Revisión judicial al poliamor en México: ¿se revoca el amparo?

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

En un giro legal intrigante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está considerando revertir un amparo que permitía el matrimonio o concubinato con dos o más personas. Esta medida, otorgada hace tres años en Puebla, se basó en la protección constitucional de diversas formas de familia. 

No obstante, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propone revocar esta sentencia, argumentando que las relaciones poliamorosas no son socialmente predominantes y podrían generar desigualdades. El debate destaca la necesidad de regulaciones claras en caso de que el poliamor crezca en la sociedad, planteando el riesgo de desventajas, especialmente para mujeres y niños. 

La resolución propuesta destaca las advertencias internacionales sobre la poligamia, señalando que puede derivar en desigualdades graves y afectar negativamente el bienestar económico de mujeres e hijos. La legalidad del poliamor en México está en una encrucijada.

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Legisladores y jueces presentan 'Amicus Curiae' para impugnar reforma judicial

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

Este lunes, legisladores federales de Movimiento Ciudadano y jueces de Distrito presentaron dos documentos amicus curiae ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con el objetivo de influir en la discusión sobre las acciones de inconstitucionalidad contra la reciente reforma judicial. Estos documentos, conocidos como "amigos de la Corte", exponen argumentos y perspectivas legales para que los ministros consideren al evaluar las impugnaciones.

La diputada Laura Ballesteros y el legislador Armando Ruiz Hernández, ambos de Movimiento Ciudadano, entregaron un documento respaldado por más de 7,000 firmas y anunciaron que mañana sumarán otras 3,000. Ballesteros explicó que su partido busca proteger los derechos laborales de los empleados del Poder Judicial, quienes podrían verse afectados por la reforma. “Una cifra importante es que 12 mil empleados del Poder Judicial son de confianza, y serán los primeros en perder su empleo si se implementa esta reforma. Lo más alarmante es que el 80% de esos 12 mil son mujeres”, comentó.

Por otro lado, Magdalena Victoria Oliva, jueza Quinto de Distrito en Ejecución de Penas en Ciudad de México, entregó un amicus curiae respaldado por jueces, magistrados y personal del Poder Judicial, con apoyo de organismos internacionales. Este documento se dirige al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, encargado de presentar el proyecto sobre la reforma judicial.

“La finalidad es ofrecer una perspectiva desde la Judicatura que refuerce los argumentos del ministro”, explicó Oliva, resaltando que la reforma podría alterar la estructura básica del sistema judicial. “La Suprema Corte tiene la facultad de realizar un análisis constitucional cuando se vulnera la estructura de la Constitución”, agregó.

Entre los participantes que colaboraron en la redacción del amicus figuran jueces como Federico Ariel Bacheto, Luz Elena García Chávez y María del Carmen López Fabián.

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Ocho ministros de la Suprema Corte presentan su renuncia ante el Senado

La decisión se dio en el contexto de la reforma judicial, y el Senado analizará el proceso.

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Cadena Noticias,  Ciudad de México, Mexico, 

El presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, informó que se han recibido las renuncias de ocho ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), entre ellos la presidenta Norma Lucía Piña. El anuncio, realizado a través de redes sociales, sorprendió al Congreso y generó reacciones inmediatas entre los diferentes grupos parlamentarios.

Los ministros que renunciaron, incluyendo a Luis María Aguilar, Jorge Mario Pardo, Javier Laynez, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Ana Margarita Ríos Farjat y Alberto Pérez Dayán, han declinado su participación en el proceso electoral judicial de 2025, por lo que este será su último año en el cargo. La decisión es efectiva a partir del 31 de agosto de 2025, de acuerdo con lo establecido en la reforma judicial.

Fernández Noroña, refiriéndose a los ministros en su mensaje, instó a que los documentos de renuncia incluyan sus nombres y los llamó “bellacos”, exceptuando a Alberto Pérez Dayán y José Luis González Alcántara Carrancá, quienes presentaron sus renuncias de manera personal. Además, el senador señaló que el documento de González Alcántara fue una “reflexión política” sobre el estado de la judicatura en México, lo cual calificó de interesante.

La reforma judicial, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) recientemente, establece que las posiciones de jueces, magistrados y ministros deberán elegirse por voto popular. Según fuentes del máximo tribunal, los ministros habrían negociado su retiro con Adán Augusto López, coordinador parlamentario de Morena, bajo la condición de mantener sus haberes de retiro.

