llevaron a la autoridad mexicana a adoptar las medidas preventivas.
La OFAC anunció este martes sanciones contra 46 objetivos: 21 personas físicas y 25 empresas, a quienes el Departamento del Tesoro estadounidense relaciona con diferentes estructuras y operaciones del Cártel de Sinaloa.
Entre los señalados se encuentran personas vinculadas, según Estados Unidos, con las facciones de “Los Mayos” y “Los Rusos”, además de operadores ubicados en Tijuana y Mexicali.
Sancionados podrán defenderse: Hacienda
La SHCP aclaró que las personas incorporadas a la Lista de Personas Bloqueadas conservan los medios de defensa y garantías establecidos en la legislación mexicana.
Esto incluye el derecho de audiencia ante las autoridades correspondientes y la posibilidad de presentar los recursos administrativos y jurisdiccionales que consideren procedentes.
La normativa mexicana contempla que las instituciones financieras deben suspender operaciones con clientes que sean incorporados a la Lista de Personas Bloqueadas una vez que la autoridad les notifica la inclusión.
La UIF ha señalado previamente que este tipo de bloqueos derivados de designaciones internacionales son de carácter preventivo y no equivalen a una resolución judicial ni prejuzgan sobre la existencia de responsabilidad penal.
Las medidas mexicanas se producen después de que el Departamento del Tesoro estadounidense anunciara una amplia operación financiera contra personas y empresas que señala como relacionadas con el Cártel de Sinaloa.
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