En entrevista, Fernández Noroña comentó que el Senado esperará la resolución de la Suprema Corte sobre la validez de la reforma antes de aceptar formalmente las renuncias. Esta decisión de la Corte, señaló, se tomará el próximo martes, coincidiendo con las elecciones presidenciales en Estados Unidos, una fecha que Noroña calificó como una “feliz coincidencia”.

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Corte tumba a el 'poliamor'; revoca amparo

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Milenio,  Ciudad de México, Mexico, 

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la sentencia que hace tres años abrió la puerta a un habitante de Puebla para que pudiera casarse o vivir en concubinato con dos o más personas, es decir, para tener una relación “poliamorosa”.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la Sala avaló el proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien propuso negar el amparo.

En mayo de 2021, Pedro Arroyo Soto, juez Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, amparó al ciudadano tomando como base criterios de la Primera Sala de la Corte, la cual ha establecido que la Constitución protege todas las formas y manifestaciones de familias que existen.

No obstante, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señala en su proyecto que este tipo de manifestaciones “poliamorosas” no tienen una gran presencia en la sociedad mexicana y advierte que ésta figura podría generar situaciones desiguales y de discriminación en mujeres, niñas y niños.

Es de mencionar que, el gobierno del estado de Puebla impugnó la resolución dictada por el juez, ya que se declararon inconstitucionales los artículos 284 y 297 del Código Civil, los cuales se ordenó no aplicar al quejoso.

El ciudadano pretendía que el “poliamor” se incluyera dentro del matrimonio y el concubinato.

Empero, el ministro Pardo Rebolledo detalló en su proyecto lo siguiente:

“Debemos destacar que, sin demeritar la viabilidad de las relaciones poliamorosas sobre las poligámicas proscritas internacionalmente, para efectos de esta resolución, esta Primera Sala de la Corte, no puede utilizar el matrimonio y/o concubinato como punto de comparación aplicable al poliamor, ya que se trata de situaciones humanas (formas de relacionarse) cuyo contexto histórico, contextual y estructural difieren.

“En México, las relaciones no monogámicas, dentro de las que el quejoso identifica al poliamor no constituyen una orientación o preferencia relacional socialmente predominante, tampoco se aportaron elementos para justificar que existe una condición de discriminación histórica o estructural en este tipo de relaciones”.

El ministro puntualizó que, en caso de que en la sociedad llegara a crecer la figura del “poliamor”, ésta tendría que ser regulada por los Congresos Locales para proteger los derechos de sus integrantes y no dejarlas en una situación de desventaja.

Pardo Rebolledo menciona que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha establecido que debe existir una igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, porque las relaciones poligámicas pueden llegar a derivar en relaciones desiguales como la poliginia (régimen familiar en el que el hombre tiene varias esposas al mismo tiempo).

Recordó que, en 2010, el Comité destacó que la poligamia se seguía practicando en muchos Estados y se notaba que las esposas de mayor edad quedaban desatendidas en este tipo de matrimonios cuando se les considera inactivas desde un punto de vista económico y reproductivo.

“De esta forma, el Comité reafirmó lo establecido en la Observación General antes mencionada, en el sentido de que la poligamia viola el derecho de las mujeres a la igualdad con el hombre, y por ello debe desalentarse y prohibirse; incluso, advirtió que existen consecuencias graves en el bienestar económico de las mujeres y sus hijas e hijos por lo que debe abolirse por medio de las medidas legislativas y políticas necesarias para ello; no obstante, como era patente la existencia de estas relaciones poligámicas, entonces se exhortó a implementar las medidas tendentes a proteger los derechos económicos.

“Finalmente, en la Observación General 31, el Comité antes mencionado en conjunción con el Comité de los Derechos del Niño condenaron la poligamia como una práctica nociva que fomenta la discriminación por razón de sexo, género y edad, que se ha justificado a partir de las costumbres, valores socioculturales y religiosos, así como concepciones erróneas sobre las mujeres y las niñas, niños y adolescentes. Refirieron que las prácticas nocivas suelen ir asociadas a formas graves de violencia o lo son en sí mismas”, enfatiza el proyecto.

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SCJN ratifica desaparición del FIDECINE como inconstitucional

Gobierno Federal no puede dar menos apoyo al cine nacional

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

Esta tarde, la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un nuevo respaldo a la comunidad cinematográfica mexicana, al determinar que la desaparición del FIDECINE en 2020, ordenada desde el Ejecutivo, fue inconstitucional.

La decisión se dio en el seno de la Primera Sala del máximo tribunal mexicano, en donde, además y por unanimidad de los cinco ministros, se votó porque el gobierno federal no puede dar menos protección y apoyo a lo que se había alcanzado hasta ese año para el cine nacional.

El FIDECINE es un fideicoimiso que por dos décadas apoyó la producción de 230 largometrajes, 159 de ellos de directores debutantes, como “No se aceptan devoluciones”, “Una película de huevos” y “Kilómetro 31”, las cuales hasta hace cuatro años habían devuelto a las arcas federales 83 millones de pesos, contra los 24 millones recibidos para ser hechas.

Esta nueva sentencia se suma a la del año pasado, cuando la Segunda sala también determinó que era inconstitucional la desaparición del FIDECINE.

Eduardo de la Parra, abogado de los cineastas, se mostró satisfecho por el fallo.

“Esta sentencia, a diferencia de la de la Segunda Sala, entra a fondo a la prohibición de regresividad, de que el nivel de protección ya alcanzado en los derechos culturales no puede ser destruido o disminuido por nuevas leyes, que es lo que hace mas relevante este asunto y por la votación se convierte en jurisprudencia”, señala el jurista.

La jurisprudencia significa que, en casos similares, la sentencia tendría la misma consideración.

En un comunicado oficial, el Alto Tribunal informa que deliberó que en la eliminación del Fidecine existe un menoscabo injustificado en los derechos a la participación cultural, abundando que las razones dadas por el legislativo para acabar con el fideicomiso y otros más, son vagas y carecen de fundamento.

En su momento se aseguró que la extinción de más de 100 fideicomisos fue para que con esos recursos se afrontara la crisis sanitaria derivada por el Covid-19, así como por una opacidad en el uso de recursos.

“No se demostró que existiera un mal manejo de los recursos que integran al FIDECINE, ni que faltara a sus obligaciones de transparencia o contabilidad”, se lee en el documento de la SCJN.

Desde 2021 la figura gubernamental en dar apoyos es el Focine el cual, a diferencia del Fidecine, no se encuentra en la ley.

En agosto pasado, la Segunda Sala ordenó al Congreso a restituir los apoyos en la ley dando como plazo diciembre, cosa que no ocurrió.

Actualmente el asunto se encuentra en la Cámara de Senadores, que pidió una extensión del plazo para discutir el tema y de ahí pasar a la Cámara Baja.

“(Ahora es) Esperar a ver los efectos de la sentencia, porque pueden ser similares o diferentes a los de la Segunda Sala”, comentó De la Parra.

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MC propone 15 años de experiencia jurídica para ser ministro de la Suprema Corte

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El Universal,  Ciudad de México, Mexico, 

La senadora Laura Ballesteros (MC) propuso reformar los artículos 76, 95 y 96 de la Constitución para establecer los requisitos para ocupar el cargo de ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), como contar con cuando menos 15 años de experiencia en actividad jurídica, por ejemplo.

“No podemos permitir que a este tribunal constitucional lleguen personas que no cuentan con la capacidad, ni con la experiencia requerida para el cargo, por el solo hecho de ser leales al Presidente de la República, un poder no puede ser sumiso a otro. En la Corte se ocupa capacidad y experiencia, no abyección”, aseguró la legisladora.

El proyecto establece que para ser ministro, el aspirante no debe haber sido titular de un organismo administrativo descentralizado o desconcentrado, jefe o jefa del SAT, comisionado o consejero de algún órgano constitucional autónomo, gobernador o gobernadora del banco central.

O estar a cargo de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, titular de una empresa de participación estatal mayoritaria, titular de una empresa productiva del Estado, candidatos a cargos de elección popular, dirigentes de partidos políticos, o magistrada o magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

“La autonomía y la independencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para el país es fundamental, para hacer valer la tan ansiada justicia que nos deben y la democracia que seguimos construyendo, pero sobre todo para garantizar los derechos de todas y todos los mexicanos”, dijo Ballesteros en tribuna.

La iniciativa presentada por la senadora de MC, también establece que para la designación de ministros de la SCJN, se tomarán en consideración las conclusiones de los foros ciudadanos de expertos en el tema judicial que deberán organizarse para el análisis y designación.

La iniciativa fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales, con opinión de la Comisión de Justicia, de la Cámara de Diputados para su análisis y dictaminación.

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